Boletín Oficial de Navarra · 23 Sep 2026 · 4 vistas
Hacienda Foral abre la vía para ejecutar la hipoteca de un socio
Por FactBox Admin

La Hacienda Foral de Navarra ha publicado un requerimiento de pago previo a la ejecución de hipoteca contra el socio de una mercantil titular, dictado dentro de un procedimiento administrativo de apremio. El anuncio aparece en el Boletín Oficial de Navarra número 189, de 23 de septiembre de 2026, en la sección 6.1 de edictos de notificación, con la referencia oficial F2612397. El edicto está firmado en Pamplona el 15 de septiembre de 2026 por la jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva, Sonia Ruiz Millán.
Un requerimiento dentro del procedimiento de apremio
El acto notificado es un requerimiento de pago previo a la ejecución de hipoteca, amparado en el artículo 100.3 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra. Se trata de un paso intermedio del procedimiento de apremio: antes de ejecutar la garantía hipotecaria, la Administración tributaria requiere al obligado el pago de la deuda.
La publicación del edicto responde a la imposibilidad de practicar la notificación personal prevista en el artículo 99.2 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria. Por ello, y conforme al artículo 99.4 de la misma norma, la Hacienda Foral recurre al anuncio público en el boletín oficial.
Datos del expediente y del interesado
El edicto identifica al afectado con los siguientes datos:
- NIF/CIF: 14871424S
- Expediente: 169/2026/2772
- Condición en la que se cita: socio de la mercantil titular
- Acto: procedimiento administrativo de apremio. Requerimiento de pago previo a ejecución de hipoteca
La condición de socio de la mercantil titular sitúa el requerimiento en el ámbito de la responsabilidad derivada de la titularidad de bienes hipotecados, de modo que el impago puede desembocar en embargo y posterior subasta.
Comparecencia en quince días naturales
El interesado debe comparecer personalmente o debidamente representado en el plazo de quince días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación del edicto. El lugar de comparecencia son las dependencias de la Sección de Recaudación Ejecutiva en Pamplona, en la calle Carlos III número 4 (entrada por la calle Cortes de Navarra), nivel 6.
Transcurrido ese plazo sin comparecer, el obligado quedará notificado de los actos correspondientes a todos los efectos desde el día siguiente al vencimiento. La Hacienda Foral advierte además de que, una vez entendida la notificación de cualquier trámite del procedimiento, se tendrán por notificadas las actuaciones sucesivas, sin perjuicio del derecho a comparecer en cualquier otro momento. La resolución de enajenación de bienes embargados se notificará, en su caso, conforme al artículo 99 de la ley foral.
Recursos y contexto del boletín
Contra el acto cabe recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra, dentro del mes siguiente a la notificación.
El mismo número del boletín recoge un centenar de edictos de notificaciones de actos del procedimiento ejecutivo emitidos por recaudadores ejecutivos de municipios como Abáigar, Ablitas, Aibar, Altsasu/Alsasua y Ancín, con diligencias de embargo de cuentas bancarias, sueldos, devoluciones fiscales y requerimientos de bienes y derechos. En la misma sección se publica otro edicto de la Hacienda Foral, con referencia F2612087, dirigido a decenas de contribuyentes por solicitudes de aplazamiento.
Impacto para los deudores
El anuncio anticipa un posible embargo y subasta de los bienes hipotecados si no se atiende el requerimiento de pago. Para los deudores con bienes gravados, el plazo de quince días naturales para comparecer y el mes para recurrir son los dos hitos temporales que marcan la defensa de su posición ante la Hacienda Foral.
Fuente: Boletín Oficial de Navarra, número 189, de 23 de septiembre de 2026, sección 6.1 Edictos de notificación, pág. 34014 (referencia oficial: F2612397).