BOP de Córdoba · 26 Oct 2026 · 6 vistas
El Pleno aprueba definitivamente las nuevas tarifas del agua de EMACSA
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Córdoba aprobó con carácter definitivo el 15 de octubre de 2026 la modificación de la ordenanza que regula la prestación patrimonial de carácter público no tributario del ciclo integral del agua que gestiona la Empresa Municipal de Aguas de Córdoba (EMACSA). El acuerdo, nº 245/26 del área de Medio Ambiente, se publica íntegro —junto al texto completo de la norma y su anexo tarifario— en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 207, de 26 de octubre de 2026, con referencia oficial BOP-A-2026-3541. La nueva norma sustituye a la ordenanza publicada en el BOP nº 100, de 26 de mayo de 2025, que queda derogada.
La votación se resolvió con 15 votos a favor de los representantes del Partido Popular y 10 en contra: 7 del Grupo Municipal Socialista y 3 de VOX. El dictamen previo correspondió a la Comisión Permanente de Desarrollo Urbano, Sostenibilidad y Servicios Públicos, de 8 de octubre de 2026.
En el mismo acuerdo se desestimaron las reclamaciones presentadas contra la aprobación inicial por el Grupo Municipal Socialista, representado por Antonio Hurtado Zurera, y por el Consejo de Movimiento Ciudadano, representado por Juan Andrés de Gracia Cobos. El acuerdo se notificará a EMACSA y a ambos grupos.
El argumento económico: recuperación de costes
La exposición de motivos vincula el ajuste al principio de recuperación de costes de la Directiva Marco del Agua (2000/60/CE) y a la normativa estatal reciente: el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, sobre calidad del agua de consumo; el Real Decreto 665/2023, sobre saneamiento y depuración, y la Directiva (UE) 2024/3019, aplicable desde el 1 de enero de 2025 y pendiente de transposición antes del 31 de julio de 2027.
La memoria económica que acompaña al expediente reconoce que la adaptación de las tarifas al coste previsto de la prestación en 2026 supone “un ligero aumento del precio del agua en el ejercicio”. El texto también alude al “largo proceso administrativo” de autorización de tarifas por la Junta de Andalucía como causa de desajustes entre gastos e ingresos en ejercicios anteriores.
Qué cambia en el recibo
La tarifa de abastecimiento y saneamiento mantiene estructura binomial (cuota fija por disponibilidad y cuota variable por consumo), con estos valores del anexo I:
- Cuota fija doméstica para contador de hasta 2,5 m³/h: 9,20 euros de abastecimiento y 4,92 euros de saneamiento al bimestre.
- Bloque I (0 a 14 m³ por vivienda y bimestre): 0,8850 €/m³ de abastecimiento y 0,4258 €/m³ de saneamiento.
- Bloque II (más de 14 hasta 30 m³): 1,1505 y 0,5535 €/m³.
- Bloque III (más de 30 hasta 60 m³): 1,3718 y 0,6600 €/m³.
- Bloque IV (más de 60 m³): 1,6373 y 0,7877 €/m³.
- Usos comerciales e industriales: 1,1771 y 0,5663 €/m³ hasta 60 m³ por bimestre, y 1,2948 y 0,6229 €/m³ por encima de ese umbral.
- Organismos oficiales: 1,2948 y 0,6229 €/m³; entidades reconocidas de utilidad pública: 0,8231 y 0,3960 €/m³.
El plazo de pago del suministro y saneamiento se fija en 15 días naturales desde la notificación. La ordenanza incorpora además una tarifa excepcional por sequía, activable mediante bando de la Alcaldía cuando el organismo de cuenca declare la emergencia: incrementos del 25 % en el bloque III y del 50 % en el bloque IV doméstico, y del 25 % para usos no domésticos por encima de 30 m³/bimestre.
Bonificaciones y ayudas
El capítulo IV amplía el catálogo de reducciones:
- Nueva bonificación del 10 % de la cuota variable para organismos oficiales en los 60 primeros metros cúbicos de cada bimestre.
- Nueva reducción para familias con un miembro con discapacidad reconocida igual o superior al 50 %: bonificación del 50 % de la cuota unitaria de los bloques I, II y III.
- Bonificación del 75 % en los 60 primeros m³ para los inmuebles admitidos al Concurso Oficial de Patios, durante doce meses desde el 1 de mayo.
- Reducción de 0,50 euros por factura para quienes usen factura digital y domiciliación bancaria.
- Ayuda de 500 euros por vivienda para independizar suministros comunitarios, con un límite anual de 500.000 euros.
- 400.000 euros anuales para acondicionamiento de acometidas de alcantarillado y 250.000 euros para medidas de gestión de vertidos domésticos, con 250 euros por suministro.
- Reducción del 30 % de la cuota variable de saneamiento para quienes viertan directamente a la depuradora sin usar la red de alcantarillado.
- Bonificación del 100 % para dependencias e instalaciones municipales, salvo que estén cedidas a terceros.
Entrada en vigor
La ordenanza no entrará en vigor hasta transcurridos quince días hábiles desde el día siguiente a su publicación íntegra en el BOP, conforme al artículo 65.2 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local. Para las tarifas consideradas precios autorizados en Andalucía, la vigencia se supedita al día en que sean autorizadas por el órgano competente de la Junta de Andalucía, salvo que la resolución disponga otra cosa.
El texto se apoya en el artículo 20.6 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y en el Decreto 120/1991 y el Decreto 327/2012 de la Junta de Andalucía, que aprueban el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.
El impacto de la norma alcanza a todos los abonados del término municipal: hogares, comercios, industrias y organismos públicos que reciben agua de la red gestionada por EMACSA. El recibo bimestral incorpora ya los nuevos precios y el nuevo mapa de bonificaciones, mientras la entrada en vigor efectiva queda pendiente del calendario de publicación y, en su caso, de la autorización autonómica de las tarifas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 207, 26 de octubre de 2026, Administración Local (referencia oficial: BOP-A-2026-3541).