Diario Oficial de la Federación · 17 Aug 2026 · 7 vistas
Hacienda publica recaudación federal participable de julio 2026
Por FactBox Admin

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO 122/2026, mediante el cual dio a conocer la recaudación federal participable y las participaciones federales correspondientes al mes de julio de 2026, así como los procedimientos de cálculo aplicados. El acuerdo fue firmado por el secretario Édgar Abraham Amador Zamora y apareció en la edición número 223/2026 del DOF, publicada el lunes 17 de agosto de 2026, a partir de la página 9.
La cifra central que reporta el acuerdo es de 458,572,797,591 pesos, monto que se obtuvo a partir de la recaudación federal participable bruta de junio de 2026, la cual ascendió a 464,187,324 miles de pesos. Tras aplicar las deducciones correspondientes —que incluyen los porcentajes de bebidas alcohólicas, cervezas, tabacos, incentivos económicos y premios de loterías—, se determinó el monto definitivo que alimenta los fondos de participación para las entidades federativas.
Composición de la recaudación federal participable
La recaudación federal participable bruta se integró a partir de los siguientes rubros principales:
- Ingresos tributarios: 439,680,236 miles de pesos, de los cuales el impuesto sobre la renta aportó 186,818,061 miles de pesos, el impuesto al valor agregado 176,704,419 miles de pesos, y el impuesto especial sobre producción y servicios 50,655,929 miles de pesos.
- Ingresos petroleros: 24,507,087 miles de pesos, provenientes en su mayor parte del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.
- Deducciones totales: 5,614,526 miles de pesos, correspondientes a los conceptos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal, incluyendo el 20% de bebidas alcohólicas, el 20% de cervezas, el 8% de tabacos, incentivos económicos y premios de loterías.
El cuadro 1 del acuerdo detalla que la renta excluye el ISR de servidores públicos y el ISR de enajenación de bienes inmuebles, conforme a las disposiciones transitorias de la Ley del ISR para 2020.
Crecimiento respecto a la base de 2007
El acuerdo también presenta la comparación con la recaudación federal participable del año 2007, que fue de 110,761,689,167 pesos. El crecimiento acumulado entre ambas cifras asciende a 347,811,108,425 pesos, un indicador clave para la determinación de los coeficientes de participación de los fondos federales.
- Fondo General de Participaciones: calculado conforme al artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal, con tres partes de crecimiento.
- Fondo de Fomento Municipal: determinado por el artículo 2o.-A, fracción III, con una base de 1,778,292,588 pesos y un crecimiento de 2,807,435,388 pesos para 2026.
- Fondo de Compensación: calculado mediante el PIB per cápita estatal no minero, conforme al artículo 4o.-A.
- Fondo de Extracción de Hidrocarburos: derivado de la producción de gas asociado y no asociado, conforme al artículo 4o.-B.
Fondos del segundo trimestre de 2026
El acuerdo incluye también las participaciones del Fondo de Fiscalización y Recaudación correspondientes al segundo trimestre de 2026, calculadas con base en la recaudación federal participable acumulada de enero a junio de 2026, que ascendió a 2,738,765,927,684 pesos. Esta cifra se comparó con la recaudación del mismo periodo de 2013, que fue de 1,066,975,552,500 pesos, registrando un crecimiento de 1,671,790,375,184 pesos.
Distribución por municipios fronterizos y litorales
El cuadro 24 del acuerdo detalla las participaciones provisionales por el 0.136% de la recaudación federal participable para los municipios colindantes con la frontera o litorales. El monto total de esta distribución fue de 623,659,005 pesos, entre los que destacan:
- Nuevo Laredo, Tamaulipas: 283,515,097 pesos (coeficiente 45.46).
- Altamira, Tamaulipas: 57,713,983 pesos (coeficiente 9.25).
- Ciudad Juárez, Chihuahua: 32,143,507 pesos (coeficiente 5.15).
- Lázaro Cárdenas, Michoacán: 32,815,000 pesos (coeficiente 5.26).
- Nogales, Sonora: 27,017,959 pesos (coeficiente 4.33).
El acuerdo cumple con la obligación contenida en el artículo 26 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria de dar a conocer los procedimientos de cálculo de las participaciones a los gobiernos subnacionales. Las cifras correspondientes al mes de julio de 2026 no incluyen deducciones derivadas de compromisos financieros contraídos por las entidades federativas.
Fuente: Diario Oficial de la Federación, No. 223/2026, 17 de agosto de 2026, Sección Segunda (Avisos), pág. 9 (referencia: ACUERDO 122/2026).