Boletín Oficial del País Vasco · 07 Oct 2026 · 28 vistas
El Gobierno Vasco destinará 755.800 euros al fortalecimiento de la estructura asociada de la economía social
Por FactBox Admin

El Departamento de Economía, Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco ha aprobado las bases y la convocatoria de las subvenciones de 2026 para el fortalecimiento de la estructura asociativa de las empresas y entidades de economía social. Miguel Torres Lorenzo, segundo vicepresidente y consejero de Economía, Trabajo y Empleo, firmó la Orden del 30 de septiembre, publicada en el número 192 del Boletín Oficial del País Vasco el 7 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026/4144. La convocatoria cuenta con una dotación de 755.800 euros, y el plazo para presentar las solicitudes es de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.
La Orden tiene su origen en el Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2025-2028 del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, aprobado por la Orden de 14 de febrero de 2025 y actualizado para 2026, y es coherente con la memoria de presupuestos de 2026. El contexto jurídico es la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, que regula el Régimen de Subvenciones, los manuales básicos de la Ley 38/2003 y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El crédito está amparado por la Ley 7/2025, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 2026, y se ha emitido tras escuchar al Consejo General de Cooperativas de Euskadi. Según la Orden, un tejido asociativo sólido canaliza los resultados y las oportunidades de las empresas de economía social.
Quién es beneficiario
Las ayudas se dirigen a entidades asociativas, con personalidad jurídica propia, constituidas para representar y defender los intereses comunes de sus miembros y que actúen principalmente en Euskadi. Se distinguen cuatro colectivos:
- Sociedades laborales y cooperativas de trabajo asociado.
- Cooperativas que no sean de trabajo asociado, entidades asociativas de naturaleza confederal y organizaciones para integrar entidades de economía social.
- Entidades asociativas de economía solidaria y asociaciones de centros especiales de empleo de iniciativa social.
- Organizaciones intersectoriales de trabajadores autónomos, con una antigüedad mínima de dos años.
Para las estructuras asociativas de cooperativas, la referencia es la Ley 11/2019, de 20 de diciembre, de Cooperativas del País Vasco, a través de los artículos 163.1 y 164; para las de economía solidaria, la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
Cuantía y distribución por grupos
Se destinarán en total 755.800 euros: 566.850 euros como crédito de pago para 2026 y 188.950 euros como crédito de compromiso para 2027. Por grupos:
- Cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales: 455.800 euros (341.850 euros en 2026 y 113.950 euros en 2027).
- Cooperativas que no sean de trabajo asociado y entidades confederales: 100.000 euros (75.000 y 25.000).
- Economía solidaria y centros especiales de empleo de iniciativa social: 150.000 euros (112.500 y 37.500).
- Organizaciones intersectoriales de trabajadores autónomos: 50.000 euros (37.500 y 12.500).
Cómo se calcula la ayuda
Se adjudicará mediante procedimiento concursal, y las cuantías se calcularán según los límites porcentuales y los importes máximos de la Base 10. En el primer grupo, tomando como base 50.000 euros:
- 7 euros por persona socia trabajadora por los primeros 5.000 socios trabajadores, 6 euros del 5.001 al 10.000 y 5 euros a partir de 10.001.
- 90 euros por cada empresa que represente a la entidad beneficiaria.
- La cuantía máxima no podrá ser el triple de la correspondiente a la entidad menos representada, ni superior al 50 % de los gastos aprobados.
- Por la participación de organismos institucionales, un máximo de 70.000 euros entre todas las entidades beneficiarias, 8.750 euros por sesión y al menos ocho sesiones justificadas.
En los otros tres colectivos, se financiará el 50 % de los gastos aprobados, con un máximo de 50.000 euros por entidad solicitante.
Solicitudes, plazos y pago
- Las solicitudes se presentarán únicamente por medios electrónicos, en la sede electrónica de la Administración Pública del País Vasco, en euskera o castellano.
- El plazo es de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden.
- La resolución deberá ser notificada en un plazo de seis meses por el viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social, a propuesta de la Dirección de Economía Social.
- El pago será fraccionado: el 75 % con cargo al ejercicio 2026 y el 25 % en 2027, tras la presentación de la justificación; la fecha límite para ello es el 31 de julio de 2027.
Contra la orden, por su parte, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el segundo viceconsejero, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Esta convocatoria financia en este momento la voz institucional del sector de la economía social, y ello tiene una incidencia directa en la gestión diaria de cooperativas y asociaciones: les permite cubrir gastos estructurales, pero también les exige una justificación rigurosa y obligaciones de transparencia. Las asociaciones y cooperativas del sector disponen ahora de un mes de plazo para preparar la solicitud.
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco, núm. 192, 7 de octubre de 2026, Otras Disposiciones, págs. 1-15 (referencia oficial: 2026/4144).