Diario Oficial de la Federación · 27 Aug 2026 · 5 vistas
Hacienda revoca autorización a Unicaja Banco para operar en México
Por FactBox Admin

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) revocó la autorización otorgada a Unicaja Banco, S.A., Oficina de Representación en México para continuar realizando operaciones como oficina de representación de una entidad financiera del exterior. La decisión quedó publicada en el Diario Oficial de la Federación del jueves 27 de agosto de 2026, mediante el Oficio P161/2026, y deja a la entidad imposibilitada para realizar actividades a partir de la fecha de notificación.
La CNBV, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, fundamentó la revocación en el artículo 7, párrafo tercero de la Ley de Instituciones de Crédito, en relación con la fracción IV de la Regla Décima Quinta de las Reglas de Oficinas de Representación de Entidades Financieras del Exterior. El acuerdo fue adoptado por la Junta de Gobierno de la propia Comisión en su sesión ordinaria celebrada el 30 de junio de 2026, conforme al Acuerdo NOVENO.
La causal de revocación
La Comisión determinó que se actualizó la causal de revocación por la que fue emplazada la oficina de representación, al concluir que Unicaja Banco no proporcionó elementos suficientes para desvirtuar la causal en comento. De la interpretación íntegra del expediente, el órgano desconcentrado estimó que la causal contenida en el artículo 7, párrafo tercero de la Ley de Instituciones de Crédito, en relación con la fracción IV de la Regla Décima Quinta de las Reglas, se encontraba debidamente acreditada.
Efectos de la resolución
Conforme al resolutivo segundo, a partir de la fecha de notificación de la resolución, Unicaja Banco, S.A., Oficina de Representación en México se encuentra imposibilitada para realizar actividades. La resolución fue firmada el 6 de julio de 2026 por el Vicepresidente Jurídico de la CNBV, Lic. Ángel Salvador Vargas Mitre, en suplencia por ausencia del Presidente de la Comisión.
Marco normativo
La CNBV actúa como órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, facultada para autorizar la constitución y operación de oficinas de representación de entidades financieras del exterior y, en su caso, acordar la revocación de dichas autorizaciones. La decisión se sustenta en los artículos 2, 4, 12 y 16 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como en el Acuerdo DÉCIMO adoptado por la Junta de Gobierno en la misma sesión del 30 de junio de 2026.
La revocación deja a Unicaja Banco sin posibilidad de operar en México como oficina de representación, lo que afecta a sus clientes y al sector bancario. La medida refuerza la supervisión de la CNBV sobre las entidades financieras del exterior y subraya la obligación de estas oficinas de acreditar el cumplimiento de los requisitos normativos para mantener su autorización.
Fuente: Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 233/2026, jueves 27 de agosto de 2026, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pág. 17 (referencia oficial: Oficio P161/2026, Expediente CNBV.2C.5. Revocación, 212, REV/546/EF/01).