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Federal Register · 14 Sep 2026 · 2 vistas

La FAA solicita comentarios sobre el transporte de bomberos en aeronaves restringidas

Por FactBox Admin

FAA seeks comment on transporting firefighters in restricted aircraft

La Administración Federal de Aviación (FAA) está evaluando una futura enmienda a sus regulaciones que permitiría el transporte de bomberos hacia y desde el lugar de un incendio forestal a bordo de ciertas aeronaves de categoría restringida, cuando el propósito sea permitir que dichos bomberos realicen la supresión terrestre de incendios forestales. La agencia publicó un aviso anticipado de propuesta de reglamentación (ANPRM) en el Registro Federal del 14 de septiembre de 2026, e invita al público a comentar la propuesta.

La acción responde a un mandato estatutario bajo la sección 360, “Supresión de Incendios Forestales”, de la Ley de Reautorización de la FAA de 2024 (Pub. L. 118–63), que requiere que la FAA emita una norma que permita operaciones de propósito especial para transportar bomberos y los designe como tripulantes esenciales. La FAA señaló que necesita información adicional para abordar tanto el mandato como la evaluación de su impacto económico.

Qué cambiaría la norma

Bajo las reglas actuales, el § 91.313(d) del título 14 del Código de Regulaciones Federales prohíbe transportar personas en una aeronave civil de categoría restringida a menos que desempeñen una función esencial en relación con la operación de propósito especial para la cual la aeronave está certificada. Debido a que el transporte de bomberos para la supresión terrestre no se reconoce actualmente como una operación de propósito especial bajo el § 21.25(b), el transporte de bomberos hacia y desde el lugar de un incendio forestal en una aeronave civil de categoría restringida está prohibido.

El ANPRM contempla enmiendas a los §§ 91.313 y 119.1 de 14 CFR para permitir el transporte de bomberos hacia y desde el lugar de un incendio forestal para realizar la supresión activa de incendios forestales en tierra utilizando aeronaves de categoría restringida. Se aplicaría a las operaciones de aeronaves civiles y a las operaciones de aeronaves públicas cuando la aeronave de categoría restringida sea propiedad de un operador civil.

  • La propuesta añadiría el transporte de bomberos a las operaciones de propósito especial enumeradas en el § 21.25(b)(7).
  • Revisaría la Orden FAA 8110.56, “Certificación de Tipo de Categoría Restringida”, para alinearla con la sección 360.
  • También consideraría excepciones al § 119.1(e) para eximir cierto transporte de bomberos de los requisitos de certificación de la parte 119.

Antecedentes y datos solicitados

Según datos del Centro Interagencial Nacional de Incendios, desde 2020 hasta 2024 hubo un promedio de 61,680 incendios forestales y 7,288,791 acres quemados cada año en los Estados Unidos. La FAA afirmó que permitir que las aeronaves de categoría restringida transporten bomberos tiene el potencial de limitar la propagación de los incendios forestales y posiblemente prevenir la pérdida de vidas y propiedades.

La FAA solicita comentarios del público sobre la disponibilidad actual de recursos de transporte para bomberos, los obstáculos y necesidades que influyen en su transporte, y las consideraciones de costo-beneficio. Las preguntas específicas abarcan el número y tipos de aeronaves utilizadas, el aumento previsto de bomberos transportados y el promedio anual de segmentos de vuelo de lucha contra incendios realizados como operaciones de aeronaves públicas o civiles.

Cómo comentar

Los comentarios deben enviarse a más tardar el 13 de noviembre de 2026, identificados con el número de expediente FAA–2026–10991. Pueden enviarse a través del Portal Federal de Reglamentación electrónica en www.regulations.gov, por correo, mediante entrega personal o mensajería a Docket Operations en Washington, DC, o por fax al (202) 493–2251. El contacto para obtener más información es John Attebury, del Servicio de Estándares de Vuelo, División de Aviación General y Comercial, Grupo de Operaciones.

La FAA utilizará los comentarios para tomar decisiones con respecto al contenido y la dirección de un aviso de propuesta de reglamentación u otras reglamentaciones futuras relacionadas con la sección 360. Para los operadores de lucha contra incendios aéreos, las agencias gubernamentales y el público, el resultado podría ampliar el grupo de aeronaves disponibles para trasladar a las tripulaciones a la línea de fuego, fortaleciendo la respuesta nacional ante temporadas de incendios forestales cada vez más severas.


Fuente: Federal Register, Vol. 91, No. 176, 14 de septiembre de 2026, Reglas Propuestas, p. 58030 (referencia oficial: Expediente No. FAA–2026–10991; Aviso No. 26–16; RIN 2120–AM13).