BOP de Girona · 02 Oct 2026 · 31 vistas
Figueres amplía las ayudas al transporte público de los estudiantes que estudien fuera
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Figueres ha aprobado inicialmente las nuevas bases reguladoras de las subvenciones para la adquisición de títulos de transporte público colectivo destinadas a estudiantes universitarios y de enseñanzas de grado medio o superior que se desplacen habitualmente fuera del municipio. La Junta de Gobierno Local, por delegación del Pleno, adoptó la resolución el 16 de septiembre de 2026 y el texto se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 190, de 2 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOP-2026_0_190_8382 (págs. 1-9). El documento queda expuesto a información pública durante 20 días hábiles para que se puedan presentar alegaciones.
La norma sustituye las bases vigentes desde 2018, aprobadas por el Pleno municipal el 10 de mayo de 2018 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 115, de 14 de junio de 2018, que limitaban la ayuda a los abonos mensuales de tren regional y de media distancia. El expediente, tramitado con el número GJOV2026000028, incorpora el informe favorable del técnico de la sección de juventud y el de la jefa del servicio jurídico del área. La línea de subvenciones está prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Figueres 2024-2026, aprobado por decreto de Alcaldía de 21 de diciembre de 2023.
Los acuerdos incluyen derogar las bases de 2018, aprobar inicialmente las nuevas, publicarlas y disponer que, si no se formula ninguna alegación ni reclamación, quedarán aprobadas definitivamente sin ningún otro trámite, de acuerdo con el artículo 65.1 del Decreto 179/1995 (ROAS). El alcalde presidente, Jordi Masquef Creus, firmó electrónicamente el documento el 23 de septiembre de 2026.
Los cambios principales
- Ámbito de la ayuda: se amplía de los abonos de tren a cualquier título de transporte público colectivo que permita el desplazamiento entre Figueres y el municipio donde se cursen los estudios.
- Exclusiones: no son subvencionables el metro, el autobús interurbano, el tranvía, los ferrocarriles de la Generalitat ni los taxis o similares.
- Edad: el límite máximo pasa de 26 a 29 años.
- Padrón: se exige mantener el empadronamiento en Figueres durante todo el periodo subvencionable.
- Intensidad del desplazamiento: se sustituye la exigencia de desplazamiento diario por la de desplazamiento habitual.
- Tipo de título: ya no se exige abono mensual; se admiten títulos, abonos, justificantes de compra o documentos equivalentes.
- Cuantía: se unifica el porcentaje máximo en el 40% del gasto acreditado para todo el transporte público colectivo.
- Naturaleza: la ayuda compensa gastos ya efectuados, no es una subvención anticipada para la adquisición futura de títulos.
- Tramitación: se incorporan el órgano instructor, la comisión de valoración, las causas de inadmisión o desestimación y los artículos de pago, justificación, revocación y reintegro.
Requisitos y cuantías
Pueden solicitar la ayuda las personas empadronadas en Figueres que tengan entre 16 y 29 años en el momento de la convocatoria y que cursen estudios universitarios o ciclos formativos de grado medio o de grado superior fuera del municipio. Es necesario estar matriculado como mínimo en 45 créditos o, si el plan de estudios no se computa en créditos, en el 75% de la carga lectiva del curso, y acreditar el uso del transporte público con el título, abono o justificante correspondiente.
La subvención cubre como máximo el 40% del importe total del gasto subvencionable acreditado. Si el crédito presupuestario disponible no es suficiente para atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos, los importes se pueden reducir proporcionalmente entre las personas beneficiarias sin superar en ningún caso este porcentaje.
Tramitación y plazos
El procedimiento de concesión es el de concurrencia no competitiva y la resolución corresponde a la Alcaldía Presidencia. Las solicitudes se presentarán preferentemente por medios electrónicos en la sede electrónica municipal, o bien presencialmente en la oficina de asistencia en materia de registro (OMAC). Si la solicitud está incompleta, el Ayuntamiento requerirá la subsanación en un plazo de 10 días hábiles.
La resolución se debe dictar en un máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de solicitudes. Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos mediante el sistema ENOTUM, y la convocatoria se comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, con publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona.
La actualización amplía tanto el colectivo protegido como los títulos admitidos, de manera que más familias y universitarios de Figueres podrán recuperar parte del coste del transporte que ya han pagado por estudiar fuera de la ciudad. El plazo de 20 días hábiles de información pública es la última ventana para presentar alegaciones antes de que las bases queden aprobadas definitivamente.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 190, 2 d’octubre de 2026, Administració local - Ajuntaments, pàg. 1-9 (referència oficial: BOP-2026_0_190_8382).