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BOP de Badajoz · 01 Sep 2026 · 1 vistas

Higuera de Vargas autoriza videocámaras de vigilancia del tráfico en cuatro zonas

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Higuera de Vargas ha autorizado mediante decreto de Alcaldía la instalación y uso de una red de videocámaras para la captación y reproducción de imágenes con finalidad de control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico por parte del Cuerpo de la Policía Local. La resolución, firmada por el alcalde Ángel Cabalgante Delgado, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 167, de 1 de septiembre de 2026, como Anuncio 3445/2026.

El municipio, que supera los 1.830 habitantes y se extiende sobre 67,4 km², justifica la medida en el elevado número de vehículos que circulan por sus vías, que hace insuficientes las formas tradicionales de regulación del tráfico. La competencia municipal para autorizar estos dispositivos se ampara en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, que atribuye al municipio la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico en las vías urbanas de su titularidad.

Cuatro zonas de vigilancia

La red de cámaras se desplegará en cuatro zonas del casco urbano, cada una con su ubicación y motivación específica:

  • Zona Centro: Plaza de España (fachada del edificio consistorial) y Plaza del Castillo y Recinto Ferial, por la concentración de servicios y la afluencia de niños de corta edad.
  • Zona 2: avenida Juan Carlos I, en el cruce de las vías EX312, EX311 y BA-078 con la calle Cabecito, el cruce de mayor tráfico rodado de la localidad, con abundante paso de vehículos pesados.
  • Zona 3: calle Juan Rodríguez Cea, a la entrada del Colegio Público, por la gran afluencia de menores en época escolar.
  • Zona 4: avenida Táliga, en el cruce de acceso al recinto ferial, por su gran afluencia de tráfico.

El decreto se apoya en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 4/1997, que regula la utilización de videocámaras por las fuerzas y cuerpos de seguridad, y en la disposición adicional única del Real Decreto 596/1999, que atribuye a las administraciones con competencia en la regulación del tráfico la autorización de estos dispositivos. La captación de imágenes constituye un tratamiento de datos personales que debe cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), en particular su artículo 22.

El responsable del tratamiento será el propio Ayuntamiento de Higuera de Vargas, y la custodia de las grabaciones corresponderá al Cuerpo de la Policía Local. El fichero, denominado “Videovigilancia”, se inscribirá en el Registro de actividades de tratamiento del Ayuntamiento y recogerá imágenes de personas, vehículos y matrículas de los usuarios de las vías.

Garantías para los vecinos

Las grabaciones se conservarán como máximo un mes desde su captación, salvo que deban conservarse para acreditar actos contra la integridad de personas, bienes o instalaciones, en cuyo caso se pondrán a disposición de la autoridad competente en un plazo máximo de setenta y dos horas. Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición ante el Ayuntamiento, y presentar reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

El acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el boletín oficial, y de él se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre. La medida supone un refuerzo de la seguridad vial en un municipio rural, pero también un ejercicio de equilibrio entre la vigilancia del tráfico y el derecho fundamental a la protección de datos de los vecinos, que ahora conocen con precisión dónde, cómo y con qué garantías se captarán sus imágenes.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 167, 1 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 2-7 (referencia oficial: Anuncio 3445/2026).