Diario Oficial El Peruano · 16 Sep 2026 · 5 vistas
ENGIE calificada para recuperación anticipada del IGV en enlace Aguaytía-Pucallpa
Por FactBox Admin

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) aprobó a ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), en el marco del proyecto “Enlace 220 kV Aguaytía-Pucallpa, Subestaciones, Líneas y Ampliaciones Asociadas (Proyecto ITC)”. La decisión se formalizó mediante la Resolución Ministerial N° 386-2026-MINEM/DM, de fecha 14 de setiembre de 2026, publicada en la sección Normas Legales del diario oficial El Peruano el miércoles 16 de setiembre de 2026.
La norma, suscrita por el ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno Huamaní, establece que el compromiso de inversión a cargo de la empresa asciende a US$ 58 550 259,00 (cincuenta y ocho millones quinientos cincuenta mil doscientos cincuenta y nueve dólares americanos), sin incluir el IGV.
Marco normativo y trámite
El régimen se sustenta en el Decreto Legislativo N° 973, que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV, y en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF. La solicitud fue presentada por ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A. el 4 de abril de 2025 ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), que remitió el expediente al MINEM tras verificar el cumplimiento de los requisitos.
Durante el trámite, la Dirección General de Electricidad solicitó a la empresa un cronograma de ejecución actualizado, retirando los rubros de servicios de capacitación técnica y programas sociales con stakeholders por no estar directamente relacionados con la ejecución del proyecto. La empresa atendió las observaciones mediante la Carta N° 002-ETP-2026, del 23 de marzo de 2026.
Plazos y alcance del beneficio
El compromiso de inversión deberá ejecutarse en un plazo total de cuatro años y trece días, contados desde el 4 de abril de 2025 hasta el 17 de abril de 2029. El periodo de pruebas se desarrollará del 19 de marzo al 17 de abril de 2029, y la puesta en operación comercial (POC) está prevista para el 18 de abril de 2029.
El beneficio comprende el IGV que grave las importaciones y adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, servicios y contratos de construcción señalados en el Anexo II de la resolución, siempre que se utilicen directamente en la ejecución del proyecto. Se consideran las adquisiciones efectuadas a partir del 4 de abril de 2025 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas.
Inversión por rubros
El cronograma de inversiones (Anexo I) desglosa el monto total en los siguientes rubros principales:
- Ingeniería y construcción: US$ 40 097 280, incluyendo el contrato de procura y construcción de la línea de transmisión (US$ 21 006 064) y el contrato EPC de la subestación eléctrica (US$ 18 936 216).
- Equipos adquiridos directamente: US$ 8 899 885, con estructuras de acero (US$ 3 307 067), transformadores y reactor (US$ 2 418 790) y conductores (US$ 2 290 381).
- Servicios generales: US$ 8 470 555, incluyendo supervisión de ingeniería y construcción (US$ 2 620 747) y gestión de servidumbres (US$ 1 701 235).
- Gestión ambiental y permisos: US$ 914 715, incluido el estudio de impacto ambiental (US$ 735 000).
- Servicios de seguros: US$ 167 824.
La lista de bienes, servicios y contratos de construcción es susceptible de modificación a solicitud de la empresa, conforme al numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973.
Impacto para la Amazonía
La calificación de ENGIE TRANSMISIÓN PERÚ S.A. permitirá acelerar la ejecución del enlace de 220 kV entre Aguaytía y Pucallpa, infraestructura clave para reforzar la transmisión eléctrica en la Amazonía peruana y ampliar la cobertura del servicio en la región de Ucayali. Al recuperar anticipadamente el IGV, la empresa reduce el costo financiero de la inversión, lo que favorece el avance de un proyecto estratégico para el cierre de brechas de electrificación en la zona.
Fuente: Diario Oficial El Peruano, miércoles 16 de setiembre de 2026, sección Normas Legales, pág. 11-12 (referencia oficial: Resolución Ministerial N° 386-2026-MINEM/DM).