BOP de Badajoz · 27 Oct 2026 · 6 vistas
El Tribunal Superior extremeño nombra cinco jueces de paz en cuatro municipios
Por FactBox Admin

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura acordó en su sesión del 19 de octubre de 2026 el nombramiento de cinco jueces de paz, titulares y sustitutos, en cuatro municipios de la provincia de Badajoz. Los nombramientos se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 206, correspondiente al martes 27 de octubre de 2026, dentro de la sección de Administración de Justicia y bajo el epígrafe de Tribunales Superiores, con sede del órgano en Cáceres. Cada designación cuenta con su propio anuncio: 4253/2026, 4254/2026, 4255/2026, 4256/2026 y 4257/2026.
Los cinco anuncios reproducen el mismo acuerdo de la Sala de Gobierno y la misma fórmula reglamentaria: el nombramiento se adopta al amparo del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. Los documentos aparecen firmados en Cáceres por la Secretaria de Gobierno del alto tribunal extremeño, María Pilar García Rodríguez, y se hacen públicos «para general conocimiento y efectos consiguientes».
Los cinco nombramientos publicados
Los anuncios detallan localidad, partido judicial y carácter del cargo:
- Valdecaballeros, partido judicial de Herrera del Duque: María Pilar Abril Martín, jueza de paz titular (4254/2026).
- Valdecaballeros, partido judicial de Herrera del Duque: Juan Rodríguez Oliva, juez de paz sustituto (4253/2026).
- Malcocinado, partido judicial de Llerena: Manuel Ruiz Hernández, juez de paz titular (4255/2026).
- Puebla de Obando, partido judicial de Montijo: Juan Carballo Rodríguez, juez de paz sustituto (4256/2026).
- Salvaleón, partido judicial de Jerez de los Caballeros: José Manuel Sánchez Cuenda, juez de paz sustituto (4257/2026).
Valdecaballeros es la única de las cuatro localidades con doble cobertura en este trámite: los dos anuncios del mismo día proveen la plaza de titular y la de sustituto. En Malcocinado la designación publicada corresponde solo al cargo de titular, mientras que en Puebla de Obando y Salvaleón los anuncios se refieren únicamente al puesto de sustituto.
Veinte días naturales para tomar posesión
El acuerdo fija el régimen de entrada en funciones: los designados deben tomar posesión conforme al artículo 20.1 del Reglamento 3/1995, con estos requisitos:
- Plazo de veinte días naturales contados desde la fecha de publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Juramento o promesa previa ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción del partido judicial correspondiente.
- En caso de que hubiera varios jueces en el partido, el juramento se presta ante el Decano.
El calendario arranca, por tanto, con la inserción de los anuncios en el boletín provincial de este martes, de modo que los cinco municipios afectados cuentan con el plazo reglamentario para formalizar la incorporación de sus nuevos jueces de paz.
Recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial
Los anuncios incorporan también el régimen de impugnación del acuerdo de la Sala de Gobierno. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, en concordancia con el artículo 14 del Reglamento 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales.
El escrito debe ajustarse a los motivos y formas previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La publicación en el boletín oficial es, en todo caso, el requisito que activa tanto el plazo de toma de posesión como la eficacia del nombramiento.
Cobertura judicial en el ámbito rural
Los jueces de paz son la instancia judicial más próxima en los municipios que no son cabeza de partido judicial, y asumen tanto funciones jurisdiccionales de menor cuantía como tareas de registro civil en su término. La renovación simultánea de cinco cargos en cuatro localidades de la provincia —dos de ellas con partido judicial en Herrera del Duque, Llerena, Montijo y Jerez de los Caballeros— asegura la continuidad del servicio en poblaciones de escasa población, donde estos puestos sostienen buena parte de la actividad administrativa y judicial cotidiana. La cobertura de las plazas de sustituto resulta especialmente relevante para evitar vacíos en la atención al ciudadano durante ausencias o bajas de los titulares.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 206, 27 de octubre de 2026, Administración de Justicia (referencia oficial: anuncios 4253/2026, 4254/2026, 4255/2026, 4256/2026 y 4257/2026).