Boletín Oficial de Navarra · 14 Oct 2026 · 2 vistas
Hacienda Foral notifica cientos de apremios y embargos a deudores de Navarra
Por FactBox Admin

La Hacienda Foral de Navarra ha publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 205, de 14 de octubre de 2026, dos edictos masivos de recaudación ejecutiva: uno con providencias de apremio contra deudores de toda la comunidad y otro con diligencias de embargo de cuentas bancarias, salarios y créditos. Los anuncios, dictados por el Servicio de Recaudación, ocupan las páginas 36066 a 36203 del boletín y se publican porque no fue posible practicar la notificación personal a los interesados.
Los edictos se amparan en los artículos 99.2 y 99.4 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, que habilita la notificación por comparecencia cuando la personal resulta imposible. El primero, con referencia F2612833, reproduce la providencia de apremio dictada al amparo del artículo 117.3 de la misma norma y está firmado en Pamplona el 28 de septiembre de 2026 por el director del Servicio de Recaudación, Javier Ezpeleta Iraizoz.
El segundo edicto, referencia F2612941, es un edicto de notificación firmado el 1 de octubre de 2026 por la jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva, Sonia Ruiz Millán, con la firma por suplencia del director del Servicio de Recaudación. En él se relacionan diligencias de embargo ya acordadas contra deudores de toda Navarra, desde cuentas bancarias y nóminas hasta créditos frente a terceros.
Plazos: quince días para comparecer y un mes para pagar
- Comparecencia: quince días naturales desde el día siguiente a la publicación, en la Sección de Asistencia al Contribuyente, calle Esquíroz 16, de Pamplona (teléfono 948-505152).
- Pago: un mes desde el día siguiente a la notificación de la providencia, conforme al artículo 87.5 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.
- Advertencia: transcurrido el plazo sin pagar se procederá al embargo de bienes y derechos o a la ejecución de las garantías existentes hasta cubrir el importe adeudado.
- Si el deudor no comparece, la notificación se entiende producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo.
Recargos e intereses del período ejecutivo
- Recargo ejecutivo del 5 por 100, si se satisface la totalidad de la deuda antes de la notificación de la providencia.
- Recargo reducido de apremio del 10 por 100, si se paga la deuda y el propio recargo dentro del plazo reglamentario.
- Recargo ordinario de apremio del 20 por 100, compatible con los intereses de demora.
- Los tres recargos son incompatibles entre sí y se calculan sobre la deuda no ingresada en período voluntario.
Embargos de cuentas, salarios y créditos
El listado del segundo edicto detalla, con NIF y número de expediente de 2026, las actuaciones ya dictadas:
- Diligencias de embargo de cuentas bancarias.
- Diligencias de embargo de sueldos y salarios.
- Diligencias de embargo de créditos frente a terceros y de devoluciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Providencias de embargo de bienes y derechos.
- Compensaciones entre cónyuges y levantamientos de embargos anteriores.
- Comunicaciones de anulación del traspaso a recaudación ejecutiva.
Cómo recurrir y cómo suspender la ejecución
- Recurso de reposición, potestativo, en el plazo de un mes ante el Servicio de Recaudación.
- Reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes ante el Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra.
- Motivos de impugnación: pago o extinción de la deuda, prescripción, aplazamiento y falta de notificación de la liquidación.
- La interposición de recursos no suspende la ejecución; para suspenderla debe aportarse garantía suficiente: depósito en efectivo o valores públicos, aval o fianza solidaria de una entidad de crédito, seguro de caución o fianza personal de dos contribuyentes, esta última solo para deudas de hasta 3.005,06 euros.
- Se paraliza el procedimiento sin garantía si existe error material, si la deuda ya se ingresó, si fue condonada, compensada, suspendida o aplazada, o si procede compensación.
Herencias yacentes y citaciones del tribunal
La Hacienda Foral cita también a los interesados en dos herencias yacentes y el tribunal foral convoca a un contribuyente:
- Jacinto Oneca Aguirre, fallecido el 15 de diciembre de 2018 en Pamplona y con último domicilio en Cáseda: traslado del acuerdo de subasta (expediente 169/2026/4508).
- LARREA SANMARTIN, MANUEL, fallecido el 22 de febrero de 2025 en Pamplona: providencia de apremio (expediente 141/2026/21817).
- Y8416447W, citado por el Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra para subsanar su representación (procedimiento READ 2026-000144).
El volumen de los edictos confirma que la recaudación ejecutiva afecta ya a un número elevado de contribuyentes y autónomos navarros, no solo a grandes deudores. Conviene comprobar si el NIF propio aparece en las relaciones, porque los plazos corren desde el día siguiente a la publicación y la falta de comparecencia equivale a notificación. Quien tenga deudas en período ejecutivo puede aún pagar con recargo reducido, solicitar aplazamiento o fraccionamiento, o recurrir ante el Servicio de Recaudación o el tribunal foral antes de que se ejecuten los embargos.
Fuente: Boletín Oficial de Navarra, número 205, de 14 de octubre de 2026, 6.1 Edictos de notificación, págs. 36066-36203 (referencia oficial: F2612833).