Diario Oficial de Extremadura · 13 Oct 2026 · 7 vistas
Información pública del estudio ambiental de un olivar superintensivo en Badajoz
Por FactBox Admin

La Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio de la Junta de Extremadura ha sometido a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de transformación y plantación de olivar superintensivo promovido por Promociones Al-Ándalus 1955, SL en los términos municipales de Badajoz y La Roca de la Sierra (Badajoz). El anuncio, de 28 de agosto de 2026, se publica en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) número 197, de 13 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026081523 y número de expediente IA25/1005. Los interesados disponen de un plazo de treinta días, contados desde el día siguiente al de la publicación, para examinar la documentación y presentar sugerencias y alegaciones.
El trámite se sustenta en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El proyecto está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria por estar incluido en el anexo I, grupo 1, punto c), del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, que modifica los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Un regadío alimentado por seis sondeos
El objeto del proyecto es la transformación y plantación de olivar superintensivo en tres parajes, con esta distribución territorial:
- Parajes “La Cuba”, “Pesquerito” y “Loma de Charco Frío”.
- Polígono 536, parcela 1, y polígono 535, parcela 3, del término municipal de Badajoz.
- Polígono 14, parcela 224, del término municipal de La Roca de la Sierra (Badajoz).
El agua necesaria para el riego de la zona de actuación procede de aguas subterráneas extraídas de seis pozos de sondeo ubicados en las propias fincas. La concesión de aguas para riego corresponde otorgarla a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, mientras que la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario y las actuaciones en materia de regadíos recaen en la Dirección General de Regadíos e Infraestructuras Rurales de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, conforme a la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.
Treinta días para alegar por vía electrónica
El estudio de impacto ambiental podrá examinarse durante un plazo de treinta días en la sede electrónica del órgano ambiental, accesible en la dirección http://extremambiente.gobex.es/. Durante ese periodo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes:
- En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal.
Quién resuelve y qué efectos tendrá la declaración
El órgano competente para dictar la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal, de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, según lo dispuesto en el artículo 17.6 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La declaración producirá en sus propios términos los efectos de la calificación rústica, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
El anuncio está firmado en Mérida el 28 de agosto de 2026 por el Director General de Gestión Sostenible y Política Forestal, Juan Eloy Rodríguez Ucedo.
La apertura de este trámite afecta directamente a los vecinos de Badajoz y La Roca de la Sierra y al sector agrario de la comarca, que disponen ahora de un mes para pronunciarse sobre los efectos ambientales de una plantación intensiva de regadío en suelo rústico. La resolución que se adopte al término del procedimiento determinará si el proyecto puede ejecutarse y bajo qué condiciones ambientales y urbanísticas.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, número 197, de 13 de octubre de 2026, sección IV Anuncios (referencia oficial: 2026081523).