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Boletín Oficial de Bizkaia · 19 Aug 2026 · 12 vistas

Gernika-Lumo convoca subvenciones para la cooperación al desarrollo

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Gernika-Lumo ha aprobado la convocatoria de subvenciones para proyectos de cooperación para el desarrollo de 2026, mediante el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en la sesión del 23 de julio. La convocatoria ha sido publicada en el número 157 del Boletín Oficial de Bizkaia, el 19 de agosto de 2026, y autoriza un gasto de 51.367,11 euros. El acuerdo fue firmado por el alcalde José María Gorroño Etxebarrieta el 5 de agosto.

Objeto de la convocatoria y beneficiarios

El objetivo de la convocatoria es cofinanciar las acciones que deban promoverse en países en vías de desarrollo, zonas de conflicto o campamentos de refugiados y desplazados, de acuerdo con los principios, objetivos y prioridades previstos en la Ley 3/2024, de cooperación y solidaridad de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Las acciones se clasifican en cuatro apartados:

  • Proyectos de desarrollo.
  • Proyectos de sensibilización, educación para el desarrollo y comercio justo.
  • Ayudas humanitarias para emergencias.
  • Programas de acogida.

Serán beneficiarias las ONG y entidades sin ánimo de lucro debidamente registradas, que existan desde hace al menos un año y cuya actividad coincida con el objeto de la convocatoria. No podrán participar las entidades que se encuentren en alguna de las causas previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, en la Ley 4/2005 y en la Ley Orgánica 3/2007, ni tampoco aquellas que tengan objetivos contrarios al principio de igualdad.

Presupuesto y cuantías

La convocatoria destina para el ejercicio 2026 un máximo de 49.703,54 euros, de la partida presupuestaria 8 2301 49000. La cuantía individualizada de cada subvención no podrá superar los 10.000 euros, ni ser superior a la cantidad solicitada por la entidad, y en ningún caso podrá existir una sobrefinanciación del proyecto. Las subvenciones son compatibles con las concedidas por otras entidades, siempre que no se produzca una sobrefinanciación.

Procedimiento de solicitud y plazos

El plazo para presentar las solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del resumen de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia. Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, a través de la sede electrónica www.gernika-lumo.eus, y deberán acompañarse de la siguiente documentación:

  • Formulario de solicitud, según el modelo facilitado por el Ayuntamiento.
  • Declaración responsable firmada.
  • Estatutos de la entidad, justificación de la inscripción en el registro y acreditación de la representación del firmante.
  • Balance de cuentas del año anterior y proyectos de los últimos cinco años.

La instrucción correrá a cargo del Departamento de Acción Social, y la concesión o denegación se realizará mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, a propuesta de la comisión informativa del área de Acción Social. El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Criterios de valoración

Los proyectos se evaluarán bajo el régimen de concurrencia competitiva, según una baremo de 100 puntos, y deberán obtener al menos 40 puntos para recibir la subvención. Los proyectos de desarrollo recibirán el 60% de la partida, los de sensibilización y educación el 10%, y las ayudas humanitarias de emergencia y los programas de acogida un 15% cada uno. En ningún caso se concederá una ayuda superior al 75% del total del proyecto.

Esta convocatoria permite a las entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de Gernika-Lumo financiar sus iniciativas de cooperación, y el Ayuntamiento reafirma su apuesta por fortalecer la red de solidaridad local, incluyendo los proyectos que se ejecutarán desde 2026 hasta septiembre de 2027.


Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia, número 157, 19 de agosto de 2026, sección II, págs. 1-9 (referencia oficial: BOB-2026a157-(II-4358)).