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BOP de Ciudad Real · 14 Sep 2026 · 3 vistas

Fernán Caballero aprueba la ordenanza de aprovechamiento de pastos

Por FactBox Admin

Fernán Caballero aprueba la ordenanza de aprovechamiento de pastos

El Ayuntamiento de Fernán Caballero ha aprobado definitivamente la Ordenanza reguladora del aprovechamiento de pastos, hierbas y rastrojeras del término municipal, al no haberse presentado reclamaciones ni sugerencias durante el plazo de información pública y tras aceptar la alegación formulada en lo relativo a la corrección de errores materiales. El acuerdo queda publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, número 176, de 14 de septiembre de 2026, mediante el anuncio número 2924.

La norma, formulada por la Comisión Local de Pastos de Fernán Caballero, se fundamenta en la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras en Castilla-La Mancha, con el Decreto 1256/1969, de 6 de junio, como marco estatal básico y supletorio, y se integra en la Política Agraria Común (PAC) vigente para el ciclo 2023/2027. El documento, de 31 páginas, está firmado electrónicamente por el Secretario-Interventor Pedro Luis Ramírez Gómez el 10 de septiembre de 2026.

Superficies y capacidad de carga

El término municipal de Fernán Caballero abarca 10.493,99 hectáreas, de las que 10.277,75 corresponden a suelo rústico. Los terrenos sometidos a ordenación común de pastos suman 1.732,40 hectáreas, distribuidas entre cultivos anuales y rastrojeras de secano (1.119,02 ha) y de regadío (613,38 ha). El resto, 8.761,59 hectáreas, queda excluido del régimen común por regadíos, viñedos, olivares, frutales, terreno improductivo, forestal y fincas cercadas permanentemente.

En aplicación del ratio mínimo de 1,43 ha/UGM exigido por la autoridad provincial, sin superar la carga ganadera máxima de 0,70 UGM/ha, los pastos comunes pueden sustentar 1.211,46 Unidades de Ganado Mayor (UGM). Actualmente existen cinco explotaciones ganaderas dedicadas a ganado bovino, caprino y ovino sujetas al régimen común.

Régimen de aprovechamiento y abrevaderos

El año ganadero comienza el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre, adjudicándose todos los polígonos mediante resolución de la Comisión Local de Pastos. El rebaño base se fija en 500 cabezas de ovino o caprino, y las crías dejan de tener tal conceptuación a los 12 meses. El ganado no podrá entrar en las parcelas hasta recogida la cosecha, y los cultivadores no podrán labrar los rastrojos antes de transcurrir quince días naturales desde el levantamiento de la cosecha.

  • Se prohíbe la entrada del ganado en barbechos labrados y preparados para siembra inmediata, y durante tres días tras lluvias intensas.
  • Los adjudicatarios sin abrevadero podrán abrevar en el pozo de la cañada Soriana, en el polígono 18, parcela 59.
  • No existen mancomunidades ni agrupaciones de fincas, ni dula o piara concejil en el municipio.

Régimen económico y sancionador

Los ganaderos adjudicatarios deben satisfacer el importe de los aprovechamientos en un plazo máximo de 60 días naturales, computado desde el inicio del año ganadero o desde la notificación de la adjudicación. El impago conlleva la pérdida de la adjudicación y la inhabilitación para el siguiente año ganadero. Los propietarios de terrenos sujetos a ordenación percibirán el precio fijado por hectárea, pudiendo deducirse hasta un 20% en concepto de gastos de funcionamiento de la Comisión, con abono únicamente mediante transferencia bancaria.

Los derechos de cobro prescriben a los cinco años de su puesta a disposición, pasando los importes al patrimonio de la Comisión para mejorar los aprovechamientos y fomentar la ganadería. El régimen sancionador se ejercerá conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Contra el acuerdo cabe recurso de reposición ante el Pleno en el plazo de un mes y recurso contencioso-administrativo en dos meses.

La entrada en vigor de esta ordenanza dota a Fernán Caballero de un marco estable y transparente para la gestión de sus recursos pascícolas, armonizando los intereses de ganaderos y agricultores y garantizando la conservación de la riqueza pecuaria municipal. Para los vecinos del sector primario, supone una regulación clara de superficies, cupos, precios y plazos que ordena el aprovechamiento de un recurso común esencial para la economía local.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, número 176, 14 de septiembre de 2026, sección Administración Local (Ayuntamientos), pág. 8369-8381 (referencia oficial: anuncio número 2924, CVE ex4sJz2W4zUri3iw6rC0).