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Diario Oficial de la República de Chile · 06 Aug 2026 · 3 vistas

Emergencia agrícola tras lluvias de julio

Por FactBox Admin

El Ministerio de Agricultura declaró la situación de emergencia agrícola en las comunas de Tierra Amarilla, Copiapó, Alto del Carmen, Vallenar, Freirina y Huasco, de la Región de Atacama; en la totalidad de la Región de Coquimbo, y en las provincias continentales de la Región de Valparaíso. Así lo establece la resolución exenta N° 459, de 28 de julio de 2026, firmada por el ministro Jaime Campos Quiroga y publicada en el Diario Oficial de la República de Chile N° 44.518, del 6 de agosto de 2026 (CVE 2847348).

La medida responde al daño productivo causado por el evento hidrometeorológico de alta intensidad ocurrido entre el 15 y el 21 de julio, que dejó precipitaciones extraordinarias, vientos intensos, acumulación de nieve en sectores cordilleranos, activación de quebradas, desbordes de cursos de agua y remociones en masa. Entre los registros más altos figuran 248,6 milímetros en Alto del Carmen, 328,3 milímetros en Combarbalá y 312,4 milímetros en Andacollo, con afectación de cultivos, frutales, viñas, sistemas de riego, infraestructura predial y ganado.

La declaración se apoya en los decretos supremos N° 112 y N° 113 del Ministerio del Interior, que declararon estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública en la provincia de Huasco y la Región de Coquimbo y zonas afectadas por catástrofe en las tres regiones. Las delegaciones presidenciales regionales habían solicitado la declaratoria sobre la base de los antecedentes técnicos de las secretarías regionales ministeriales de Agricultura.

Las ayudas, financiadas con la asignación “Emergencias Agrícolas” de la Ley de Presupuestos 2026, se destinarán a productores que desarrollen actividades silvoagropecuarias y a habitantes rurales de los territorios señalados, conforme a criterios de focalización y a la disponibilidad presupuestaria, sin comprometer recursos para años siguientes. Los daños definitivos se determinarán mediante catastros sectoriales y la Ficha de Afectación Silvoagropecuaria.

Las secretarías regionales ministeriales de Agricultura de las tres regiones, en coordinación con los servicios del agro, deberán identificar y registrar a los afectados, evaluar los daños productivos y canalizar las acciones de apoyo.