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EUR-Lex · 21 Sep 2026 · 5 vistas

El Tribunal de la UE dictamina que Google no puede utilizar el escudo de alojamiento para anuncios de juegos de azar

Por FactBox Admin

EU Court rules Google cannot use hosting shield for gambling ads

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que una plataforma de alojamiento de vídeos en línea que haya suscrito una asociación comercial con el operador de un canal no puede ampararse en la exención de responsabilidad de alojamiento del Artículo 14 de la Directiva sobre el comercio electrónico para la publicidad de juegos de azar. La sentencia de la Sala Segunda, dictada el 16 de julio de 2026, fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, del 21 de septiembre de 2026 bajo la referencia C/2026/4772. El asunto, C-421/24, conocido como AGCOM (Juegos de azar en línea), llegó a Luxemburgo mediante una solicitud de decisión prejudicial del Consiglio di Stato de Italia.

El procedimiento enfrentó al regulador de comunicaciones italiano, la Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni (AGCOM), contra Google Ireland Limited. El tribunal remitente preguntó cómo se aplica la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, sobre algunos aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico, en el mercado interior —la “Directiva sobre el comercio electrónico”— a un servicio que aloja vídeos en línea cuando dichos vídeos contienen publicidad de juegos de azar. El idioma del caso es el italiano, y la propia solicitud de decisión prejudicial fue publicada en el Diario Oficial bajo la referencia C/2024/5218.

El Tribunal respondió en dos puntos operativos, ambos los cuales reducen el margen para que las plataformas aleguen el estatus de intermediario pasivo.

El alojamiento de vídeos permanece dentro de la Directiva sobre el comercio electrónico

Sobre el primer punto, el Tribunal sostuvo que el tercer párrafo del Artículo 1(5)(d) de la Directiva 2000/31/CE debe interpretarse en el sentido de que un servicio de la sociedad de la información que consista en el alojamiento de vídeos en línea entra en el ámbito de aplicación de dicha directiva, incluso cuando esos vídeos contengan publicidad de juegos de azar que implique apostar una suma con valor monetario en juegos de azar. Por lo tanto, la exclusión de las actividades de juego de la directiva no excluye a un servicio de alojamiento de vídeos de su ámbito de aplicación.

Cuándo no se aplica la exención del Artículo 14

Sobre el segundo punto, el Tribunal dictaminó que el Artículo 14 de la Directiva 2000/31 no se aplica al operador de una plataforma de vídeos en línea que haya suscrito, con una persona que utilice dicha plataforma para emitir vídeos en un canal dedicado, un acuerdo de asociación comercial que prevea el reparto de los ingresos publicitarios. La exención no es aplicable igualmente cuando, en relación con la celebración o ejecución de dicho acuerdo, el operador haya realizado un examen del contenido de ese canal, incluyendo en particular:

  • la temática principal del canal;
  • los vídeos más vistos;
  • los vídeos más recientes;
  • los metadatos de dichos vídeos.

Las partes y la vía procesal

Los elementos esenciales del caso, según constan en el Diario Oficial, son:

  • Tribunal de remisión: Consiglio di Stato (Italia).
  • Demandante: Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni (AGCOM).
  • Demandado: Google Ireland Limited.
  • Número de asunto: C-421/24, AGCOM (Juegos de azar en línea).
  • Órgano decisorio: Sala Segunda del Tribunal de Justicia.
  • Fecha de la sentencia: 16 de julio de 2026.
  • Publicación: Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, C/2026/4772, 21 de septiembre de 2026.
  • Idioma del asunto: italiano.

La sentencia tiene repercusiones que van mucho más allá de las dos partes. Confirma que las plataformas de alojamiento de vídeos siguen estando sujetas a la Directiva sobre el comercio electrónico incluso cuando el contenido alojado es publicidad de juegos de azar, y vincula la pérdida del puerto seguro del Artículo 14 a la implicación comercial y editorial descrita por el Tribunal. Los reguladores nacionales como la AGCOM, los anunciantes y los operadores de plataformas disponen ahora de un criterio más claro para decidir cuándo un proveedor de alojamiento ha desempeñado un papel activo en el contenido que transmite.


Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, C/2026/4772, 21 de septiembre de 2026, Sección I, p. 1 (referencia oficial: C/2026/4772).