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Sbírka zákonů · 16 Sep 2026 · 6 vistas

El Gobierno endurece las normas de los pagos directos a los agricultores y modifica los plazos de otoño

Por FactBox Admin

Government tightens direct payment rules for farmers and shifts autumn deadlines

El gobierno checo ha endurecido las condiciones bajo las cuales los agricultores reciben pagos directos y ha modificado dos plazos de otoño. El Reglamento Gubernamental n.º 167/2026 Sb., firmado el 17 de agosto de 2026 y publicado en la Sbírka zákonů el 16 de septiembre de 2026, modifica las normas sobre pagos directos, condicionalidad, agricultura ecológica, agroforestería y la forestación de tierras agrícolas, y entra en vigor el 1 de octubre de 2026.

El reglamento fue emitido por el gobierno en virtud del § 2c(5) y § 3i de la Ley n.º 252/1997 Sb., sobre agricultura, y el § 1(3) de la Ley n.º 256/2000 Sb., sobre el Fondo Estatal de Intervención Agrícola. Modifica el Reglamento Gubernamental n.º 83/2023 Sb., sobre las condiciones para la concesión de pagos directos a los agricultores, según sus modificaciones, junto con cuatro reglamentos relacionados. Está firmado por el Viceprimer Ministro y Ministro de Industria y Comercio Havlíček, en representación del Primer Ministro, y por el Ministro de Agricultura Šebestyán.

Pastizales permanentes y elementos del paisaje

Bajo el nuevo § 12(6)(c) del Reglamento n.º 83/2023 Sb., un agricultor puede convertir un pastizal permanente en otro tipo de cultivo agrícola, o ararlo, únicamente sobre la base de una opinión vinculante de la autoridad de protección de la naturaleza localmente competente. Dicha opinión debe demostrar que los hábitats europeos no se ven afectados y que el plan no puede, solo o en combinación con otros planes, afectar significativamente al objeto de protección o a la integridad de un lugar de importancia europea o un área de aves, de modo que no quede comprendido en el procedimiento de los § 45h y § 45i de la Ley n.º 114/1992 Sb., sobre protección de la naturaleza y el paisaje.

Una nueva letra f) en el § 13(4) añade un elemento paisajístico a la lista de características cubiertas por las normas, y el § 24(4) ahora se refiere a una autopista o una carretera según la Ley n.º 13/1997 Sb., sobre carreteras, en lugar de “una carretera de clase I o II”.

Sanciones y la nueva regla de no pago

Un nuevo § 24(10) exige que el Fondo Estatal de Intervención Agrícola aplique la reducción más alta establecida en los párrafos 6 y 7, o rechace el pago eco-esquema premium de toda la explotación, cuando se incumplan las condiciones del § 13(2), (3) o (5) o del párrafo 1(b). Un nuevo § 24a(4) establece que la inclusión bajo el § 12(3) y la notificación bajo el § 12(7)(b) del reglamento sobre medidas agroambientales y climáticas no se tratará como un incumplimiento.

Se deroga la sección 25 del reglamento de pagos directos. Un nuevo § 38b dispone que el Fondo no concederá ayudas para el año natural bajo el § 28 y del § 30 al § 33 si el solicitante no cumple la condición del § 28(4), § 30(5), § 31(5), § 32(6) o § 33(6) — es decir, si no se entrega un documento justificativo relacionado.

Plazos y otros esquemas

  • Forestación de tierras agrícolas: el Reglamento n.º 63/2023 Sb. traslada la fecha en el § 5(1), § 6(1) y § 11(5)(a) del 30 de noviembre al 10 de diciembre.
  • Agroforestería: el Reglamento n.º 140/2023 Sb. realiza el mismo cambio en el § 6(1) y § 18(5).
  • Condicionalidad: el Reglamento n.º 73/2023 Sb. sustituye la cifra “12” por “6” en el § 11(7).
  • Agricultura ecológica: el Reglamento n.º 81/2023 Sb. deroga el § 9(1)(b) y el § 18(2) y renumera las disposiciones siguientes.

Las disposiciones transitorias establecen que los procedimientos iniciados antes del 1 de octubre de 2026 se completarán según la redacción anterior, a excepción del § 13(4)(f), § 24(10), § 24a(4) y § 25, que se aplicarán según la nueva redacción.

Los cambios afectan a todo solicitante de subvenciones agrícolas del Fondo Estatal de Intervención Agrícola y entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026, antes de los plazos de otoño que han sido modificados. Los agricultores que conviertan pastizales permanentes necesitarán ahora primero un dictamen de protección de la naturaleza, y la falta de un documento justificativo supondrá la pérdida de todo el pago del año.


Fuente: Sbírka zákonů a mezinárodních smluv, no. 167/2026, 16 de septiembre de 2026, págs. 2–6 (referencia oficial: 167/2026 Sb.).