Diario Oficial de la República de Chile · 22 Aug 2026 · 3 vistas
Inapi amplía plazos de propiedad industrial por catástrofe en Tocopilla
Por FactBox Admin

El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi) concedió de oficio una ampliación de los plazos fatales asociados a los procedimientos administrativos de propiedad industrial para los solicitantes que hayan fijado domicilio en las comunas de la provincia de Tocopilla, región de Antofagasta. La medida, adoptada mediante la resolución exenta N° 330, de 19 de agosto de 2026, fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile del sábado 22 de agosto de 2026 (Núm. 44.531, Sección I, páginas 1 y 2, referencia CVE 2859767).
La ampliación responde a la declaración de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública en la provincia de Tocopilla, dispuesta por el decreto supremo N° 133, de 2026, del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial el 18 de agosto de 2026, por un período de treinta días prorrogables.
Alcance de la ampliación
La medida beneficia a los solicitantes e interesados, y a sus representantes, que hayan fijado domicilio en las comunas que conforman la provincia de Tocopilla y que enfrenten vencimientos de plazos fatales mientras rige la zona de catástrofe. El organismo argumenta que un número indeterminado de personas se encuentra ante la imposibilidad real de acceder a los sistemas de tramitación electrónica del servicio.
- Plazos cubiertos: los que venzan entre el 18 de agosto y el 17 de septiembre de 2026.
- Ampliación: un plazo adicional equivalente al máximo permitido por la ley, es decir, la mitad del plazo original.
- Fundamento legal: artículo 26° de la ley N° 19.880, de 2003, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos.
Procedimientos contenciosos
Respecto de los procedimientos contenciosos cuyos plazos fatales venzan en el mismo período, las partes podrán alegar entorpecimiento de acuerdo a las normas generales que rigen dichos procedimientos, tal como se deja constancia en el artículo segundo de la resolución.
La resolución, firmada por el Director Nacional del Inapi, Esteban Figueroa, rige desde su dictación, el 19 de agosto de 2026, sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial.
Relevancia para titulares y empresas
La medida busca resguardar la seguridad jurídica de los procedimientos llevados ante el Inapi, evitando que la imposibilidad de acceder a la tramitación electrónica durante la emergencia provoque la pérdida de derechos de propiedad industrial, como marcas y patentes. Para las empresas y titulares domiciliados en la zona afectada, la ampliación de plazos fatales resulta clave para no perder la vigencia de sus registros ni la oportunidad de presentar o contestar actuaciones dentro de los términos legales.
Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.531, sábado 22 de agosto de 2026, Sección I (Leyes, Reglamentos, Decretos y Resoluciones de Orden General), págs. 1-2 (referencia oficial: CVE 2859767; resolución exenta N° 330, de 19 de agosto de 2026).