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Boletín Oficial de Canarias · 05 Nov 2026 · 10 vistas

El Parlamento de Canarias convalida la prórroga fiscal hasta diciembre

Por FactBox Admin

El Parlamento de Canarias convalida la prórroga fiscal hasta diciembre

El Parlamento de Canarias convalidó el Decreto ley 6/2026, de 28 de septiembre, por el que se prorrogan determinadas medidas tributarias adoptadas como consecuencia de la crisis en Oriente Medio. El acuerdo del Pleno, adoptado en la sesión de los días 20 y 21 de octubre de 2026, se publica mediante la resolución de la Presidencia de 22 de octubre en el Boletín Oficial de Canarias núm. 221, de 5 de noviembre de 2026, con referencia oficial 3796 y expediente 11L/DL-0026.

La convalidación se produce al amparo del artículo 161.4 del Reglamento del Parlamento y da cobertura definitiva a una norma que entró en vigor el 1 de octubre de 2026, tras su publicación en el Boletín Oficial de Canarias núm. 196, de 30 de septiembre de 2026. La resolución está firmada por el secretario general de la Cámara, Salvador Iglesias Machado, por delegación de la Presidencia.

Qué medidas se mantienen y hasta cuándo

El decreto ley convalidado prorroga dos medidas tributarias de carácter extraordinario durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2026, con fecha límite del 31 de diciembre:

  • Tipo cero del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) a la entrega o importación de petróleo y productos derivados del refino, incluso mezclados con biocarburantes, gas, briquetas y «pellets» procedentes de la biomasa y madera para leña.
  • Incremento extraordinario de la devolución parcial del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo (IECDP) correspondiente al gasóleo y la gasolina profesionales, regulado en el artículo 12 bis.3 de la Ley 5/1986, de 28 de julio.

La norma fue aprobada por el Gobierno de Canarias en su reunión del 28 de septiembre de 2026, a propuesta de la consejera de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, Matilde Pastora Asián González, y firmada por el vicepresidente y presidente en funciones, Manuel Domínguez González, según el Decreto 96/2026, de 25 de septiembre.

Los tipos del combustible profesional, ligados al IPC

El texto fija una escala de tipos para la devolución del IECDP que depende de la evolución de los precios. Hasta el 31 de octubre de 2026 los tipos eran de 0,2649735 euros por 1.000 litros para la gasolina profesional y 0,2219778 euros por 1.000 litros para el gasóleo profesional. A partir de ahí se activan tramos automáticos:

  • Si la variación interanual del IPC canario de gasolinas y gasóleos en septiembre supera el 15 %, el tipo sube a 29,15 euros y 24,42 euros por 1.000 litros entre el 1 y el 30 de noviembre.
  • Si el umbral se supera en octubre, el tipo llega a 55,65 euros y 46,62 euros por 1.000 litros entre el 1 y el 31 de diciembre.

En el caso del IGIC, el mismo mecanismo opera a la inversa: si la variación del IPC no supera el 15 %, el tipo cero deja de aplicarse en noviembre o diciembre, respectivamente, conforme a los datos que publique el Instituto Nacional de Estadística.

Una cadena de prórrogas desde abril

Las medidas se remontan al Decreto ley 3/2026, de 6 de abril, con el que Canarias adaptó a su Régimen Económico y Fiscal el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, que aprobó el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. El Decreto ley 4/2026, de 29 de junio, ya había prorrogado las mismas medidas y fue convalidado por el Pleno en julio, con publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Canarias núm. 155, de 4 de agosto de 2026.

El propio decreto ley justifica la insistencia en la prórroga en la persistencia de la incertidumbre geopolítica, la volatilidad de los mercados energéticos y las tensiones en las cadenas de suministro, agravadas en el Archipiélago por la insularidad, la lejanía y la dependencia del transporte marítimo y aéreo. El texto subraya que la prórroga no crea un régimen tributario permanente y que su finalización debe producirse el 31 de diciembre de 2026 salvo que concurran nuevas circunstancias.

Impacto para el contribuyente canario

La convalidación despeja la incertidumbre jurídica sobre el último trimestre del año: familias, transportistas y agricultores mantienen la rebaja fiscal en el consumo de energía y carburantes, y las empresas conservan la previsión de costes con la que operaban desde abril. Cualquier cambio de tipos en noviembre o diciembre llegará únicamente por el mecanismo automático vinculado al IPC, no por una decisión política adicional.


Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 221, de 5 de noviembre de 2026, sección I. Disposiciones generales, pág. 39857 (referencia oficial: 3796).