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Narodne novine · 17 Sep 2026 · 9 vistas

El HNB introduce, a partir del 30 de septiembre, un nuevo sistema de informes estadísticos y de supervisión para los bancos

Por FactBox Admin

HNB od 30. rujna uvodi novo statističko i supervizijsko izvješćivanje banaka

El Gobernador del Banco Nacional de Croacia, el dr. sc. Ante Žigman, ha dictado la Decisión sobre la presentación de informes estadísticos y de supervisión, publicada en el Narodne novine n.º 104/2026 del 17 de septiembre de 2026, en la página 1251. La Decisión entra en vigor el 30 de septiembre de 2026 y obliga a todo el sector bancario a utilizar nuevos formularios y plazos de entrega de datos al HNB. Fue adoptada en Zagreb el 7 de septiembre de 2026 bajo la referencia oficial O.br: 360-091/09-26/AŽ.

La base legal de la Decisión son el artículo 182, párrafo 9, puntos 6 y 7, el artículo 212, párrafo 3, y el artículo 217, párrafo 2, de la Ley de Instituciones de Crédito (NN 22/2026), así como el artículo 43, párrafo 2, punto 10, y el artículo 86, párrafo 3, de la Ley del Banco Nacional de Croacia (NN 75/2008, 54/2013, 47/2020). La Decisión prescribe el contenido de los informes con fines estadísticos —para el seguimiento de los movimientos monetarios y la elaboración de estadísticas monetarias macroeconómicas de las instituciones financieras monetarias— y con fines de supervisión, así como los tipos de informes, los periodos sobre los que se informa y los plazos de entrega. El contenido de los informes, así como la forma de su elaboración técnica y entrega, están regulados por la Instrucción para la presentación de informes estadísticos y de supervisión, que forma parte integrante de la Decisión.

Con la entrada en vigor de la nueva Decisión, deja de tener validez la Decisión sobre la presentación de informes estadísticos y de supervisión (NN 85/2018, 47/2019, 14/2020, 53/2020, 122/2020, 53/2021, 142/2021, 108/2022, 27/2023, 90/2023, 4/2026). La nueva Decisión se basa directamente en la Decisión sobre los informes para las necesidades de supervisión de las instituciones de crédito (NN 100/2026), la cual establece explícitamente que los datos entregados conforme a la Decisión sobre la presentación de informes estadísticos y de supervisión constituyen la base de datos para la elaboración de los informes de supervisión.

Obligados: bancos, sucursales de bancos extranjeros y HBOR

Las disposiciones de la Decisión se aplican a:

  • las instituciones de crédito con sede en la República de Croacia que hayan obtenido la autorización para operar,
  • la sucursal de una institución de crédito con sede en otro Estado miembro,
  • la sucursal de una institución de crédito de un tercer país a la que el HNB haya autorizado su establecimiento,
  • el Banco Croata de Reconstrucción y Desarrollo (HBOR).

Las instituciones de crédito están obligadas a presentar todos los informes de la Decisión, mientras que las sucursales de bancos extranjeros y el HBOR presentan únicamente los informes recopilados con fines estadísticos y exclusivamente sobre una base no consolidada. Las obligaciones de presentación de informes no tienen efecto sobre la forma de registro contable de los hechos económicos del obligado.

Quince tipos de informes y plazos de entrega

La decisión establece 15 tipos de informes: Balance y partidas extrapatrimoniales, Partidas del balance y extrapatrimoniales por vencimiento remanente, Partidas del balance para contrapartes personas físicas (residentes), Partidas del balance para contrapartes no residentes, Créditos vencidos no cobrados, Instrumentos de protección y accionistas fiduciarios, Tipos de interés, Activos materiales y activos asumidos, Posibilidad de cambio del tipo de interés, Otra información, Lista de personas, Venta de préstamos, Cambios de estado (desde AA), Cuenta de pérdidas y ganancias e Inversiones en el capital de otras personas jurídicas.

Los plazos de entrega son los siguientes:

  • informes decendiales – en un plazo de cinco días hábiles después de cada fecha de informe,
  • informes mensuales de corto plazo – en un plazo de seis días hábiles después del cierre del mes,
  • informes mensuales de largo plazo – en un plazo de 42 días naturales,
  • informe sobre tipos de interés – en un plazo de diez días hábiles,
  • informe sobre venta de préstamos – en un plazo de doce días hábiles,
  • informes trimestrales – en un plazo de 42 días naturales después del cierre del trimestre,
  • informes auditados no consolidados y consolidados – en el plazo establecido en el artículo 218 de la Ley de Instituciones de Crédito,
  • informes consolidados no auditados – en un plazo de 42 días naturales después de la fecha del informe.

Si el plazo cae en sábado, domingo, festivo o día no laborable, se trasladará al primer día hábil siguiente.

Informe decendial solo mediante solicitud escrita del HNB

El informe decendial, que normalmente se elabora con el estado al décimo y vigésimo día del mes, los obligados lo entregarán exclusivamente mediante solicitud escrita del Banco Nacional de Croacia (HNB). El HNB enviará dicha solicitud por vía electrónica al menos seis días hábiles antes de la primera fecha de informe incluida en la solicitud, y los obligados entregarán posteriormente los informes por todo el periodo comprendido en la solicitud.

Además, el HNB, basándose en los datos entregados, elaborará informes agregados de las instituciones de crédito y los entregará a la institución: los preliminares antes del vencimiento del plazo de entrega, y los finales después del vencimiento de dicho plazo. Se considerará que el obligado ha entregado el informe en plazo si este ha sido recibido en el HNB a tiempo y si los datos han superado los controles prescritos en la Instrucción.

Qué significa esto para el sector bancario

La nueva Decisión del 30 de septiembre de 2026 cambia todo el marco de informes regulares de los bancos al banco central, desde los informes decendiales hasta los informes auditados anuales, y esto en un momento en que en ella se basa también la presentación de informes de supervisión según la Decisión sobre informes para las necesidades de supervisión de las instituciones de crédito (NN 100/2026). Para las instituciones de crédito, sucursales de bancos extranjeros y el HBOR, esto significa la armonización de los sistemas internos de informes y el control de datos con los nuevos formularios y plazos en un periodo inferior a dos semanas desde su publicación.

»Esta Decisión se publica en el »Narodne novine« y entra en vigor el 30 de septiembre de 2026.«

N.º: 360-091/09-26/AŽ, Zagreb, 7 de septiembre de 2026. – Gobernador dr. sc. Ante Žigman, p. f.

Fuente: Narodne novine n.º 104/2026 del 17 de septiembre de 2026, Decisión sobre la información estadística y de supervisión.