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BOP de Girona · 25 Sep 2026 · 8 vistas

Girona aprueba inicialmente las nuevas bases de la Beca Joaquim Franch

Por FactBox Admin

Girona aprova inicialment les noves bases de la Beca Joaquim Franch

El Pleno del Ayuntamiento de Girona, en sesión ordinaria del 14 de septiembre de 2026, aprobó inicialmente las nuevas bases generales reguladoras de la subvención de la Beca Joaquim Franch, dirigida a proyectos e iniciativas de interés social en materia de educación para la ciudadanía. El acuerdo, firmado por el alcalde Lluc Salellas Vilar, deroga expresamente las bases anteriores y somete el texto a información pública durante veinte días hábiles. El edicto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 185, de 25 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOP-2026_0_185_8194 (pág. 1-15) y número de expediente 2026018258.

El objetivo de la beca es promover e incentivar el desarrollo de proyectos e iniciativas de interés social en materia de educación cívica, con la voluntad de fomentar la cohesión social ciudadana, promover el compromiso educativo con la ciudad, incentivar la producción de materiales educativos en valores y fomentar la innovación pedagógica en contenidos y metodología. La convocatoria está abierta a todas las temáticas que persigan estos objetivos.

El procedimiento se enmarca en el título II de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Girona, aprobada por acuerdo de Pleno de 9 de diciembre de 2025, y se resuelve por concurrencia competitiva. La publicación del edicto da cumplimiento al artículo 124.2 del Decreto 179/1995, de 13 de junio, y al artículo 36.1 de la ordenanza municipal.

Derogación de las bases de 2022 y trámite de información pública

El acuerdo del Pleno consta de tres puntos:

  • Derogar expresamente las bases de la Beca Joaquim Franch aprobadas por acuerdo de Pleno de 11 de abril de 2022 y publicadas en el BOP núm. 80 de 27 de abril de 2022.
  • Aprobar inicialmente las nuevas bases generales reguladoras de la subvención.
  • Someter el texto a información pública durante veinte días hábiles, mediante la publicación íntegra en el BOP de Girona y en el tablón de anuncios municipal, con una referencia al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Si no se presenta ninguna alegación, la aprobación inicial pasará a ser definitiva y se publicará un anuncio en el BOP de Girona que constatará su carácter definitivo. Las bases regirán desde el día siguiente a dicha publicación y estarán vigentes hasta que se acuerde su modificación o derogación.

Una disposición transitoria mantiene las becas otorgadas con las bases de 2022 que aún estén en trámite: se regirán por aquellas bases y su convocatoria hasta la finalización.

Quién puede optar a la beca y cómo se valora

Podrán acogerse a la subvención tres tipos de destinatarios:

  • Centros educativos no universitarios, con candidaturas por equipos de trabajo de padres y madres, alumnos y profesorado, presentadas por el consejo escolar.
  • Entidades o asociaciones con finalidad educativa, deportiva, social o cultural, legalmente constituidas sin ánimo de lucro, con propuesta presentada por la junta directiva.
  • Colectivos o grupos, especialmente de jóvenes, constituidos a tal efecto con acta y con el apoyo de una institución educativa, social o cívica de la ciudad.

Los proyectos se valoran sobre un máximo de 100 puntos y es necesario obtener un mínimo de 50 puntos, con al menos 5 puntos en cada uno de los criterios. El reparto es el siguiente:

  • Fomentar la cohesión social ciudadana: máximo 20 puntos.
  • Promover el compromiso educativo con la ciudad de Girona: máximo 20 puntos.
  • Vinculación del proyecto con la figura de Joaquim Franch: máximo 20 puntos.
  • Producción de materiales educativos en valores y ciudadanía: máximo 10 puntos.
  • Fundamentación teórica y claridad de la propuesta: máximo 10 puntos.
  • Sostenibilidad del proyecto: máximo 10 puntos.
  • Estrategias para incorporar personas en situaciones de vulnerabilidad social o educativa: máximo 10 puntos.

La comisión de valoración estará formada por 5 personas, entre técnicos municipales y técnicos especializados representantes del Consell Municipal d’Educació, y elevará la propuesta al Pleno de este consejo. La resolución de concesión o denegación corresponde a la Alcaldía. En caso de empate, se prioriza la solicitud entrada antes al registro, y el jurado puede declarar la beca desierta.

Dotación, pago y justificación

La beca tiene una doble dotación: la aportación económica que determine la convocatoria y la publicación y divulgación del proyecto becado, incluyendo el desarrollo, las conclusiones y los materiales anexos. Si hay más de un proyecto becado, el importe se distribuye en función del presupuesto de cada uno y del número de proyectos. La convocatoria es bienal y, si queda desierta, las instituciones convocantes podrán adelantar un año la siguiente.

El pago se realiza en dos tramos: un 60% una vez resuelta la convocatoria y el resto después de valorar las justificaciones, con informe previo del Servei Municipal d’Educació. La justificación se presenta en el término de tres meses desde la finalización de la actividad, mediante cuenta justificativa simplificada. El término máximo de resolución de la convocatoria es de seis meses.

Los incumplimientos se gradúan con penalizaciones del 5% de la subvención por falta de difusión y publicidad y otro 5% por incumplimiento lingüístico. Las entidades beneficiarias deberán emplear el catalán en las relaciones con el Ayuntamiento y en los materiales derivados de la actividad, de acuerdo con la Llei 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

La nueva regulación fija por primera vez un marco estable de criterios, plazos y obligaciones para una beca bienal que vincula educación, cohesión social y memoria pedagógica de la ciudad. Los centros, entidades y colectivos de Girona tienen ahora veinte días hábiles para presentar alegaciones al texto antes de que sea definitivo.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 185 de 25 de setembre de 2026, Administració local, pàg. 1-15 (referència oficial: BOP-2026_0_185_8194).