BOP de Guadalajara · 04 Sep 2026 · 1 vistas
Guadalajara aprueba la matrícula de la tasa por entrada de vehículos en la vía pública
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Guadalajara ha aprobado la matrícula anual de contribuyentes de la Tasa por aprovechamiento de la vía pública y terrenos de uso público con entrada o paso de vehículos correspondiente al ejercicio 2026. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 170, de 4 de septiembre de 2026, y produce los efectos de notificación de las liquidaciones contenidas en la misma.
La publicación se realiza al amparo del artículo 223.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y fija el periodo de ingreso en voluntaria conforme al artículo 62.3 del mismo texto legal. El documento está firmado por D. Jorge Biurrun Gaona, titular del Órgano de Gestión Tributaria, con fecha de 1 de septiembre de 2026.
Periodo de pago y domiciliación
El pago en periodo voluntario queda fijado entre las siguientes fechas:
- Inicio: 21 de septiembre de 2026.
- Fin: 23 de noviembre de 2026.
El boletín recuerda la posibilidad y conveniencia de utilizar la modalidad de domiciliación bancaria para el ingreso de la tasa.
Entidades colaboradoras
El ingreso deberá efectuarse en cualquier sucursal de las entidades colaboradoras relacionadas en el anuncio:
- Ibercaja Banco
- CaixaBank
- BBVA
- Banco Santander
- Abanca
- Unicaja Banco
- Eurocaja Rural
- Banco Sabadell
Régimen de recursos y recargos
Contra las liquidaciones puede interponerse recurso de reposición previo a la vía económico-administrativa ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes desde la finalización del periodo voluntario de pago. Alternativamente, cabe interponer directamente reclamación económico-administrativa ante la Junta Municipal de Reclamaciones Económico-Administrativas en el mismo plazo de un mes.
Transcurrido el periodo voluntario, las deudas no satisfechas se exigirán por el procedimiento de apremio y devengarán:
- Recargo de apremio del 20%, intereses de demora y, en su caso, las costas.
- Recargo del 5% una vez vencido el periodo voluntario hasta la notificación de la providencia de apremio.
- Recargo reducido del 10% desde la notificación de la providencia de apremio hasta la finalización del plazo marcado por el artículo 62.5 de la Ley 58/2003.
La matrícula afecta a los titulares de accesos de vehículos a la vía pública en el municipio, que deberán regularizar su situación dentro del plazo señalado para evitar recargos. La publicación en el boletín oficial constituye la notificación formal de las liquidaciones, por lo que los contribuyentes deben estar atentos a los plazos de pago y a las vías de recurso disponibles.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 170, 4 de septiembre de 2026, sección Ayuntamientos (referencia oficial: documento 2026_2312, código de verificación fa6b239b837802aee90143530ac4ad5a0753507c).