Diario Oficial de Galicia · 28 Aug 2026 · 6 vistas
Galicia prorroga las medidas cautelares contra la dermatosis nodular
Por FactBox Admin

La Consellería do Medio Rural mantiene vigentes las medidas cautelares frente a la dermatosis nodular contagiosa hasta el 30 de septiembre de 2026, mediante la Resolución del 25 de agosto de 2026 de la Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 163, del 28 de agosto, en la sección III de otras disposiciones (pág. 46881). La medida prorroga la vigencia de la resolución anterior, cuyos efectos terminaban el 31 de agosto.
La dermatosis nodular contagiosa es una enfermedad vírica de alta difusibilidad que implica importantes perjuicios tanto en las explotaciones afectadas como a nivel general en el sector bovino. La decisión llega después de que la enfermedad fuera detectada en territorio español el pasado mes de octubre en Cataluña, en la provincia de Girona, y posteriormente en Aragón, lo que elevó el nivel de riesgo de aparición en Galicia.
Antecedentes y marco normativo
La nueva resolución prorroga las medidas recogidas en la Resolución del 25 de marzo de 2026, publicada en el DOG núm. 59, del 30 de marzo, al amparo de la Resolución del 27 de julio de 2026, publicada en el DOG núm. 142, del 30 de julio. A pesar de la evolución favorable de la situación epidemiológica en Cataluña y Aragón y del plan vacunal instaurado en ciertas zonas de España, se considera aconsejable mantener las medidas tras el análisis del riesgo sanitario actual.
La resolución se apoya en los siguientes fundamentos de derecho:
- Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales.
- Artículo 8 de medidas sanitarias de salvaguardia de la Ley 8/2003, del 24 de abril, de sanidad animal.
- Artículo 19 del Decreto 223/2022, del 22 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería do Medio Rural.
Vigencia y alcance
La resolución produce sus efectos desde el 1 de septiembre hasta el 30 de septiembre de 2026, ambos incluidos, y podrá prorrogarse por resolución de acuerdo con la evolución epidemiológica de la enfermedad. Firma el documento Silvestre José Balseiros Guinarte, director general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, en Santiago de Compostela.
La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe interponer recurso de alzada ante la consellera del Medio Rural, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el DOG, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
Impacto para el sector
La prórroga mantiene activas las medidas de prevención y control en un momento en que la enfermedad sigue presente en comunidades próximas, lo que afecta directamente al sector bovino gallego, uno de los pilares de la economía agraria de la comunidad. La vigencia hasta finales de septiembre da margen a las explotaciones para planificar su actividad mientras se monitoriza la evolución epidemiológica de la enfermedad.
Fuente: Diario Oficial de Galicia, núm. 163, 28 de agosto de 2026, sección III (Otras disposiciones), páx. 46881 (referencia oficial: CVE-DOG 5m1yftv8-5hw2-b8n4-0vw4-y6o7aqsy6bd8).