Diario Oficial de Extremadura · 09 Oct 2026 · 18 vistas
El SES suprime la experiencia exigida en las plazas de Cuidados Paliativos
Por FactBox Admin

La Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud (SES) ha resuelto modificar la estructura funcional de las plazas singularizadas de Cuidados Paliativos, Cuidados Paliativos Pediátricos y Unidades del Dolor, suprimiendo el requisito de experiencia que hasta ahora se exigía para acceder a ellas. La decisión se publica en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) número 196, de 9 de octubre de 2026, mediante la Resolución de 28 de septiembre de 2026, de la Dirección Gerencia (referencia 2026062525). La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el boletín.
Antecedentes de una plantilla reordenada
La estructura funcional de la plantilla de personal estatutario del organismo autónomo se aprobó por Resolución de la Dirección Gerencia de 2 de febrero de 2010 (DOE n.º 39, de 26 de febrero), conforme a las previsiones del Decreto 37/2006, de 21 de febrero, que estableció los instrumentos de ordenación del personal del organismo. La nueva resolución se dicta al amparo del artículo 4, apartado 1), de los Estatutos del Servicio Extremeño de Salud, aprobados por el Decreto 221/2008, de 24 de octubre (DOE n.º 210, de 30 de octubre).
El texto justifica la medida en un contexto de optimización de los recursos disponibles y en las necesidades actuales del organismo. Según expone la propia Dirección Gerencia, existen dificultades para la cobertura temporal de las plazas adscritas a los Equipos de Cuidados Paliativos y Cuidados Paliativos Pediátricos, así como a las Unidades del Dolor, en las categorías de Médicos y Enfermeros, debido al requisito de experiencia que, en ocasiones, no cumplen los posibles candidatos.
Las seis funciones afectadas
La modificación alcanza a seis funciones de las plazas singularizadas del personal estatutario de las Áreas de Salud, en las que se suprime el requisito de experiencia:
- Médico/a de Cuidado Paliativos: se elimina la exigencia de dos años de experiencia en cuidados paliativos al servicio de la Administración Pública.
- Médico/a de Cuidados Paliativos Pediátricos: se suprime el requisito de dos años en recursos específicos avanzados en cuidados paliativos pediátricos en la Administración Pública.
- Médico de Unidad del Dolor: desaparece la exigencia de dos años en Unidades del Dolor al servicio de la Administración Pública.
- Enfermero de Cuidados Paliativos: se retira el requisito de un año de experiencia en cuidados paliativos en la Administración Pública.
- Enfermero de Cuidados Paliativos Pediátricos: se elimina el año de experiencia en recursos específicos avanzados en cuidados paliativos pediátricos.
- Enfermero de Unidad del Dolor: se suprime el año de experiencia en recursos específicos avanzados en cuidados paliativos pediátricos al servicio de la Administración Pública.
Especialidades de enfermería y mérito pediátrico
Junto a la supresión de la experiencia, la resolución adapta las categorías que pueden acceder a estas plazas. En concreto, añade a las plazas singularizadas de Enfermeros y Enfermeras de los Equipos de Cuidados Paliativos y Cuidados Paliativos Pediátricos, así como a las Unidades del Dolor, las especialidades de enfermería que corresponden a cada una.
Además, se incorpora a las funciones de Médico de Cuidados Paliativos Pediátricos y de Enfermeros de Cuidados Paliativos Pediátricos el mérito de experiencia en recursos específicos avanzados en cuidados paliativos pediátricos al servicio de la Administración Pública. Con ello, el SES busca adecuar el instrumento de ordenación a las necesidades actuales y homogeneizarlo con el resto de plazas mencionadas.
Vigencia y contenido del anexo
El apartado primero de la resolución modifica las características que figuran en el anexo, que detalla para cada plaza la denominación, el grupo de clasificación, el nivel, los requisitos de categoría o especialidad, la titulación, la experiencia y los méritos. Las plazas médicas se encuadran en el grupo A/A1, nivel 27, mientras que las de enfermería figuran en el grupo B/A2, nivel 24.
El apartado segundo fija la entrada en vigor el mismo día de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura. El documento está firmado en Mérida el 28 de septiembre de 2026 por la Directora Gerente, Encarnación Solís Pérez.
La reordenación responde a un problema de gestión de personal con efecto directo sobre la asistencia: al eliminar el filtro de experiencia previa, el SES amplía el número de profesionales que pueden optar a cubrir temporalmente plazas de cuidados paliativos, paliativos pediátricos y tratamiento del dolor en las Áreas de Salud. La medida afecta tanto a médicos como a enfermeros y se aplica de forma inmediata desde la publicación del boletín.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, n.º 196, de 9 de octubre de 2026, Sección I, Servicio Extremeño de Salud (referencia oficial: 2026062525).