Diario Oficial de Extremadura · 23 Oct 2026 · 1 vistas
El SES ejecuta la sentencia que anula la baremación de una enfermera
Por FactBox Admin

El Servicio Extremeño de Salud (SES) ha dispuesto la ejecución de la sentencia n.º 210/2026, de 1 de abril, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que estimó el recurso de una aspirante contra la relación definitiva de méritos del proceso de estabilización de Enfermería. La decisión se publica mediante Resolución de 13 de octubre de 2026, de la Dirección Gerencia del SES, en el Diario Oficial de Extremadura núm. 205, de 23 de octubre de 2026 (referencia oficial: 2026062645).
El proceso afectado es el de estabilización para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Diplomados Sanitarios, categoría de Enfermero/a, en las instituciones sanitarias del SES, por el sistema excepcional de concurso. Deriva de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se convocó por resolución de la Dirección Gerencia de 20 de diciembre de 2022.
La relación definitiva de puntuación de méritos se hizo pública por resolución de 20 de septiembre de 2024. Contra ella se interpuso recurso de reposición, desestimado el 20 de febrero de 2025, y después recurso contencioso-administrativo, que fue rechazado en primera instancia antes de que la apelación diera la razón a la aspirante.
El fallo: diez años de trabajo en Barcelona sin valorar
El tribunal anula la sentencia de instancia en el sentido de que a M.ª Inmaculada Conde Crespo, representada por la procuradora Sra. Aranda, le sea valorado como mérito el tiempo trabajado en Régimen General entre el 1 de abril de 2007 y el 30 de junio de 2016 en la Ciutat Sanitària i Universitària V de Barcelona, con las consecuencias que ello tiene sobre la nota global.
La resolución reproduce el tenor literal del fallo y ordena ejecutarlo en sus propios términos, de modo que la baremación de la recurrente se rehace con ese periodo de casi diez años incorporado al cómputo de experiencia.
Del número 319 al nombramiento en Cáceres
Con la nueva puntuación, la aspirante queda incluida en la relación definitiva de méritos con el número de orden 319 del turno libre y una puntuación total de 77,230. El SES razona que ese número de orden se sitúa dentro del número de plazas convocadas en el proceso de estabilización, lo que le abre la condición de personal estatutario fijo.
En consecuencia, la Dirección Gerencia acuerda:
- Reconocer a M.ª Inmaculada Conde Crespo el derecho a adquirir la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a.
- Nombrarla personal estatutario fijo, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria.
- Adjudicarle plaza con destino en el Complejo Hospitalario de Cáceres.
Toma de posesión el 3 de noviembre y efectos desde febrero de 2025
La aspirante deberá tomar posesión e incorporarse a la plaza adjudicada el 3 de noviembre de 2026 en la Gerencia del Área de Salud de Cáceres. La falta de incorporación imputable a la interesada y no justificada producirá el decaimiento de su derecho y dejará sin efecto el nombramiento.
Los efectos administrativos del nombramiento son los mismos que le habrían correspondido de haber tomado posesión conforme a la resolución de 28 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos (DOE núm. 21, de 31 de enero), es decir, a partir del 10 de febrero de 2025.
Alcance limitado a la recurrente
La resolución se apoya en el artículo 40.1 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, y en el artículo 9 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que atribuyen la ejecución material de sentencias firmes al órgano competente por razón de la materia y permiten publicar en el DOE los datos del demandante, el número de autos y el contenido del fallo.
Además, y en aplicación del artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el SES dispone expresamente la conservación de los actos y trámites no afectados por esta resolución. La interesada puede promover el incidente de ejecución previsto en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. El documento está firmado en Mérida el 13 de octubre de 2026 por la directora gerente, Encarnación Solís Pérez.
El pronunciamiento corrige una baremación que había dejado fuera una década de ejercicio profesional y confirma que la valoración de la experiencia previa en el sistema público puede alterar el orden de prelación y, con él, el acceso a una plaza fija. Para los participantes en el proceso de estabilización de Enfermería del SES, la resolución marca un precedente sobre cómo deben computarse los servicios prestados fuera del Servicio Extremeño de Salud, aunque su eficacia queda circunscrita a la aspirante que litigó.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, núm. 205, de 23 de octubre de 2026, sección I (referencia oficial: 2026062645).