EUR-Lex · 27 Aug 2026 · 6 vistas
La UE aprueba la actualización de la DOP Crémant d'Alsace, permitiendo el riego y nuevas variedades
Por FactBox Admin

La Comisión Europea ha publicado la comunicación de aprobación de una modificación ordinaria del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida (DOP) ‘Crémant d’Alsace’, en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea del 27 de agosto de 2026 (referencia C/2026/4546). La modificación, notificada por las autoridades francesas bajo la referencia de la UE PDO-FR-A0917-AM03, actualiza la zona geográfica, autoriza el riego e introduce nuevas variedades de vid destinadas a la adaptación climática.
La comunicación fue emitida en virtud del Artículo 24 del Reglamento (UE) 2024/1143 y sigue el procedimiento establecido en el Reglamento Delegado (UE) 2025/27 de la Comisión. Las autoridades francesas, a través del Ministerio de Agricultura, Agroalimentación y Soberanía Alimentaria, clasificaron los cambios como una modificación ordinaria, confirmando que no alteran el nombre, el vínculo con la zona geográfica ni imponen más restricciones de comercialización.
Zona geográfica actualizada
La lista de municipios se ha armonizado con el Código Geográfico Oficial de 2025, corrigiéndose varios nombres y eliminándose un municipio.
- En Haut-Rhin, ‘Herrlisheim’ pasa a ser ‘Herrlisheim-près-Colmar’ y ‘Soultz’ pasa a ser ‘Soultz-Haut-Rhin’.
- En Bas-Rhin, ‘Gimbrett-Berstett’ pasa a ser ‘Gimbrett (municipio asociado, anexo a Berstett)’ y ‘Oberhoffen les Wissembourg’ pasa a ser ‘Oberhoffen-lès-Wissembourg’.
- Se elimina el municipio de ‘Mittelhausen’; el territorio del municipio delegado de Mittelhausen queda ahora cubierto a través de ‘Wingersheim les Quatre Bans (solo el territorio del municipio delegado de Mittelhausen)’.
- Las fechas de los cambios más recientes en el área de parcelas delimitadas (30 de noviembre de 2022 y 25 de junio de 2024) quedan ahora registradas en el pliego de condiciones.
Riego y variedades de adaptación climática
El núcleo de la modificación se refiere a la adaptación al cambio climático, con nuevas normas sobre el riego y sobre las variedades de vid de interés para fines de adaptación.
- El riego podrá ser autorizado de acuerdo con el Artículo D. 645-5 del Código Rural y de Pesca Marítima; quedan prohibidos el riego por aspersión del follaje y la aplicación de fertilizantes (fertirrigación).
- Cuando el riego esté permitido, la carga máxima media de la cosecha por parcela irrigada se fija en 12.000 kilogramos por hectárea.
- Se debe presentar una declaración de riego al organismo de protección y gestión y al organismo de control a más tardar dos días antes del riego.
- Se podrán utilizar variedades de interés para fines de adaptación en vinos espumosos blancos (Voltis B, Opalor, Selenor, Souvignier Gris Rs, Johanniter B, Chenin B, Vermentino B – Rolle) y vinos espumosos rosados (Coliris, Nebbiolo N, Syrah N – Shiraz), sujeto a un acuerdo firmado por el Instituto Nacional de Origen y Calidad (INAO), el organismo de protección y gestión y los operadores autorizados.
Reglas de mezcla, plantación y transitorias
La enmienda también endurece los límites sobre el uso de las nuevas variedades y ajusta los regímenes transitorios.
- La proporción de variedades de adaptación no debe superar el 5 % de las variedades de uva de una explotación, tanto para los vinos blancos como para los rosados.
- En las mezclas, la proporción de variedades de adaptación no debe superar el 10 % de la mezcla, tanto para los vinos blancos como para los rosados.
- Los nombres de las variedades de adaptación no podrán aparecer en el etiquetado.
- A partir de la cosecha de 2034, el volumen apto para la DOP deberá establecerse sobre la base del rendimiento fijado en el pliego de condiciones multiplicado por un coeficiente de 0,8.
- Se permiten pruebas cubiertas de prácticas innovadoras en hasta el 5 % de la superficie de la DOP de la explotación, utilizando láminas porosas libres de polímeros derivados de la petroquímica.
Se confirma como organismo de control al Instituto Nacional de Origen y Calidad (INAO), con sede en Montreuil, y las comprobaciones de conformidad serán realizadas por un organismo tercero delegado. La enmienda afecta al documento único, que mantiene el carácter de la DOP como vino espumoso de calidad con una graduación alcohólica total máxima del 13 % tras la fermentación secundaria y una maduración mínima de 12 meses desde el embotellado.
Para los productores de vinos espumosos alsacianos, la actualización proporciona un marco legal para responder a las temporadas de cultivo más cálidas preservando al mismo tiempo la identidad de la denominación. El «Crémant d’Alsace» representa el 25 % de todas las denominaciones de origen protegidas producidas en Alsacia, y las exportaciones alcanzan ya el 20 % de las ventas, diversificándose por el norte de Europa.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, C/2026/4546, 27 de agosto de 2026 (referencia oficial: C/2026/4546; referencia UE PDO-FR-A0917-AM03).