Registro Oficial del Ecuador · 13 Oct 2026 · 10 vistas
Elecaustro abre concurso público para elegir socio estratégico en generación eléctrica
Por FactBox Admin

El Directorio de ELECAUSTRO S.A. aprobó y expidió el Reglamento para el Desarrollo de Proyectos Asociativos, que crea el concurso público para seleccionar socios o aliados estratégicos en proyectos de generación eléctrica. La decisión consta en la Resolución Nro. 246-01292, adoptada en sesión ordinaria del 14 de septiembre de 2026 en Cuenca y publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nº 388 del martes 13 de octubre de 2026, en la página 5.
El instrumento se dicta al amparo de los artículos 9, 35 y 36 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, que reconocen a las empresas públicas capacidad asociativa para constituir consorcios, alianzas estratégicas y compañías de economía mixta. El reglamento entrará en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial y es de aplicación obligatoria para todos los órganos, servidores y unidades de la empresa, así como para los proponentes, consultores y financiadores que intervengan en cualquiera de sus fases.
La norma se enmarca en el Plan Maestro de Electricidad PME 2023-2032, que señala la inversión pública y privada como condición para poner en marcha proyectos de energías renovables, y en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, que atribuye a los directorios de las empresas públicas la facultad de determinar los requisitos y procedimientos para la selección de socios privados. El reglamento fue suscrito por el presidente del Directorio, Javier Iza Chango, y por el gerente general, Marco Toledo Orozco.
Un concurso público con reglas propias
El reglamento define el concurso público como el proceso competitivo mediante el cual ELECAUSTRO S.A. selecciona uno o varios socios o aliados estratégicos para el codesarrollo de un proyecto asociativo destinado a atender la demanda de energía eléctrica. La convocatoria corresponde a la Gerencia General, que también designa la comisión técnica de selección y suscribe las resoluciones de adjudicación, desierto, suspensión o cancelación.
La comisión técnica estará integrada por cinco directores y sus respectivos suplentes, y se constituirá con al menos cuatro de sus integrantes, entre ellos quien la presida, con voto dirimente en caso de empate. Todo el procedimiento será público y se difundirá en la página institucional de la empresa.
Criterios, modalidades y bonificaciones
Los criterios mínimos de evaluación son:
- Experiencia en desarrollo, operación o financiamiento de proyectos de naturaleza similar.
- Capacidad técnica: equipo, metodologías, herramientas y tecnología.
- Capacidad financiera para cumplir las obligaciones en el plazo previsto.
- Cumplimiento normativo y ausencia de inhabilidades para contratar con el Estado.
Las modalidades asociativas previstas son el consorcio, la alianza estratégica y la compañía de economía mixta, con mayoría accionaria estatal en este último caso. Los contratos se formalizarán mediante escritura pública por cuantía indeterminada y podrán abarcar proyectos nuevos (greenfield) o sobre infraestructura existente (brownfield).
Quien presente una iniciativa externa declarada de interés institucional recibirá una bonificación del 10% del puntaje total del concurso; la empresa dispondrá de hasta 30 días, prorrogables por una sola vez, para comunicar su decisión.
Límites y control
El reglamento prohíbe expresamente los contratos de asociatividad directa sin concurso público competitivo, así como delegar al socio facultades de planificación, rectoría, regulación o control. Tampoco podrán participar miembros de la Junta General de Accionistas, del Directorio, el gerente general, servidores y trabajadores de la empresa, ni quienes mantengan contratos de servicios profesionales con ella.
Los proponentes podrán presentar reclamo contra el acta de evaluación dentro de cinco días y apelación contra las resoluciones de la máxima autoridad en diez días.
La publicación abre un canal formal para que empresas nacionales y extranjeras del sector energético compitan por asociarse con la generadora estatal del Austro en proyectos de generación, con reglas de transparencia, distribución de riesgos y remuneración atada al desempeño. Para el mercado eléctrico ecuatoriano, el reglamento convierte a ELECAUSTRO S.A. en un socio potencial con marco normativo propio, en un contexto de transición energética y presión por ampliar la oferta.
Fuente: Registro Oficial, Segundo Suplemento Nº 388, martes 13 de octubre de 2026, Función Ejecutiva, pág. 5 (referencia oficial: Resolución Nro. 246-01292).