FactBox.

Boletín Oficial de la República Argentina · 28 Sep 2026 · 16 vistas

Feriados nacionales por la visita del Papa León XIV en noviembre

Por FactBox Admin

Feriados nacionales por la visita del Papa León XIV en noviembre

El Poder Ejecutivo Nacional estableció feriado nacional el lunes 9 de noviembre de 2026 en todo el territorio de la República Argentina y fijó asuetos de alcance territorial limitado para el 10 y el 11 de noviembre, con motivo de la visita oficial del Papa León XIV. La decisión se formalizó mediante el Decreto 1103/2026, publicado en el Boletín Oficial del 28 de septiembre de 2026, que además declara de interés nacional la visita y crea una unidad ejecutora especial para organizarla.

La norma es un decreto de necesidad y urgencia dictado en acuerdo general de ministros, con expediente EX-2026-93650136-APN-DGDYD#JGM, en ejercicio de las atribuciones del artículo 99, incisos 1 y 3, de la Constitución Nacional. El texto invoca la Ley 26.122, que regula la intervención del Honorable Congreso de la Nación sobre los DNU, y dispone dar cuenta a la Comisión Bicameral Permanente. Según los considerandos, la visita se desarrollará entre el 8 y el 11 de noviembre de 2026 y las actividades previstas requieren medidas especiales de seguridad, logística y ordenamiento de la circulación que podrían verse dificultadas por la superposición con una jornada hábil.

Un feriado nacional y dos asuetos territoriales

El decreto escalona las fechas según la incidencia territorial de la agenda papal:

  • Lunes 9 de noviembre de 2026: feriado nacional en todo el territorio de la República Argentina.
  • Martes 10 de noviembre de 2026: feriado exclusivamente en la Provincia de Córdoba y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Miércoles 11 de noviembre de 2026: feriado exclusivamente en la Provincia de Buenos Aires.

Los considerandos precisan que las provincias de Córdoba y Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitaron la declaración de feriados nacionales con alcance territorial limitado. La medida alcanza también a los organismos, dependencias y actividades sujetos a jurisdicción nacional que funcionan en esos territorios, sin extender sus efectos a ámbitos no afectados por la visita.

Una unidad ejecutora con rango de Secretario

El artículo 5° crea, en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Visita de Su Santidad el Papa León XIV”, con el objeto de planificar, coordinar, articular y conducir las acciones de organización de la visita. Su vigencia no podrá exceder los doce meses desde la entrada en vigor del decreto.

La conducción estará a cargo de un funcionario fuera de nivel, con rango de Secretario y carácter ad honorem, facultado para suscribir convenios con jurisdicciones nacionales, provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipios. El artículo 9° crea además cinco cargos extraescalafonarios, todos con rango de Subsecretario y carácter ad honorem:

  • Coordinador Ejecutivo.
  • Coordinador de Logística e Infraestructura.
  • Coordinador de Seguridad y Emergencias.
  • Coordinador de Protocolo y Relaciones Institucionales.
  • Coordinador de Apoyo Legal.

Contrataciones y financiamiento

El titular de la Unidad tendrá competencias excepcionales y transitorias en materia de contrataciones directamente vinculadas con su objeto: autorizar la convocatoria y elección del procedimiento, aprobar pliegos, adjudicar, declarar desiertos o fracasados los procedimientos y dejarlos sin efecto, cualquiera sea el monto. También podrá aprobar gastos, ordenar pagos y efectuar desembolsos conforme al artículo 35 del Reglamento de la Ley 24.156, aprobado por el Decreto 1344/07.

El gasto se atenderá con cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción 25 – Jefatura de Gabinete de Ministros. El decreto entró en vigencia el día siguiente al de su publicación y faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias.

El impacto es directo para trabajadores, comercios y organismos nacionales en las tres jurisdicciones alcanzadas: el feriado del 9 de noviembre rige en todo el país, mientras que el 10 y el 11 configuran asuetos locales que alteran la actividad laboral, educativa y comercial en Córdoba, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires durante los días centrales de la visita papal.


Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, 28 de septiembre de 2026, Primera Sección (referencia oficial: Decreto 1103/2026 – DNU-2026-1103-APN-PTE).