BOP de Córdoba · 06 Oct 2026 · 22 vistas
Espejo somete a información pública la reforma de cuatro ordenanzas fiscales
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Espejo (Córdoba) aprobó provisionalmente el 24 de septiembre de 2026 la modificación de cuatro ordenanzas fiscales municipales: el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, la tasa por licencias urbanísticas y el precio público de la lavandería municipal. Los anuncios, firmados por el alcalde Florentino Santos Santos, se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 193, de 6 de octubre de 2026, y abren un plazo de 30 días hábiles de información pública.
Cuatro expedientes abiertos a consulta
Los cuatro anuncios responden al mismo acuerdo plenario y al mismo trámite, pero se tramitan como expedientes independientes, cada uno con su propia referencia:
- Ordenanza Fiscal nº 1, reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) — BOP-A-2026-3315, pág. 14401, ref. Gex 2026/4635.
- Ordenanza Fiscal nº 3, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) — BOP-A-2026-3314, pág. 14400, ref. Gex 2026/4569.
- Ordenanza Fiscal nº 22, reguladora de la tasa por licencias urbanísticas, control de declaraciones responsables y comunicaciones urbanísticas y por tramitación de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística — BOP-A-2026-3313, pág. 14399, ref. Gex 2026/4568.
- Ordenanza Fiscal reguladora del precio público por la prestación del servicio de lavandería municipal — BOP-A-2026-3316, pág. 14402, ref. Gex 2026/4427.
Treinta días hábiles para presentar reclamaciones
El trámite se ajusta al artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. El expediente se somete a información pública durante 30 días hábiles contados desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
El texto íntegro de cada modificación está a disposición de los interesados en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Espejo (https://sede.espejo.es/espejo/tablon-de-edictos), en aplicación de los artículos 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Si transcurre el plazo sin reclamaciones, los acuerdos provisionales quedarán adoptados definitivamente sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario. En caso contrario, el Pleno de la Corporación adoptará el acuerdo definitivo que proceda resolviendo las alegaciones presentadas.
Antecedentes: dos revisiones en menos de un mes
La revisión llega apenas dos semanas después de que el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba publicara, el 24 de septiembre de 2026 (nº 185), la aprobación definitiva de las ordenanzas fiscales nº 3, nº 21 y nº 22 del Ayuntamiento de Espejo. En aquellos anuncios se hacía constar que, al no haberse presentado reclamaciones durante la exposición pública en el BOP nº 28, de 11 de febrero de 2026, quedaban elevados a definitivo los acuerdos plenarios de 29 de enero de 2026, con entrada en vigor el mismo día de su publicación.
Las ordenanzas nº 3 (ICIO) y nº 22 (tasa por licencias urbanísticas) figuran ahora de nuevo entre los expedientes sometidos a información pública, esta vez junto con la ordenanza nº 1 del IBI y la del precio público de la lavandería municipal, que no aparecían en aquella tanda.
Impacto para los contribuyentes
La revisión toca de lleno la fiscalidad cotidiana del municipio: el IBI grava la titularidad de inmuebles, el ICIO se devenga en cualquier obra o instalación sujeta a licencia o declaración responsable, la tasa nº 22 condiciona el coste de tramitar licencias y planeamiento urbanístico, y el precio público fija lo que pagan los usuarios de la lavandería municipal. Cualquier vecino, empresa o promotor con expediente en curso puede personarse en el plazo abierto y alegar antes de que los acuerdos provisionales se conviertan en definitivos.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 193, de 6 de octubre de 2026, Administración Local, págs. 14399-14402 (referencias oficiales: BOP-A-2026-3313, BOP-A-2026-3314, BOP-A-2026-3315 y BOP-A-2026-3316).