EUR-Lex · 03 Sep 2026 · 2 vistas
La UE actualiza las normas de ensayo de emisiones de partículas de los frenos de la norma Euro 7
Por FactBox Admin

La Comisión Europea ha adoptado el Reglamento Delegado (UE) 2026/1214 de la Comisión, actualizando las condiciones para las pruebas de conformidad con los límites de emisión de partículas de los frenos bajo el marco de Euro 7. Firmado el 9 de junio de 2026 por la presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, el acto fue publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L) el 3 de septiembre de 2026 y modifica el Reglamento (UE) 2024/1257.
El reglamento sustituye la referencia a la Reglamentación Técnica Mundial de las Naciones Unidas n.º 24 en la Tabla 4 del Anexo III del reglamento Euro 7 por el nuevo Reglamento de la ONU n.º 179 sobre la Medición en Laboratorio de las Emisiones de los Frenos para Vehículos Ligeros. El cambio refleja los últimos progresos tecnológicos y armoniza los estándares de prueba en todo el sector.
Por qué cambia la referencia de la prueba
El nuevo Reglamento de la ONU n.º 179 (publicado como DO L 2026/1044 el 18 de mayo de 2026) se basa en datos recopilados al probar los frenos Euro 7 e introduce varias mejoras técnicas respecto al marco anterior:
- Mayor armonización y mejora del entorno de prueba
- Medición de alta precisión de PM10, PM2.5 y número de partículas
- Pruebas de nuevas tecnologías, incluidos los frenos equipados con filtros de reducción de emisiones pasivos o activos
- Cálculo de las emisiones de los frenos para el vehículo completo
Dado que el nuevo reglamento de la ONU cubre exhaustivamente las categorías de vehículos ligeros, el acto delegado alinea las normas de la UE con este, aplicándose a los vehículos de las categorías M1 y N1, así como a los vehículos Euro 7ext, de conformidad con el artículo 5(2) del Reglamento (UE) 2024/1257.
Ámbito de aplicación y base jurídica
La enmienda se adopta en virtud del artículo 15(1), letra (e), del Reglamento (UE) 2024/1257, que faculta a la Comisión para actualizar las condiciones técnicas de las pruebas. El acto sustituye la Tabla 4 del Anexo III del reglamento Euro 7, que establece las condiciones para las pruebas de conformidad con los límites de emisión de partículas de los frenos tanto para las categorías de vehículos ligeros como pesados.
El reglamento es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en todos los Estados miembros, y tiene relevancia para el EEE. Entrará en vigor el vigésimo día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Qué significa para la industria
Para los fabricantes de automóviles y las autoridades de homologación, la actualización elimina la necesidad de probar los vehículos ligeros frente a la antigua Reglamentación Técnica Mundial de la ONU n.º 24 y alinea los requisitos de la UE con el Reglamento de la ONU n.º 179 acordado internacionalmente. Se espera que esta armonización reduzca la carga administrativa y de pruebas para los fabricantes, asegurando al mismo tiempo que las emisiones de partículas de los frenos se midan con mayor precisión y en una gama más amplia de nuevas tecnologías, apoyando los objetivos más amplios de la UE en materia de calidad del aire y reducción de emisiones.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, 3 de septiembre de 2026 (referencia oficial: Reglamento Delegado (UE) 2026/1214 de la Comisión, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2026/1214/oj).