Diario Oficial de la Federación · 27 Aug 2026 · 5 vistas
INE integra como comisión permanente la verificación de integridad en candidaturas
Por FactBox Admin

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la integración de la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas como comisión permanente, en cumplimiento del Transitorio Segundo del Decreto que reforma la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) en materia de integridad en candidaturas. La decisión quedó formalizada en el Acuerdo INE/CG482/2026, publicado en el Diario Oficial de la Federación del jueves 27 de agosto de 2026, páginas 96 a 106.
El acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 30 de julio de 2026, por nueve votos a favor y dos en contra en lo general, y por ocho votos a favor y tres en contra en lo particular. La Consejera Presidenta, Guadalupe Taddei Zavala, y la Secretaria del Consejo, Claudia Arlett Espino, suscribieron el documento.
Un mandato de la reforma electoral
El 2 de junio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la LGIPE en materia de integridad en candidaturas. La reforma modificó el artículo 42, numeral 2, para incorporar a la nueva comisión al catálogo de comisiones permanentes, y adicionó el Título Segundo Bis al Libro Cuarto, integrado por los artículos 200 Bis, 200 Ter y 200 Quáter.
El artículo Segundo Transitorio del Decreto establece que la comisión deberá estar integrada, instalada y en funcionamiento antes del inicio del Proceso Electoral 2026-2027. El artículo 200 Quáter dispone que el órgano estará integrado por tres consejerías electorales, con un encargo de tres años y presidencia rotativa anual.
Integración y secretaría técnica
La comisión se integrará exclusivamente por consejerías electorales, sin participación de las consejerías del Poder Legislativo ni de representantes de partidos políticos, dado el carácter reservado y confidencial de la información que manejará. La integración inicial quedó conformada así:
- Arturo Manuel Chávez López — Presidencia
- Norma Irene De La Cruz Magaña — Integrante
- Uuc-kib Espadas Ancona — Integrante
La Secretaría Técnica estará a cargo de la Secretaría Ejecutiva, por conducto de la persona titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, quien ejercerá las funciones materiales bajo su coordinación.
Régimen excepcional y confidencialidad
El Consejo General reconoció que la incorporación de la nueva comisión permanente, sin modificar el límite de participación en hasta cuatro comisiones previsto en el artículo 42, numeral 2 de la LGIPE, configura una situación excepcional. Por ello, aprobó una conformación inicial que permite a las consejerías designadas integrar el órgano aun cuando ya participen en el número máximo de comisiones, sin que ello modifique el régimen ordinario.
El artículo 200 Ter, inciso a), de la LGIPE encomienda a la comisión garantizar la confidencialidad de la información que reciba. Conforme al Quinto Transitorio del Decreto, el INE, en coordinación con las instancias de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y del sistema financiero, emitirá los lineamientos que regulen su funcionamiento interno, los plazos y procedimientos para la recepción y análisis de información, y los mecanismos de protección de datos personales.
Relevancia para los procesos electorales
Con esta decisión, el INE da cumplimiento oportuno al mandato legal de instalar un órgano especializado en la verificación de los requisitos de elegibilidad e integridad de las personas candidatas antes del arranque del proceso electoral. La nueva comisión permanente refuerza la transparencia y la confianza en los futuros procesos, al someter las candidaturas a un procedimiento de verificación con altos estándares de reserva y protección de datos.
Fuente: Diario Oficial de la Federación, 27 de agosto de 2026, Organismos Autónomos, págs. 96-106 (referencia oficial: Acuerdo INE/CG482/2026).