EUR-Lex · 25 Aug 2026 · 6 vistas
La UE endurece las zonas de peste porcina africana y levanta las medidas de emergencia en Finlandia
Por FactBox Admin

La Comisión Europea ha adoptado el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1961 de la Comisión, mediante el cual se actualizan las zonas restringidas a nivel de la Unión para la peste porcina africana y se derogan las medidas de urgencia provisionales que habían estado en vigor para Finlandia. El reglamento, con fecha de 24 de agosto de 2026 y publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L) el 25 de agosto de 2026, modifica los anexos I y II del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/594 y entra en vigor el día siguiente a su publicación.
La medida se basa en la Ley de Sanidad Animal (Reglamento (UE) 2016/429), en particular en los artículos 71(3) y 259(1), y es obligatoria en todos sus elementos y directamente aplicable en todos los Estados miembros. Tiene relevancia para el EEE y fue adoptada en Bruselas el 24 de agosto de 2026.
Un primer brote en Finlandia
Finlandia notificó a la Comisión su primer brote de peste porcina africana en animales porcinos silvestres, confirmado el 30 de julio de 2026 en la región de Kymenlaakso, una zona previamente libre de la enfermedad. La autoridad competente estableció una zona infectada en virtud del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/594.
Tras dicha notificación, la Comisión adoptó la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1937 del 5 de agosto de 2026, aplicando medidas de urgencia provisionales en Finlandia hasta el 31 de octubre de 2026. En virtud del nuevo reglamento, las zonas infectadas en Kymenlaakso figuran ahora en la parte A del anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/594, y queda derogada la Decisión de Ejecución (UE) 2026/1937.
Nuevos brotes en la Unión
Desde la última modificación del anexo I mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1908 del 30 de julio de 2026, varios Estados miembros han notificado nuevos brotes, lo que ha obligado a redefinir las zonas restringidas I, II y III:
- Bulgaria — un brote en animales porcinos criados en la región de Varna (agosto de 2026) eleva la zona restringida II afectada a zona III.
- Hungría — brotes en animales porcinos criados en los condados de Baranya y Somogy (agosto de 2026) elevan las zonas restringidas II afectadas a zona III.
- Italia — brotes en animales porcinos silvestres en las regiones de Emilia Romagna y Toscana (julio-agosto de 2026) elevan las zonas restringidas I cercanas a zona II.
- Polonia — un brote en animales porcinos criados en la región de Kujawsko-Pomorskie eleva una zona restringida I a zona III; un brote en la región de Zachodniopomorskie eleva una zona restringida II a zona III; y brotes en animales porcinos silvestres en las regiones de Kujawsko-Pomorskie, Podkarpackie y Pomorskie elevan las zonas restringidas I a zona II.
Impacto en el comercio y el movimiento
La peste porcina africana es una enfermedad viral infecciosa que afecta a los animales porcinos criados y silvestres, con un grave impacto en las poblaciones animales y en la rentabilidad de la ganadería. Altera el movimiento de envíos de dichos animales y sus productos dentro de la Unión y las exportaciones a terceros países.
Dada la situación epidemiológica dinámica, la Comisión ha tenido en cuenta las zonas circundantes al delimitar las nuevas zonas restringidas, y las modificaciones entrarán en vigor lo antes posible para combatir proactivamente el riesgo de una mayor propagación. Las medidas fueron respaldadas por el Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos.
Para los operadores, la zonificación actualizada determina directamente qué medidas de control de enfermedades se aplican al movimiento de cerdos y productos porcinos en las regiones afectadas, y la derogación de la decisión de emergencia finlandesa restablece el régimen estándar para la zona infectada de Kymenlaakso.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, 25.8.2026 (referencia oficial: Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1961 de la Comisión, CELEX 32026R1961).