Sbírka zákonů · 16 Sep 2026 · 6 vistas
El Gobierno endurece las normas de los pagos directos a los agricultores y modifica los plazos de otoño
Por FactBox Admin

El gobierno checo ha endurecido las condiciones bajo las cuales los agricultores reciben pagos directos y ha modificado dos plazos de otoño. El Reglamento Gubernamental n.º 167/2026 Sb., firmado el 17 de agosto de 2026 y publicado en la Sbírka zákonů el 16 de septiembre de 2026, modifica las normas sobre pagos directos, condicionalidad, agricultura ecológica, agroforestería y la forestación de tierras agrícolas, y entra en vigor el 1 de octubre de 2026.
El reglamento fue emitido por el gobierno en virtud del § 2c(5) y § 3i de la Ley n.º 252/1997 Sb., sobre agricultura, y el § 1(3) de la Ley n.º 256/2000 Sb., sobre el Fondo Estatal de Intervención Agrícola. Modifica el Reglamento Gubernamental n.º 83/2023 Sb., sobre las condiciones para la concesión de pagos directos a los agricultores, según sus modificaciones, junto con cuatro reglamentos relacionados. Está firmado por el Viceprimer Ministro y Ministro de Industria y Comercio Havlíček, en representación del Primer Ministro, y por el Ministro de Agricultura Šebestyán.
Pastizales permanentes y elementos del paisaje
Bajo el nuevo § 12(6)(c) del Reglamento n.º 83/2023 Sb., un agricultor puede convertir un pastizal permanente en otro tipo de cultivo agrícola, o ararlo, únicamente sobre la base de una opinión vinculante de la autoridad de protección de la naturaleza localmente competente. Dicha opinión debe demostrar que los hábitats europeos no se ven afectados y que el plan no puede, solo o en combinación con otros planes, afectar significativamente al objeto de protección o a la integridad de un lugar de importancia europea o un área de aves, de modo que no quede comprendido en el procedimiento de los § 45h y § 45i de la Ley n.º 114/1992 Sb., sobre protección de la naturaleza y el paisaje.
Una nueva letra f) en el § 13(4) añade un elemento paisajístico a la lista de características cubiertas por las normas, y el § 24(4) ahora se refiere a una autopista o una carretera según la Ley n.º 13/1997 Sb., sobre carreteras, en lugar de “una carretera de clase I o II”.
Sanciones y la nueva regla de no pago
Un nuevo § 24(10) exige que el Fondo Estatal de Intervención Agrícola aplique la reducción más alta establecida en los párrafos 6 y 7, o rechace el pago eco-esquema premium de toda la explotación, cuando se incumplan las condiciones del § 13(2), (3) o (5) o del párrafo 1(b). Un nuevo § 24a(4) establece que la inclusión bajo el § 12(3) y la notificación bajo el § 12(7)(b) del reglamento sobre medidas agroambientales y climáticas no se tratará como un incumplimiento.
Se deroga la sección 25 del reglamento de pagos directos. Un nuevo § 38b dispone que el Fondo no concederá ayudas para el año natural bajo el § 28 y del § 30 al § 33 si el solicitante no cumple la condición del § 28(4), § 30(5), § 31(5), § 32(6) o § 33(6) — es decir, si no se entrega un documento justificativo relacionado.
Plazos y otros esquemas
- Forestación de tierras agrícolas: el Reglamento n.º 63/2023 Sb. traslada la fecha en el § 5(1), § 6(1) y § 11(5)(a) del 30 de noviembre al 10 de diciembre.
- Agroforestería: el Reglamento n.º 140/2023 Sb. realiza el mismo cambio en el § 6(1) y § 18(5).
- Condicionalidad: el Reglamento n.º 73/2023 Sb. sustituye la cifra “12” por “6” en el § 11(7).
- Agricultura ecológica: el Reglamento n.º 81/2023 Sb. deroga el § 9(1)(b) y el § 18(2) y renumera las disposiciones siguientes.
Las disposiciones transitorias establecen que los procedimientos iniciados antes del 1 de octubre de 2026 se completarán según la redacción anterior, a excepción del § 13(4)(f), § 24(10), § 24a(4) y § 25, que se aplicarán según la nueva redacción.
Los cambios afectan a todo solicitante de subvenciones agrícolas del Fondo Estatal de Intervención Agrícola y entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026, antes de los plazos de otoño que han sido modificados. Los agricultores que conviertan pastizales permanentes necesitarán ahora primero un dictamen de protección de la naturaleza, y la falta de un documento justificativo supondrá la pérdida de todo el pago del año.
Fuente: Sbírka zákonů a mezinárodních smluv, no. 167/2026, 16 de septiembre de 2026, págs. 2–6 (referencia oficial: 167/2026 Sb.).