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Diario Oficial de la Federación · 28 Oct 2026 · 1 vistas

El INE asume el conteo rápido en 17 elecciones de gubernatura

Por FactBox Admin

El INE asume el conteo rápido en 17 elecciones de gubernatura

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó ejercer la facultad de asunción parcial en la vía expedita para asumir el diseño, la implementación y la operación de los conteos rápidos en 17 elecciones de gubernatura de los procesos electorales locales 2026-2027. La determinación consta en la Resolución INE/CG571/2026, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de la Federación del miércoles 28 de octubre de 2026, en la página 222.

El acuerdo se adoptó en sesión extraordinaria del 29 de septiembre de 2026 y fue signado el 2 de octubre de 2026 por la Directora Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, Anahí Silva Tosca. El instrumento ordena publicar un extracto de la resolución en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet del Instituto.

Diecisiete entidades y una sola metodología

El Consejo General sostuvo que la concurrencia de diecisiete elecciones de gubernatura hace conveniente un esquema institucional homogéneo que aproveche la experiencia, la infraestructura y las capacidades técnicas del INE, y que uniforme los mecanismos de diseño muestral, recolección, transmisión y procesamiento de la información.

Las entidades comprendidas en la asunción parcial son:

  • Aguascalientes
  • Baja California
  • Baja California Sur
  • Campeche
  • Chihuahua
  • Colima
  • Guerrero
  • Michoacán
  • Nayarit
  • Nuevo León
  • Querétaro
  • Quintana Roo
  • San Luis Potosí
  • Sinaloa
  • Sonora
  • Tlaxcala
  • Zacatecas

Se trata de la totalidad de las entidades donde se renovará la titularidad del Poder Ejecutivo local durante los procesos electorales locales 2026-2027, cuyos arranques están previstos, según el caso, entre septiembre de 2026 y enero de 2027.

Origen: solicitud de cinco consejeros y vía expedita

La resolución detalla que la petición fue presentada por escrito por cinco integrantes del Consejo General, con firma electrónica, y que cumple los requisitos del artículo 121, párrafos 3 y 4, de la LGIPE, en relación con los artículos 40, párrafos 2 y 3, y 55 del Reglamento. Los solicitantes argumentaron que los principios de objetividad y certeza de los resultados podrían vulnerarse, afectando la transparencia.

El Consejo General justificó resolver por la vía expedita prevista en el artículo 40, numeral 6, del Reglamento, al considerar la temporalidad de los procesos, la naturaleza de las actividades técnicas y la necesidad de un margen suficiente de planeación. Entre esas actividades enumeró:

  • Planeación del operativo de campo.
  • Definición y ejecución del diseño muestral.
  • Preparación y adecuación de sistemas informáticos.
  • Coordinación con órganos desconcentrados y Organismos Públicos Locales.
  • Pruebas y simulacros previos a la Jornada Electoral.

Antecedentes y alcance del operativo

El acuerdo compara la carga operativa con experiencias previas: el INE coordinó hasta 15 conteos rápidos locales en el proceso electoral 2020-2021 y nueve en el proceso local 2023-2024, mientras que la asunción actual implica diecisiete conteos estatales, un volumen de trabajo similar al ya desempeñado.

La resolución refiere que las opiniones técnicas de la DERFE, la DEOE, la UTSI y la UTVOPL, junto con las manifestaciones de los OPL, coinciden en la viabilidad técnica, operativa y material del esquema. También vincula a los organismos electorales de las diecisiete entidades a prestar apoyo y colaboración al INE durante la implementación y operación del Conteo Rápido 2026-2027, y deja las cuestiones de interpretación y seguimiento técnico a la Comisión del Registro Federal de Electores, sin modificar los términos de la asunción aprobada.

El cambio redefine el reparto de tareas del próximo ciclo electoral: el INE deja de ser acompañante técnico y pasa a operar directamente los ejercicios de estimación de tendencias en estados de alta competencia como Nuevo León, Chihuahua, Sonora y Sinaloa. Para los lectores, esto significa que la primera lectura de resultados de esas gubernaturas la noche de la jornada electoral dependerá de un solo operativo nacional, con métodos, muestras y sistemas homologados, lo que refuerza la comparabilidad y la trazabilidad de los datos, pero concentra en el Instituto la responsabilidad operativa de los diecisiete conteos.


Fuente: Diario Oficial de la Federación, 28 de octubre de 2026, Sección Primera, pág. 222 (referencia oficial: Resolución INE/CG571/2026).