Boletín Oficial de la República Argentina · 28 Sep 2026 · 16 vistas
Feriados nacionales por la visita del Papa León XIV en noviembre
Por FactBox Admin

El Poder Ejecutivo Nacional estableció feriado nacional el lunes 9 de noviembre de 2026 en todo el territorio de la República Argentina y fijó asuetos de alcance territorial limitado para el 10 y el 11 de noviembre, con motivo de la visita oficial del Papa León XIV. La decisión se formalizó mediante el Decreto 1103/2026, publicado en el Boletín Oficial del 28 de septiembre de 2026, que además declara de interés nacional la visita y crea una unidad ejecutora especial para organizarla.
La norma es un decreto de necesidad y urgencia dictado en acuerdo general de ministros, con expediente EX-2026-93650136-APN-DGDYD#JGM, en ejercicio de las atribuciones del artículo 99, incisos 1 y 3, de la Constitución Nacional. El texto invoca la Ley 26.122, que regula la intervención del Honorable Congreso de la Nación sobre los DNU, y dispone dar cuenta a la Comisión Bicameral Permanente. Según los considerandos, la visita se desarrollará entre el 8 y el 11 de noviembre de 2026 y las actividades previstas requieren medidas especiales de seguridad, logística y ordenamiento de la circulación que podrían verse dificultadas por la superposición con una jornada hábil.
Un feriado nacional y dos asuetos territoriales
El decreto escalona las fechas según la incidencia territorial de la agenda papal:
- Lunes 9 de noviembre de 2026: feriado nacional en todo el territorio de la República Argentina.
- Martes 10 de noviembre de 2026: feriado exclusivamente en la Provincia de Córdoba y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Miércoles 11 de noviembre de 2026: feriado exclusivamente en la Provincia de Buenos Aires.
Los considerandos precisan que las provincias de Córdoba y Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitaron la declaración de feriados nacionales con alcance territorial limitado. La medida alcanza también a los organismos, dependencias y actividades sujetos a jurisdicción nacional que funcionan en esos territorios, sin extender sus efectos a ámbitos no afectados por la visita.
Una unidad ejecutora con rango de Secretario
El artículo 5° crea, en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Visita de Su Santidad el Papa León XIV”, con el objeto de planificar, coordinar, articular y conducir las acciones de organización de la visita. Su vigencia no podrá exceder los doce meses desde la entrada en vigor del decreto.
La conducción estará a cargo de un funcionario fuera de nivel, con rango de Secretario y carácter ad honorem, facultado para suscribir convenios con jurisdicciones nacionales, provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipios. El artículo 9° crea además cinco cargos extraescalafonarios, todos con rango de Subsecretario y carácter ad honorem:
- Coordinador Ejecutivo.
- Coordinador de Logística e Infraestructura.
- Coordinador de Seguridad y Emergencias.
- Coordinador de Protocolo y Relaciones Institucionales.
- Coordinador de Apoyo Legal.
Contrataciones y financiamiento
El titular de la Unidad tendrá competencias excepcionales y transitorias en materia de contrataciones directamente vinculadas con su objeto: autorizar la convocatoria y elección del procedimiento, aprobar pliegos, adjudicar, declarar desiertos o fracasados los procedimientos y dejarlos sin efecto, cualquiera sea el monto. También podrá aprobar gastos, ordenar pagos y efectuar desembolsos conforme al artículo 35 del Reglamento de la Ley 24.156, aprobado por el Decreto 1344/07.
El gasto se atenderá con cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción 25 – Jefatura de Gabinete de Ministros. El decreto entró en vigencia el día siguiente al de su publicación y faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias.
El impacto es directo para trabajadores, comercios y organismos nacionales en las tres jurisdicciones alcanzadas: el feriado del 9 de noviembre rige en todo el país, mientras que el 10 y el 11 configuran asuetos locales que alteran la actividad laboral, educativa y comercial en Córdoba, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires durante los días centrales de la visita papal.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, 28 de septiembre de 2026, Primera Sección (referencia oficial: Decreto 1103/2026 – DNU-2026-1103-APN-PTE).