Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 14 Sep 2026 · 5 vistas
Elecciones en las cofradías de pescadores para renovar los órganos de gobierno
Por FactBox Admin

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación ha convocado las elecciones para proveer los cargos de los órganos de gobierno de las cofradías de pescadores, de sus federaciones territoriales y de la Federación Nacional Catalana de Cofradías de Pescadores. La convocatoria se realiza mediante la Orden ARP/169/2026, de 4 de septiembre, firmada por el consejero Òscar Ordeig i Molist y publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) núm. 9750, de 14 de septiembre de 2026 (referencia oficial CVE-DOGC-A-26251034-2026).
Un proceso en tres fases
El proceso electoral se inicia el 14 de septiembre de 2026 para las cofradías de pescadores, el 17 de noviembre de 2026 para las federaciones territoriales y el 22 de diciembre de 2026 para la Federación Nacional Catalana de Cofradías de Pescadores. La votación en todas las cofradías tendrá lugar el 24 de octubre de 2026, mientras que la elección del patrón o la patrona mayor y de los miembros del capítulo de cada cofradía se realizará el 7 de noviembre de 2026.
La convocatoria se fundamenta en la Ley 22/2002, de 12 de julio, de cofradías de pescadores, y en el Decreto 96/2012, de 4 de septiembre, sobre el procedimiento electoral de las cofradías de pescadores y de sus federaciones. Se aplica con carácter supletorio el régimen electoral general previsto en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio.
La Junta Electoral
La Junta Electoral, con sede en la Dirección General de Política Marítima y Pesca Sostenible, está integrada por:
- Itziar Segarra Diaz, directora general de Política Marítima y Pesca Sostenible, como presidenta.
- Martí Puig Cabeza, jefe del servicio de Comercialización y Estructuras Pesqueras, como presidente suplente.
- Iris Bigas Spieksma, abogada jefa, en representación de la Asesoría Jurídica del departamento.
- Carlos Martín Pallarès, responsable de Organizaciones Sectoriales y de la Flota Pesquera.
- Mario Vizcarro Gianni, secretario de la Federación Nacional Catalana de Cofradías de Pescadores.
- Patricia Pla Cuenca, responsable de Coordinación Jurídica y Procedimiento Sancionador, como secretaria.
Completan la Junta los vocales suplentes Eric Corral Fontanet, Lucía Martínez Posse, Xavier Domènech Vernet y Eduardo del Campo Moya.
Especialidades para las cofradías pequeñas
La orden establece reglas especiales para las cofradías en las que el número de miembros no permita constituir el comité electoral o la mesa electoral correspondientes. En estos casos:
- Las funciones del comité electoral las ejerce la Junta Electoral.
- La votación se realiza en la mesa electoral de la cofradía más cercana, preferentemente dentro de la misma circunscripción territorial.
- La votación se realiza siempre con urnas separadas y debidamente identificadas para cada cofradía afectada.
Además, las votaciones no pueden tener lugar en domingo; si el día previsto es un sábado festivo, la votación se efectúa el viernes anterior o el lunes posterior. Las sesiones de los comités electorales y de la Junta Electoral se pueden celebrar de manera no presencial por medios electrónicos.
Calendario y cierre del proceso
El calendario electoral anexo fija las fechas de todos los actos, desde la exposición pública del censo provisional (17 al 21 de septiembre) hasta la proclamación definitiva de las personas candidatas y la constitución de las juntas generales. Las elecciones a los órganos de gobierno de las federaciones territoriales se votarán el 12 de diciembre de 2026, y las de la Federación Nacional Catalana de Cofradías de Pescadores, el 16 de enero de 2027. Los órganos de la administración electoral se disolverán el 25 de febrero de 2027.
La convocatoria afecta a todo el sector pesquero catalán y garantiza la renovación de los órganos de gobierno de las cofradías, las federaciones territoriales y la Federación Nacional, con medidas específicas para que las cofradías de dimensión reducida puedan celebrar las elecciones sin obstáculos organizativos.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), núm. 9750, 14 de setembre de 2026, secció Altres disposicions, pàg. 1-10 (referència oficial: CVE-DOGC-A-26251034-2026).