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EUR-Lex · 03 Sep 2026 · 2 vistas

La UE publica normas vinculantes de riesgo operativo para las entidades de crédito

Por FactBox Admin

La Comisión Europea ha publicado dos reglamentos que completan el marco de riesgo operacional del Reglamento de Requisitos de Capital, estableciendo cómo las entidades de crédito de la UE deben calcular y reportar sus requisitos de capital por riesgo operacional. Ambos textos aparecen en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L) del 3 de septiembre de 2026 y fueron adoptados en Bruselas el 28 de mayo de 2026 bajo la firma de la Presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen.

El paquete consta del Reglamento Delegado (UE) 2026/1167 de la Comisión, que establece las normas técnicas de regulación que especifican los requisitos de riesgo operacional, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1166 de la Comisión, que vincula los componentes del indicador de negocio con las celdas de reporte supervisor correspondientes. Ambos complementan el Reglamento (UE) n.º 575/2013 (el CRR) y tienen relevancia para el EEE, lo que los hace directamente aplicables en todos los Estados miembros.

Un indicador financiero sustituto para el riesgo operacional

El reglamento delegado define el indicador de negocio, un indicador basado en estados financieros para el riesgo operacional que sustituye al antiguo enfoque de ingresos brutos. Especifica qué partidas de ingresos y gastos deben incluirse o excluirse del indicador y de sus componentes, alineando las normas de la UE con los estándares regulatorios internacionales.

  • Componente de intereses, arrendamientos y dividendos — incluye ingresos y gastos por intereses, partidas de arrendamiento alineadas con la NIIF 16 e ingresos por dividendos de inversiones no consolidadas.
  • Componente de servicios — ingresos y gastos por comisiones y honorarios, incluidas las tarifas de externalización de servicios financieros.
  • Componente financiero — pérdidas y ganancias de la cartera de negociación y de la cartera bancaria, con un “enfoque de límite prudencial” para evitar incrementos injustificados derivados de coberturas económicas.

El reglamento también establece cómo deben reflejarse los eventos de riesgo operacional en otros gastos operativos, y cómo se clasifican los eventos de pérdida en tipos de eventos de Nivel 1 y categorías de Nivel 2, incluyendo nuevos atributos para el riesgo legal y el riesgo de modelo.

Vinculación del indicador con el reporte FINREP

El reglamento de ejecución conecta el indicador de negocio con las plantillas de FINREP establecidas en el Anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/3117 de la Comisión. Cada partida del indicador de negocio está vinculada a una celda de reporte específica; por ejemplo, los ingresos por intereses de activos financieros mantenidos para negociar a la celda F02.00_r0020_c0010.

Cuando no exista una correspondencia perfecta entre las partidas del indicador y las celdas de la plantilla, las instituciones deberán ajustar los valores reportados para garantizar el cumplimiento de los componentes definidos en el reglamento delegado. Ambos textos se basan en los borradores de normas presentados a la Comisión por la Autoridad Bancaria Europea, que llevó a cabo consultas públicas abiertas y analizó los costes y beneficios relacionados.

Entrada en vigor e impacto

Ambos reglamentos entrarán en vigor el vigésimo día siguiente a su publicación en el Diario Oficial, y serán obligatorios en todos sus elementos y directamente aplicables en todos los Estados miembros. Las instituciones deberán aplicar el enfoque del límite prudencial de manera coherente a lo largo de los tres ejercicios financieros utilizados para el cálculo, y deberán notificar a sus autoridades competentes cualquier cambio sustancial en el alcance.

Para las entidades de crédito de Europa, el paquete cierra una laguna fundamental en el CRR al convertir el marco de riesgo operacional en cifras concretas y notificables. Los bancos dispondrán ahora de un vínculo armonizado y auditable entre sus estados financieros y sus cargos de capital por riesgo operacional, reduciendo la divergencia entre los supervisores nacionales y proporcionando a los reguladores una base coherente para comparar el riesgo en todo el mercado único.


Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie L, 3 de septiembre de 2026 (referencias oficiales: Reglamento Delegado (UE) 2026/1167 de la Comisión y Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1166 de la Comisión, ELI reg_del/2026/1167 y reg_impl/2026/1166).