Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 13 Aug 2026 · 7 vistas
Generalitat convoca ayudas de hasta 5.000 euros contra la gripe aviar
Por FactBox Admin

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Generalitat ha abierto la convocatoria de ayudas de minimis para instalar infraestructuras de bioseguridad que protejan a las aves de corral del contagio del virus de la gripe aviar. La Resolución ARP/2897/2026, firmada por el consejero Òscar Ordeig i Molist el 31 de julio, se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) número 9729, de 13 de agosto de 2026, con el código CVE-DOGC-A-26223039-2026. Las solicitudes se podrán presentar del 1 al 15 de septiembre de forma telemática.
La convocatoria, identificada con el código BDNS 924193, desarrolla las bases reguladoras aprobadas por la Orden ARP/131/2025, de 30 de julio, y se acoge al régimen de minimis del Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión Europea. Son destinatarios los titulares de explotaciones avícolas que crían al aire libre y las explotaciones de repoblación cinegética con animales en voladeros o jaulas no protegidas, las más expuestas al contacto con las aves salvajes. La finalidad es fomentar las políticas de lucha contra la gripe aviar.
Hasta 5.000 euros por explotación
La dotación máxima de la convocatoria es de 60.000 euros, consignada en la partida presupuestaria AG03/D/770000100/6120/0000 de los presupuestos del departamento para 2026, y se puede ampliar si hay crédito disponible. Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, comparando las solicitudes según la valoración obtenida.
- Hasta el 80% del presupuesto de la actividad subvencionada, con un máximo de 5.000 euros por persona beneficiaria.
- El importe no puede superar, ni aisladamente ni en concurrencia con otras subvenciones, el coste de la actividad.
- El límite global de ayudas de minimis es de 50.000 euros por empresa en un período de tres años.
Qué se puede subvencionar
Son subvencionables los gastos de instalación de estructuras que impidan el contacto entre las aves de corral y las aves salvajes, con los costes de instalación y montaje incluidos. Las actuaciones se deben haber ejecutado dentro de los tres años anteriores al inicio del período de solicitudes, y la justificación se debe presentar en el mismo plazo que la solicitud.
- Estructura protectora con red o tela ocellera, con agujeros de como máximo 19 milímetros de diámetro, que cubra techo y laterales de los patios.
- Cubierta con malla de umbráculo o material similar que impida que las deyecciones de aves salvajes caigan en el interior.
- Otras estructuras de protección que consigan el mismo objetivo.
Plazo, trámites y valoración
Las solicitudes se han de formalizar con los modelos de la sede electrónica entre el 1 y el 15 de septiembre de 2026, ambos incluidos, y la resolución se ha de dictar y publicar en un máximo de seis meses. El órgano instructor es el Servicio de Sanidad Animal y la resolución corresponde a la Dirección General de Agricultura y Ganadería; las propuestas y resoluciones se publicarán en el tablón electrónico de la Generalitat.
- Documentación: acreditación de la representación, escrituras o estatutos para personas jurídicas y marca oficial de la explotación ganadera.
- Localización: 50 puntos en municipios de zonas de especial riesgo de la Orden APA/2442/2006, 30 en zonas de especial vigilancia y 10 en el resto.
- Capacidad: de 50 puntos para más de 400 animales a 10 puntos para menos de 35 o autoconsumos.
- Plus: 1 punto para agricultores profesionales, explotaciones agrarias prioritarias y jóvenes agricultores.
Con esta convocatoria, la Generalitat pone a disposición de los ganaderos un instrumento directo para blindar las explotaciones más expuestas ante la gripe aviar, una enfermedad que se propaga sobre todo a través de las aves salvajes. Las ayudas, de tramitación íntegramente telemática y sin necesidad de notificación previa a la Comisión Europea por tratarse de minimis, refuerzan la prevención en un sector estratégico y reducen el riesgo de brotes que obligarían a sacrificar los rebaños.
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), núm. 9729, 13 de agosto de 2026, sección Otras disposiciones, pág. 1 (referencia oficial: CVE-DOGC-A-26223039-2026).