Boletín Oficial de Canarias · 12 Aug 2026 · 5 vistas
Hacienda corrige los errores de las instrucciones de los presupuestos 2027
Por FactBox Admin

La Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea del Gobierno de Canarias ha corregido los errores detectados en la Orden n.º 452, de 21 de julio de 2026, que aprueba las instrucciones para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2027 y determina su estructura. La rectificación se publica en el Boletín Oficial de Canarias número 161, de 12 de agosto de 2026, mediante la Orden de 3 de agosto de 2026, que reemplaza la redacción de las clasificaciones orgánica, económica y funcional del presupuesto y de sus anexos.
El texto original, dictado el 21 de julio, fijó el marco que deben seguir todos los órganos y entes del sector público autonómico para elaborar sus anteproyectos del próximo ejercicio. Al detectarse equivocaciones en su contenido, el departamento que dirige Matilde Pastora Asián González ha actuado de oficio al amparo del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, que permite rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos de los actos administrativos.
Correcciones en las clasificaciones de ingresos y gastos
La orden rectificada afecta a los cinco anexos que estructuran el presupuesto de 2027:
- En las clasificaciones orgánicas de ingresos y de gastos (anexos 1 y 5), la denominación “Consorcios” se sustituye por “Entidades Públicas de naturaleza consorcial”.
- En la clasificación económica de ingresos (anexo 2) se suprimen los subconceptos 39021 “Recargo apremio Bloque Financiación Canario”, 39022 “Recargo declaración extemporánea Bloque Financiación Canario” y 39023 “Intereses demora Bloque Financiación Canario”.
- En la clasificación económica de gastos (anexo 3), el subconcepto 2299000 pasa a denominarse “Gastos Boletines Oficiales” y el artículo 74 incorpora los “entes institucionales” entre sus beneficiarios.
- Se añaden las clasificaciones 1000140, 1601440 y 1709900 y se elimina una duplicidad en el subconcepto 16500 “Gastos de acción social y otras prestaciones”.
Ajustes en programas y estructura orgánica
En la clasificación funcional y de programas (anexo 4) se corrigen las denominaciones de los programas 231B, 923A y 911B, este último para referirse a la “Diputación del Común”, y se incorporan los programas 231D “Atención a personas mayores”, 432C “Plan Sectorial de Infraestructuras y Calidad Turística” y 912L “Parlamento y Entes de Relevancia Estatutaria”.
La clasificación orgánica de gastos (anexo 5) recoge también cambios en varias secciones:
- En las secciones 08 y 10, el Servicio 72 pasa a denominarse “Unidades Administrativas Provisionales”.
- En la sección 09, el Servicio 03 pasa a ser la “Dirección General de Ordenación del Territorio y Cohesión Territorial” y el Servicio 06, la “Viceconsejería de Emergencias y Aguas”.
- En la sección 45 (Instituto Canario de Estadística) se suprime el Servicio 70 “Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia”.
Vigencia y efectos
La orden fue firmada en Las Palmas de Gran Canaria el 3 de agosto de 2026 y, según su apartado tercero, surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación, salvo las rectificaciones de errores materiales, que tendrán efecto desde la propia publicación en el BOC. Los anexos quedan sustituidos por los que figuran en esta nueva disposición, de modo que organismos, consorcios, sociedades y entes del sector público canario deben atenerse a las clasificaciones corregidas al elaborar sus presupuestos de 2027.
La rectificación llega en pleno arranque del ciclo presupuestario autonómico, cuando los departamentos preparan sus anteproyectos conforme al calendario fijado en julio. Con esta publicación, el Gobierno de Canarias garantiza la seguridad jurídica del proceso y evita que errores de denominación o duplicidades en las clasificaciones se trasladen a la tramitación de unos presupuestos que determinan la financiación de servicios públicos, inversiones y transferencias en todo el archipiélago.
Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 161, 12 de agosto de 2026, I. Disposiciones generales, págs. 31318-31320 (referencia oficial: 2879).