EUR-Lex · 28 Aug 2026 · 4 vistas
La UE publica la lista actualizada de las autoridades de certificados de captura
Por FactBox Admin

La Comisión Europea ha publicado la lista actualizada de las autoridades competentes de los Estados miembros responsables de validar y verificar los certificados de captura en virtud del régimen de la UE contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR). La lista aparece en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, del 28 de agosto de 2026, bajo la referencia C/2026/4645.
La publicación se realiza de conformidad con el artículo 22, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1005/2008 del Consejo, de 29 de septiembre de 2008, el instrumento central de la UE contra la pesca INDNR. En ella se consolidan las autoridades notificadas por cada Estado miembro en virtud de tres disposiciones de dicho Reglamento, que abarcan todo el ciclo de vida de un certificado de captura.
Tres canales de notificación
La lista agrupa a las autoridades designadas según la función que desempeñan en virtud del Reglamento:
- Artículo 15, apartado 2 — autoridades para la validación de los certificados de captura cuando las capturas realizadas por buques del Estado del pabellón se exporten, según lo exigido en el artículo 12, apartado 4, y la cooperación establecida en el artículo 20, apartado 4.
- Artículo 17, apartado 8 — autoridades para los controles y verificaciones de los certificados de captura realizados en virtud del artículo 16 y los apartados 1 a 6 del artículo 17.
- Artículo 21, apartado 3 — autoridades para la validación y verificación de la sección de “reexportación” de los certificados de captura.
Designaciones nacionales
La mayoría de los Estados miembros han designado un único organismo que cubre las tres funciones. Algunos ejemplos son la Vlaamse Overheid – Agentschap Landbouw en Zeevisserij (Bélgica), la Bundesanstalt für Landwirtschaft und Ernährung (Alemania), la Sea Fisheries Protection Authority (Irlanda), el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (España), el Comando Generale delle Capitanerie di Porto – Guardia Costiera (Italia) y la Havs- och vattenmyndigheten (Suecia).
Varios Estados miembros dividen las responsabilidades entre las autoridades pesqueras y las aduaneras. En Francia, el Centre National de Surveillance des Pêches (CNSP) y el Pôle national de Certification des Captures (PNCC) se encargan de la validación, mientras que la Direction générale des Douanes et Droits Indirects (DGDDI) y la Direction générale des Affaires maritimes, de la Pêche et de l’Aquaculture (DGAMPA) realizan los controles. En Estonia, la Põllumajandus- ja Toiduamet valida los certificados y la Maksu- ja Tolliamet realiza los controles y la verificación de la reexportación.
Casos regionales y especiales
Algunos Estados miembros designan organismos regionales. Portugal enumera la Direcção-Geral de Recursos Naturais, Segurança e Serviços Marítimos / Autoridade Nacional de Pesca (DGRM/ANP) junto con las autoridades regionales de las Azores (IRP) y Madeira (DRP). Finlandia incluye el Economic Development Centre of Southwest Finland y el Gobierno de Åland, mientras que Polonia nombra al Główny Inspektor Rybołówstwa Morskiego y sus delegaciones en Gdynia y Szczecin.
Los Estados miembros sin litoral, como Chequia, Luxemburgo, Hungría, Austria y Eslovaquia, marcan la función de validación de exportación como “no aplicable”, designando al mismo tiempo organismos veterinarios o aduaneros para los controles y la reexportación. La lista también incluye al Reino Unido en lo que respecta a Irlanda del Norte, donde el Departamento de Agricultura, Medio Ambiente y Asuntos Rurales (DAERA) y las Autoridades Sanitarias Portuarias del Reino Unido de Belfast, Larne y Warrenpoint están designados, de conformidad con el Marco de Windsor.
Por qué es importante
Para los operadores pesqueros, importadores y exportadores de la UE, la lista es la referencia autorizada para identificar qué organismo nacional debe validar, controlar o verificar un certificado de captura en cada etapa de la cadena comercial. Mantener actualizadas estas designaciones es esencial para el funcionamiento fluido del sistema de certificación de capturas de la UE y para la aplicación de la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada en toda la Unión.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, C/2026/4645, 28 de agosto de 2026, avisos (referencia oficial: C/2026/4645).