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BOP de Badajoz · 18 Sep 2026 · 9 vistas

Expropiados de la EX-201, citados para el levantamiento de actas previas

Por FactBox Admin

Expropiados de la EX-201, citados para el levantamiento de actas previas

La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura ha citado a los propietarios afectados por las obras de mejora de la carretera EX-201, en el tramo comprendido entre el límite de la provincia de Huelva y Segura de León, para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de sus terrenos. La convocatoria se publica en el Anuncio 3644/2026 del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP) nº 179, de 18 de septiembre de 2026, dentro de la sección de Administración Autonómica. El anuncio lleva fecha de 15 de septiembre de 2026 y lo firma la Jefa de Servicio de Expropiaciones, Isabel Fernández de los Ríos Mesa.

Una obra declarada de urgente ocupación

La ocupación de los bienes afectados fue declarada urgente mediante el Decreto 160/2026, de 1 de septiembre, publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) nº 173, de 7 de septiembre. Esa declaración obliga a tramitar la expropiación por el procedimiento de urgencia previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (LEF).

El expediente corresponde a la obra “Mejora de seguridad viaria y homogeneización de la carretera EX-201. Tramo LP Huelva-Segura de León”, un proyecto cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), según se hace constar expresamente en el propio anuncio.

La Consejería ha notificado ya a los titulares de los bienes y derechos afectados para que comparezcan en el lugar, día y hora que se detallan en el anexo que acompaña a la citación. Además, se ha ordenado la publicación del anuncio en el resto de medios previstos en el artículo 52.2 de la LEF.

Documentación exigida a los interesados

Los convocados deberán acudir al acto personalmente o representados por personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, y aportar los documentos acreditativos de su titularidad:

  • Nota simple del Registro de la Propiedad.
  • Último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  • Escrituras de herencia, en su caso.

Los interesados pueden asistir acompañados, si así les conviene y a su costa, de sus peritos y de un notario.

Alegaciones y vías de contacto

De conformidad con el artículo 52 de la LEF, podrán formularse alegaciones hasta el día señalado para el levantamiento de las actas previas, con el fin de subsanar posibles errores cometidos involuntariamente al relacionar los bienes y derechos afectados. Las alegaciones pueden remitirse por correo electrónico a expropiaciones@juntaex.es o presentarse ante el Servicio de Expropiaciones de la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, en la Avenida de las Comunidades, s/n, de Mérida (Badajoz).

También se admite su presentación en cualquiera de los registros y oficinas relacionados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Impacto para los afectados

La citación abre el plazo decisivo para los propietarios de los terrenos expropiados: de su comparecencia y de la documentación que aporten dependerá la fijación del acta previa y, en última instancia, la valoración de sus bienes. Al tratarse de un procedimiento de urgencia, la ocupación puede materializarse antes de que se determine el justiprecio, por lo que los titulares tienen en este trámite su principal oportunidad para corregir errores en la relación de fincas y defender sus derechos.


Fuente: BOP de Badajoz, nº 179, de 18 de septiembre de 2026, Administración Autonómica (referencia oficial: Anuncio 3644/2026).