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BOE · 15 Sep 2026 · 2 vistas

España y el Banco Mundial firman acuerdo para sus oficinas en el país

Por FactBox Admin

España y el Banco Mundial firman acuerdo para sus oficinas en el país

El Boletín Oficial del Estado (BOE) número 228, de 15 de septiembre de 2026, publica en su sección I la aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la Corporación Financiera Internacional (CFI), el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI) relativo al establecimiento y puesta en marcha de oficinas en España. El texto, con referencia oficial BOE-A-2026-19199, se aplica provisionalmente desde el 15 de julio de 2026, conforme a su artículo XVI.

El acuerdo fue suscrito en Madrid y Washington el 29 de junio y los días 13, 14 y 15 de julio de 2026, y su publicación corre a cargo del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. España es miembro de las cinco organizaciones desde fechas distintas: del BIRF desde el 15 de septiembre de 1958, de la AIF desde el 18 de octubre de 1960, de la CFI desde el 24 de marzo de 1960, del CIADI desde el 17 de septiembre de 1994 y del OMGI desde el 29 de abril de 1988.

Un marco de estatus e inmunidades

El acuerdo reconoce a las organizaciones del Grupo Banco Mundial personalidad jurídica plena y capacidad para contratar, adquirir y enajenar bienes, así como un amplio régimen de inmunidades y privilegios. Sus bienes y activos gozarán de inmunidad frente a registro, requisa, embargo o expropiación, y sus archivos serán inviolables en cualquier formato o soporte.

La oficina será inviolable y estará bajo el control de las organizaciones, que podrán establecer una o varias instalaciones en España previa comunicación por escrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. El jefe de oficina gozará de los mismos privilegios que los jefes de misión diplomática acreditados ante España, con estatuto diplomático e inclusión en la lista diplomática.

Protección, servicios y tributación

España garantizará la seguridad y protección de la oficina, con una evaluación dinámica del riesgo y la misma prioridad de respuesta que la dispensada a las misiones diplomáticas. Las organizaciones podrán disponer de agentes de seguridad armados, cuyos permisos tramitará el departamento de Protocolo del Ministerio sin coste alguno.

En materia tributaria, las organizaciones quedarán exentas de todo impuesto directo e indirecto, de derechos arancelarios y del IVA sobre bienes y servicios para uso oficial. También tendrán libertad de movimiento y de operaciones financieras, con libre disposición de fondos y divisas, y podrán usar la parte de suscripciones de capital desembolsado por España para sufragar gastos locales.

Personal y solución de controversias

El personal de las organizaciones gozará de las inmunidades y privilegios reconocidos habitualmente al personal de organizaciones internacionales, y los dependientes podrán desempeñar trabajo remunerado en España con autorización del Ministerio. Las controversias entre las Partes se resolverán mediante negociación amistosa y, en su defecto, conforme a los instrumentos legales constitutivos de las organizaciones.

El acuerdo fue firmado por Carlos Cuerpo Caballero, Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, Comercio y Empresa, por parte de España, y por Makhtar Diop (CFI), Jay Hembach (BIRF/AIF), Ed Mountfield (OMGI) y Martina Polasek (CIADI) por las organizaciones. La entrada en vigor definitiva se producirá cuando España notifique por escrito el cumplimiento de sus procedimientos internos.

La publicación de este acuerdo consolida a España como sede de las operaciones del Grupo Banco Mundial en la región, dotando a sus oficinas de un estatuto jurídico equiparable al de las misiones diplomáticas. Para los lectores, supone un refuerzo del papel de Madrid como centro de las instituciones financieras internacionales y un marco de seguridad jurídica para la actividad del organismo en el país.


Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 228, 15 de septiembre de 2026, Sec. I, pág. 122197 (referencia oficial: BOE-A-2026-19199).