Diario Oficial de Extremadura · 30 Sep 2026 · 12 vistas
Extremadura concede 210.000 euros a 35 nuevos autónomos del Programa IV
Por FactBox Admin

El Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) ha resuelto la concesión de subvenciones del Programa IV previstas en el Decreto 39/2024, de 30 de abril, a un total de 35 personas beneficiarias que inician su actividad como trabajadoras autónomas, por un importe global de 210.000 euros. La decisión se formaliza en la Resolución de 15 de septiembre de 2026, de la Secretaría General de Empleo, publicada en el Diario Oficial de Extremadura núm. 189, de 30 de septiembre de 2026, con referencia oficial 2026062431.
Marco normativo y órgano competente
Las ayudas se amparan en el Decreto 39/2024, de 30 de abril, que establece las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en Extremadura y aprueba la primera convocatoria de los Programas I, II, III, IV y V, publicada en el DOE de 6 de junio de 2024, núm. 109.
La competencia para resolver corresponde a la Dirección Gerencia del SEXPE según el artículo 11 del citado decreto, y se ejerce a través de la Secretaría General de Empleo conforme al Decreto 18/2026, de 30 de abril, modificado por el Decreto 89/2026, de 12 de mayo, y al Decreto 108/2026, de 26 de mayo, que fija la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
El Programa IV se dirige a las personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Beneficiarios, importe y requisitos
- Número de personas beneficiarias: 35.
- Importe total concedido: 210.000 euros.
- Programa: IV, ayudas a personas ocupadas por cuenta ajena que inician actividad como autónomas.
- Relación nominal y cuantías: recogidas en el anexo de la resolución, disponible en la sede electrónica del SEXPE.
La resolución acredita que las personas solicitantes presentaron su solicitud dentro del plazo del artículo 9.1 del decreto, tenían cumplidos 18 años a la fecha de alta en RETA, desarrollan su actividad económica en Extremadura y no incurren en las circunstancias del artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Exclusiones verificadas y obligaciones
El expediente confirma que no concurre ninguna de las exclusiones reguladas en el decreto:
- No se trata de actividades agrícolas, ganaderas o forestales ni de supuestos excluidos del régimen de mínimis.
- Las personas solicitantes no han sido beneficiarias de estas ayudas en los cinco años anteriores al alta en RETA ni han ejercido actividad por cuenta propia en los seis meses previos.
- El alta no deriva de la condición de autónomo societario ni del ejercicio de cargos de consejero o administrador en sociedades mercantiles o cooperativas.
Los beneficiarios deberán mantenerse ininterrumpidamente de alta en RETA durante al menos los dos años siguientes al alta, ejercer la actividad en las mismas condiciones, someterse a las actuaciones de comprobación y control, comunicar otras ayudas recibidas para la misma finalidad y cumplir las normas de información y publicidad.
Financiación y vía de recurso
Las subvenciones están acogidas al régimen de mínimis del Reglamento (UE) 2023/2831, de 13 de diciembre de 2023, y se financian con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cofinanciación del Fondo Social Europeo Plus conforme al Reglamento (UE) 2021/1060.
Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. El documento está firmado por Pedro Galán Berrocal, Director General de Fomento del Empleo, por delegación de la Resolución de 10 de junio de 2026 (DOE núm. 114, de 16 de junio).
La publicación de esta resolución permite a los emprendedores extremeños conocer el volumen de ayudas ya comprometidas del Programa IV y las condiciones exigidas para acceder a ellas, un apoyo directo a la creación de empleo por cuenta propia en la región.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, núm. 189, de 30 de septiembre de 2026, sección I (referencia oficial: 2026062431).