Boletín Oficial de Castilla y León · 28 Oct 2026 · 4 vistas
El ICE abre 600.000 euros en ayudas para digitalizar microempresas y autónomos
Por FactBox Admin

El Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León (ICE), dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda, ha abierto la convocatoria de subvenciones para la digitalización básica de microempresas y autónomos de la comunidad, dotada con 600.000 euros. La convocatoria se aprobó mediante Resolución de 26 de octubre de 2026, de la Presidencia del ICE, cuyo extracto publica el Boletín Oficial de Castilla y León núm. 209, de 28 de octubre de 2026, con la referencia BOCYL-D-28102026-209-8 e identificación BDNS 937837 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Las solicitudes pueden presentarse desde este jueves, 29 de octubre, y hasta el 15 de febrero de 2027.
Marco normativo y antecedentes
La convocatoria se ampara en la Orden EYH/575/2026, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de estas ayudas, publicada en el B.O.C. y L. núm. 118, de 22 de junio de 2026, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El gasto se imputa a la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, que permite ampliar el crédito inicial.
El ICE ya había lanzado una línea equivalente para pymes mediante la Resolución de 30 de octubre de 2024. Quienes obtuvieron aquella subvención no pueden ser beneficiarios de esta nueva convocatoria, un filtro que evita duplicidades y concentra el esfuerzo en negocios que aún no han recibido apoyo público para digitalizarse.
Requisitos: proyectos ya ejecutados y pagados
Podrán solicitar la ayuda las microempresas, incluidos los autónomos, que realicen el proyecto en Castilla y León. Quedan excluidas:
- Las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las empresas públicas.
- Las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.
- Las entidades que operen en los sectores excluidos por el artículo 1 del Reglamento (UE) 2023/2831, relativo a las ayudas de minimis.
- Las actividades vetadas en el apartado 3 de la base cuarta de la Orden EYH/575/2026.
El proyecto debe estar finalizado, es decir, realizado y pagado, en el momento de presentar la solicitud. Solo se admiten actuaciones facturadas y efectivamente abonadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, y el gasto subvencionable debe alcanzar al menos 1.500 euros.
Cuantías: de 1.200 a 1.800 euros a fondo perdido
La subvención es un importe fijo, no un porcentaje del gasto, calculado por tramos:
- 1.200 euros cuando el gasto subvencionable sea inferior a 2.000 euros.
- 1.500 euros cuando el gasto esté entre 2.000 y 2.499 euros.
- 1.800 euros cuando el gasto sea igual o superior a 2.500 euros.
El importe total de la convocatoria es de 600.000 euros, ampliable en una cuantía adicional máxima de 900.000 euros conforme al artículo 16.3 de la Ley 5/2008. La resolución está firmada en Arroyo de la Encomienda a 26 de octubre de 2026 por el presidente del ICE, Carlos Fernández Carriedo.
El plazo arranca el día siguiente a la publicación del extracto y se cierra el 15 de febrero de 2027, o antes si se publica una convocatoria que la sustituya. La tramitación se realiza por vía electrónica en la sede de la Junta de Castilla y León, donde la convocatoria se localiza con el identificador BDNS 937837.
Impacto en el tejido productivo
La línea llega al segmento más numeroso del tejido empresarial de Castilla y León: microempresas y trabajadores autónomos con estructuras pequeñas, para quienes un desembolso de 1.500 euros en digitalización básica suele ser disuasorio. El diseño de la ayuda, con cuantía fija y exigencia de pago previo, prima a los negocios que ya han dado el paso y reclaman el reembolso, en lugar de financiar planes futuros. Para el ICE, la convocatoria completa la anterior dirigida a pymes y extiende el paraguas público a los negocios de menor tamaño, el colectivo con mayor brecha digital y menor capacidad de inversión propia.
Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 209, de 28 de octubre de 2026, sección I.C. Subvenciones, pág. 55 (referencia oficial: BOCYL-D-28102026-209-8, BDNS 937837).