BOP de Ourense · 21 Oct 2026 · 3 vistas
Esgos exige comunicación previa con tres días de antelación para cortar madera
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Esgos aprobó definitivamente la ordenanza municipal reguladora de la corta y saca de madera, que obliga a los madereros a presentar una comunicación previa con una antelación mínima de tres días respecto al inicio de los trabajos y a detallar los datos del transporte de la madera. El acuerdo del Pleno es del 1 de octubre de 2026 y el texto se publica íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 21 de octubre de 2026, en la sección IV. Entidades Locales, con la referencia oficial 352797 (R. 2.370).
La publicación se hace para los efectos del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. La ordenanza entrará en vigor una vez publicado íntegramente su texto en el boletín provincial y transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la misma ley. Contra el acuerdo cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, con sede en La Coruña, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del anuncio.
El objeto de la norma es compatibilizar la libertad de empresa y el desarrollo del sector forestal con la preservación del medio natural, la conservación de los caminos y pistas municipales y la seguridad vial. La definición de “corta y saca de madera” es amplia: abarca desde las operaciones preparatorias (desplazamiento de vehículos y maquinaria, construcción de rampas o accesos a los predios, preparación del terreno) hasta las posteriores (preparación y depósito de la madera, carga y transporte, almacén y gestión de los restos de la corta).
Comunicación previa y datos exigidos
La comunicación se presentará en el registro electrónico del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración deberán hacerlo por esa vía. El escrito lo firmará el maderero y deberá incluir:
- Identificación del propietario forestal y del maderero: nombre, apellidos, DNI o NIF, dirección y teléfono; en el caso de sociedades, CIF, dirección y persona responsable.
- Especie de madera y toneladas métricas que se prevé extraer.
- Nombre del predio o monte, lugar y parroquia, con identificación en plano catastral.
- Fechas previstas de inicio y finalización de los trabajos.
- Vehículos y maquinaria que se emplearán.
- Lugar de depósito de la madera a la espera de la carga, vías de transporte y fecha prevista para el traslado.
- Sistema previsto para la limpieza de las vías públicas afectadas.
- Permiso, autorización o declaración responsable ante la administración competente, con el órgano, fecha y número de expediente, cuando sea exigible.
- Copia del seguro de responsabilidad civil y del último recibo pagado.
El Ayuntamiento dispondrá de un modelo normalizado (Anexo I) y podrá requerir un escrito de puesta en conocimiento cuando compruebe que el maderero no presentó la comunicación.
Obligaciones en las pistas y garantía económica
El maderero deberá limpiar y retirar los residuos todos los días al final de la jornada, de modo que pistas, caminos y espacios públicos queden en el mismo estado de conservación previo, y señalizar las vías en las zonas de extracción y depósito conforme a la normativa de tráfico. Se prohíbe usar las vías públicas como almacén de madera y se obliga a derribar y reponer las rampas abiertas para evitar que el agua y la tierra arrastrada inunden los caminos. Tampoco se permiten movimientos de tierra.
Quien no tenga seguro de responsabilidad civil deberá constituir una garantía en metálico o aval bancario a favor del Ayuntamiento, cuya cuantía fijarán los servicios técnicos municipales atendiendo al peso de la madera, a la maquinaria, a la longitud del recorrido y al estado de las vías. La garantía se devolverá, con informe técnico favorable, en un plazo máximo de un mes desde la comunicación de fin de los trabajos.
Sanciones de hasta 3.000 euros
La ordenanza califica las infracciones en leves, graves y muy graves:
- Leves: hasta 300 euros.
- Graves: entre 301 y 1.500 euros (no presentar la comunicación previa, dejar las vías en deficiente estado o causar daños inferiores a 6.000 euros).
- Muy graves: entre 1.501 y 3.000 euros (no presentar el escrito de puesta en conocimiento, dejar las vías en un estado muy deficiente con riesgo viario o causar daños superiores a 6.000 euros).
Las sanciones las impondrá la Junta de Gobierno Local en los casos graves y muy graves, y la Alcaldía en las leves, siempre con expediente contradictorio. Paralelamente, se requerirá al responsable para reparar los daños en un plazo que no exceda de un mes; de no cumplir, se ejecutará subsidiariamente con cargo al infractor.
La norma afecta directamente a propietarios forestales y empresas madereras que operan en el municipio, que desde ahora deben planificar las cortas con tres días de margen y justificar el destino y el transporte de la madera. El Ayuntamiento refuerza así el control sobre una actividad con impacto directo en el estado de las pistas rurales y en la seguridad de las carreteras locales.
Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Ourense, 21 de octubre de 2026, sección IV. Entidades Locais (referencia oficial: 352797, R. 2.370).