BOP de Tarragona · 27 Aug 2026 · 6 vistas
Freginals aprueba la tasa por el uso de la toma de agua del cementerio
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Freginals (Montsià) ha aprobado definitivamente la ordenanza fiscal que regula la tasa por la utilización de la toma de agua situada en el camino de acceso al cementerio del municipio. La norma, que introduce un sistema de prepago mediante tarjeta y un régimen sancionador contra el fraude, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona número 27, de 27 de agosto de 2026, con la referencia oficial CVE 2026-07893 (págs. 1-5).
El Pleno de la Corporación, en sesión de 28 de mayo de 2026, aprobó provisionalmente la ordenanza, que se sometió a información pública durante 30 días (del 8 de junio al 21 de julio de 2026) mediante el tablón de edictos, el BOP de Tarragona y el portal de transparencia. Al no presentarse ninguna alegación, el acuerdo pasó a ser definitivo. La firma la alcaldesa, Neus Franch Bertomeu, con fecha de 18 de agosto de 2026.
Hecho imponible y sujetos pasivos
Constituye el hecho imponible de la tasa la utilización de la toma de agua con fines agrícolas o para el lavado de vehículos, así como la adquisición y utilización del servicio mediante tarjeta de prepago. Son sujetos pasivos las personas físicas y jurídicas que obtengan agua de la toma para estos usos, y también los titulares o usuarios efectivos de las tarjetas.
La norma se fundamenta en las facultades del artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y en los artículos 20 a 22 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. No se aplican exenciones, bonificaciones ni reducciones para la determinación de la deuda tributaria.
Cuota y sistema de prepago
La cuota se determina en función del consumo efectivo realizado por los usuarios, mediante dispositivos electrónicos que permiten su cuantificación objetiva. Las tarifas establecidas son las siguientes:
- Adquisición de tarjeta reutilizable habilitada para el acceso al servicio: 10 euros.
- Por cada unidad de consumo equivalente a 1.000 litros de agua: 1 euro.
El pago se configura como un sistema de prepago o carga anticipada de crédito, que habilita al usuario hasta el agotamiento del saldo disponible, sin derecho a suministro en ausencia de este. El devengo de la tasa se produce en el momento de la recarga del crédito. No se reconoce derecho a la devolución de las cantidades satisfechas, excepto en supuestos debidamente justificados de funcionamiento incorrecto del sistema imputable a la Administración.
El sistema automatizado permite la identificación del usuario, el registro automático del consumo, el control del saldo disponible y la activación y desactivación del suministro en función del crédito existente. El Ayuntamiento puede establecer instrucciones técnicas complementarias sobre condiciones de acceso, horarios de uso, límites de consumo y medidas de control y seguridad, y puede suspender o limitar temporalmente el servicio por razones técnicas, de mantenimiento o de escasez de recursos hídricos.
Infracciones y sanciones
La ordenanza tipifica como infracciones específicas la manipulación, alteración o interferencia de los dispositivos técnicos de control del suministro; el uso indebido de las tarjetas de prepago, incluyendo su cesión a terceros para usos no autorizados; la obtención de agua sin el pago previo; la utilización del servicio para finalidades diferentes de las autorizadas; y la manipulación o deterioro intencionado de las instalaciones municipales.
Las infracciones se clasifican en leves, graves o muy graves, atendiendo a la intencionalidad, la reincidencia, el perjuicio causado a la hacienda municipal y la utilización de medios fraudulentos. Las sanciones consisten en multas pecuniarias proporcionales o fijas, sin perjuicio de la exigencia de las cantidades defraudadas y de los intereses correspondientes. El Ayuntamiento puede adoptar medidas complementarias como la suspensión temporal o definitiva del acceso al servicio, la desactivación de tarjetas o la limitación del uso del sistema en caso de incumplimiento reiterado.
Entrada en vigor e impacto
La ordenanza entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOP de Tarragona y permanecerá vigente mientras no se acuerde su derogación expresa. La resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede impugnarse ante la Sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el término de dos meses.
La nueva tasa supone un cambio relevante para los usuarios de la presa de agua de Freginals, que pasan de un acceso libre a un control estricto del consumo basado en el pago anticipado. El sistema de prepago y el régimen sancionador buscan garantizar la equivalencia entre el coste del servicio y la cuantía exigida, y asegurar un uso correcto y sostenible de un recurso hídrico escaso en un municipio de la comarca del Montsià.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Tarragona, núm. 27, 27 d’agost de 2026, pàg. 1-5 (referencia oficial: CVE 2026-07893).