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Diario Oficial de la Federación · 11 Aug 2026 · 6 vistas

Eliana Díaz Magaña: inhabilitada para contratar con el Estado durante dos años

Por FactBox Admin

La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, a través del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), comunicó la inhabilitación de la persona física Eliana Díaz Magaña para contratar con el sector público durante dos años. La medida se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del martes 11 de agosto de 2026, mediante la Circular SABG/OICGYR/AR/4856/2026, que ordena a todas las dependencias y entidades federales y locales abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la sancionada.

La circular, suscrita el 5 de agosto de 2026 en Ciudad de México por el titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el IMSS, Alberto Mociñoz Gutiérrez, da cumplimiento a la resolución de 23 de julio de 2026 dictada en el expediente de sanción PISI-A-NC-DS-0005/2026. El procedimiento se tramitó con fundamento en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento publicado en el DOF el 18 de diciembre de 2025 y el Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

La sanción: dos años de inhabilitación

Según el texto oficial, el procedimiento concluyó con la imposición de dos sanciones: inhabilitación por el plazo de dos años y una multa. Durante ese periodo, Eliana Díaz Magaña no podrá, por sí misma o a través de interpósita persona, presentar propuestas ni celebrar contrato alguno en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas.

La prohibición surte efectos a partir del día siguiente al de la publicación de la circular en el DOF, es decir, desde el 12 de agosto de 2026.

Quiénes deben abstenerse de contratar

La circular va dirigida a:

  • dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
  • empresas públicas del Estado;
  • la Fiscalía General de la República;
  • entidades federativas y sus municipios;
  • demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

Las entidades locales quedan obligadas cuando las contrataciones se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.

Multa pendiente y registro en Compras MX

El boletín precisa que, si al cumplirse el plazo de dos años la sancionada no ha pagado la multa, la inhabilitación subsistirá hasta que se acredite el pago ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Solo entonces se eliminará su registro en el portal Compras MX (antes CompraNet), sin necesidad de publicar un nuevo comunicado.

Los contratos ya adjudicados o formalizados antes de la circular no quedan comprendidos en la prohibición, en términos del artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

La publicación consolida el mecanismo por el cual las sanciones resueltas por los órganos internos de control se vuelven exigibles frente a todo comprador público del país. Para proveedores y contratistas, una inhabilitación vigente implica la exclusión efectiva del mercado de compras gubernamentales durante el plazo señalado, y la permanencia en el registro mientras la multa no quede cubierta.


Fuente: Diario Oficial de la Federación, publicación núm. 217/2026, martes 11 de agosto de 2026, sección I, pág. 58 (referencia oficial: Circular SABG/OICGYR/AR/4856/2026, expediente PISI-A-NC-DS-0005/2026).