Diario Oficial de Extremadura · 23 Oct 2026 · 7 vistas
Extremadura renueva la comisión de ayudas a I+D de pymes y startups
Por FactBox Admin

La Secretaría General de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio ha modificado la convocatoria de ayudas a proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental de pymes y startups del ejercicio 2025 para renovar los miembros de su comisión de valoración. La decisión se formaliza en la Resolución de 16 de octubre de 2026, publicada en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) núm. 205, de 23 de octubre de 2026, con referencia oficial 2026062634. El cambio afecta únicamente al órgano que evalúa las solicitudes, no a las condiciones de las subvenciones.
El marco: una convocatoria de 2025 con tres modalidades
Las ayudas se rigen por el Decreto 57/2023, de 24 de mayo (DOE núm. 116, de 19 de junio), modificado por el Decreto 9/2024, de 30 de enero (DOE núm. 25, de 5 de febrero), que establece las bases reguladoras y aprobó la primera convocatoria para empresas de base tecnológica y startups. La convocatoria vigente se aprobó mediante la Resolución de 16 de diciembre de 2025, de la entonces Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación (DOE núm. 3, de 7 de enero de 2026), y se dirige a tres modalidades:
- Modalidad I: proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas (PYMES).
- Modalidad II: pymes de base tecnológica.
- Modalidad III: startups en Extremadura.
El artículo 15.1 del Decreto 57/2023 dispone que el nombramiento de los miembros de la comisión se realiza en cada convocatoria, y su apartado 3 fija la estructura del órgano: una Presidencia con rango de Jefatura de Servicio, una Secretaría con rango de Jefatura de Sección y dos vocalías de funcionarios del grupo A (subgrupos A1 o A2).
El motivo: cambios en la plantilla del órgano gestor
Según los antecedentes de la resolución, desde la publicación de la convocatoria se han producido modificaciones en la estructura de personal de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, de modo que una de las personas designadas como miembro de la comisión ya no presta servicios en ese órgano directivo. A ello se suma el Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril (DOE núm. 82, de 30 de abril), que reorganizó las consejerías y adscribió esa Secretaría General a la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, antes integrada en la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
La competencia para dictar la modificación corresponde a la persona titular de la Secretaría General conforme al artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El texto lleva la firma de María de la Concepción Montero Gómez, Secretaria General, en Mérida, a 16 de octubre de 2026.
La nueva composición de la comisión
El resuelvo único reescribe el resuelvo décimo de la convocatoria y deja la comisión constituida así:
- Juan Ramón Regadera Blanco, Jefe de Servicio de Recursos de la Investigación Científica Empresarial, que actuará como Presidente.
- Raúl Pinadero Manibardo, Jefe de Sección de I+D Empresarial, que actuará como Secretario.
- Arturo Aparicio Román, asesor jurídico de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación (Grupo A, Subgrupo A1), que actuará como Vocal.
- Laura Sánchez Pérez, Técnica de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación (Grupo A, Subgrupo A2), que actuará como Vocal.
Los cambios respecto a la composición anterior son dos: Raúl Pinadero Manibardo pasa de vocal (Técnico, A2) a Secretario, y Laura Sánchez Pérez entra como vocal en sustitución de Fernando García Brajones, quien figuraba como Jefe de Sección de I+D Empresarial y Secretario en el texto original. Presidencia y la vocalía jurídica se mantienen sin variación.
Publicación y vía de recurso
La resolución no pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Industria, Energía, Ciencia y Territorio o ante la Secretaria General de la misma Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el DOE, conforme al artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, y a los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El impacto es acotado pero relevante para las empresas que concurren a estas subvenciones: la comisión es el órgano que evalúa y ordena las solicitudes de las tres modalidades, de modo que su composición definitiva condiciona la tramitación de los expedientes de la convocatoria de 2025. Las pymes, pymes tecnológicas y startups interesadas deben tener en cuenta que la modificación no altera plazos, requisitos ni cuantías, solo la identidad de quienes valoran sus proyectos.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura (DOE), núm. 205, de 23 de octubre de 2026 (referencia oficial: 2026062634).