Boletín Oficial del País Vasco · 18 Aug 2026 · 4 vistas
Se ha publicado la nueva subvención de 300.000 euros para las grandes competiciones deportivas de Euskadi
Por FactBox Admin

Cómo y cuándo se ha publicado
El Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco ha establecido una nueva subvención de 300.000 euros para la organización de importantes competiciones deportivas internacionales en Euskadi. Se trata de la Orden firmada el 7 de julio de 2026 por Ibone Bengoetxea Otaolea, primera vicelehendakari y consejera de Cultura y Política Lingüística, y publicada hoy, 18 de agosto de 2026, en el número 156 del Boletín Oficial del País Vasco (BOPV). La referencia documental oficial es 2026/3641.
Esta Orden tiene como finalidad fomentar la organización de las grandes competiciones deportivas internacionales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, teniendo en cuenta la importancia de dichas competiciones para la promoción de la práctica deportiva, su capacidad para generar cuadros competitivos de deportistas y su potencial para crear actividad económica.
Marco normativo y bases jurídicas
Esta Orden se desarrolla en el marco de lo establecido por la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la Actividad Física y del Deporte del País Vasco. Dicha ley considera el deporte como una actividad pública relevante, tanto por ser un agente fundamental para el desarrollo deportivo de Euskadi, como por ser esencial para la promoción del desarrollo deportivo, así como en su condición de representante del estamento deportivo estatal e internacional.
Por otra parte, esta Orden se enmarca dentro del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Cultura y Política Lingüística (2025-2028) y del Plan General de Subvenciones de 2025, aprobado mediante Orden de 17 de febrero de 2026, publicada en la página web del departamento.
Dotación presupuestaria y límite de la ayuda
- Total: 300.000 euros.
- Crédito para pago en 2026: 150.000 euros.
- Crédito de compromiso para 2027: 150.000 euros.
- Ayuda máxima por actividad: 20.000 euros.
Si no se agotan todos los límites máximos, el sobrante podrá distribuirse entre otras solicitudes, redistribuyéndose según la puntuación.
Quién puede solicitarla
- Federaciones deportivas, clubes deportivos, asociaciones deportivas y sociedades mercantiles con objeto deportivo.
- Otras entidades jurídicas que organicen actividades periódicas u ocasionales en el ámbito deportivo.
- Deben estar inscritas en los registros de la Comunidad Autónoma del País Vasco; en caso contrario, deberán acreditar su constitución legal y sus estatutos.
No podrán recibir la ayuda las entidades que incurran en albiste o discriminación, las que se encuentren en alguna de las situaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, o las que reciban subvenciones nominativas de otras administraciones públicas para la misma competición.
Qué competiciones se tienen en cuenta
En cuanto a las subvenciones, las modalidades de competición admitidas serán las siguientes:
- Deben estar incluidas en el calendario oficial de una Federación Internacional, Federación Europea o Liga Profesional.
- En competiciones de ámbito mundial, deben participar deportistas de al menos dos continentes.
- Los participantes deben ser de al menos dos países.
- En competiciones con formato de circuito o liga, deben organizarse en al menos dos países diferentes.
Además, existen reglas especiales para tres modalidades específicas:
- Tenis: Se tendrán en cuenta las competiciones incluidas en el calendario de la Federación Europea, la ATP (Asociación de Tenistas Profesionales) y la Federación Internacional de Deporte Adaptado.
- Surf: Se tendrán en cuenta las competiciones incluidas en el calendario de la Asociación Internacional, la Federación Europea y la ASP (Asociación de Surfistas Profesionales).
- Boxeo: Se tendrán en cuenta las competiciones en las que se pueda obtener un título oficial internacional.
Cómo se repartirán los puntos: máximo de 110 puntos
La Comisión de Valoración puntuará cada solicitud hasta 110 puntos, según seis criterios:
- Nivel de la competición (máximo 50 puntos):
- Campeonato del Mundo: 50 puntos.
- Campeonato de Europa: 45 puntos.
- Copa del Mundo: 35 puntos.
- Campeonato del Mundo (formato circuito/liga): 30 puntos.
- Pruebas internacionales de máximo nivel: 20 puntos.
- Categoría absoluta (10 puntos): Sí o no, 10 puntos o 0.
- Estar dentro del programa olímpico (10 puntos): Sí o no, 10 puntos o 0.
- Número de ediciones (máximo 20 puntos): Más de 50 ediciones: 20; 41-50: 15; 31-40: 10; 16-30: 5; 1-15: 0.
- Actividades complementarias de menor nivel (5 puntos): Si en la competición principal se incluyen competiciones deportivas complementarias de menor nivel.
- Participación femenina (máximo 15 puntos): Competiciones formadas solo por mujeres: 15; más del 50%: 10; menos del 50%: 5; sin mujeres: 0.
Plazos y forma de presentación de solicitudes
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el BOPV. La presentación deberá ser totalmente electrónica, a través de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco. La solicitud podrá presentarse en euskera o en castellano, a elección del solicitante, y en ese idioma se realizará toda la comunicación durante el procedimiento.
La Orden tiene efecto inmediato: entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPV, y los solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de los planes de igualdad.
Resolución y recursos
La resolución se dictará en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la Orden. Recursos: en el plazo de un mes podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Cultura y Política Lingüística, o en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), núm. 156, 18 de agosto de 2026, apartado Otras Disposiciones (referencia oficial: 2026/3641).