Butlletí Oficial de les Illes Balears · 01 Sep 2026 · 2 vistas
El Gobierno crea la Comisión de Residuos de las Islas Baleares
Por FactBox Admin

El Consell de Govern de las Islas Baleares ha aprobado el Decreto 28/2026, de 28 de agosto, por el cual se regula la organización y el funcionamiento de la Comisión de Residuos de las Islas Baleares (CRIB). La norma, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 109, del 1 de septiembre de 2026, despliega reglamentariamente el artículo 21 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares, y entra en vigor al día siguiente de su publicación.
La CRIB nace como órgano colegiado de carácter consultivo y participativo, adscrito a la consejería competente en materia de residuos, con la misión de velar por la coordinación efectiva de la planificación y la gestión de residuos entre las diferentes administraciones públicas. El decreto, impulsado a propuesta del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, Alejandro Sáenz de San Pedro García, y firmado por la presidenta Margarita Prohens Rigo, se enmarca en la estrategia autonómica para convertir los residuos en recursos y avanzar hacia la economía circular, en línea con la Directiva europea marco de residuos (UE) 2018/851.
Funciones de la Comisión
De acuerdo con el artículo 21.5 de la Ley 8/2019, la CRIB ejerce un conjunto de funciones orientadas a la planificación y la gestión de residuos:
- Participar en los procedimientos de elaboración de los instrumentos de planificación de residuos.
- Proponer y establecer directrices para la redacción de estos instrumentos, con objetivos, contenidos, políticas de gestión y calendario de tramitación.
- Formular recomendaciones y propuestas a los órganos competentes en materia de planificación y gestión.
- Promover la elaboración de estudios sobre planificación y gestión de residuos.
- Revisar el cumplimiento de los objetivos e indicadores de seguimiento para el cumplimiento de las directivas europeas.
Composición y representación territorial
La presidencia de la CRIB recae en la persona titular de la dirección general competente en materia de residuos, que dispone de voto de calidad en caso de empate. Las vocalías garantizan la representación de todo el territorio y de las entidades locales:
- Una persona funcionaria adscrita a la dirección general competente en residuos.
- Una persona designada por cada uno de los consejos insulares de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera.
- Una persona designada por el Ayuntamiento de Palma.
- Una persona designada por la Federación de Entidades Locales de las Islas Baleares (FELIB).
Cada vocalía debe ir acompañada de la designación de personas suplentes, y los representantes pueden asistir acompañados de un técnico en calidad de invitado. Las entidades tienen un plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor para proponer el nombramiento de las vocalías y suplentes.
Régimen de funcionamiento
La CRIB ha de celebrar al menos dos sesiones ordinarias anuales, además de las extraordinarias que convoque la presidencia, ya sea por iniciativa propia o a petición de una tercera parte de los miembros. Las sesiones pueden ser presenciales o a distancia, mediante medios electrónicos como el correo, la audioconferencia o la videoconferencia. La convocatoria se ha de remitir con una antelación mínima de 72 horas (24 horas en casos de urgencia), y el órgano se considera válidamente constituido con la presidencia, la secretaría y la mitad de los miembros, o una tercera parte en segunda convocatoria. Las actas aprobadas se publicarán en la página web del Servicio de Residuos (residus.caib.es) para garantizar su transparencia.
Impacto para empresas y administraciones
Aunque los acuerdos de la CRIB no son vinculantes, los órganos competentes en materia de planificación y gestión de residuos los habrán de tener en cuenta y tomar en consideración. La puesta en marcha de este órgano de coordinación supone un paso adelante para la gestión sostenible de los residuos en el archipiélago, con implicaciones directas para las empresas del sector, los consejos insulares y los ayuntamientos, que dispondrán de un espacio común para alinear sus políticas con los objetivos europeos de reciclaje y reducción de residuos.
Fuente: Boletín Oficial de las Islas Baleares, núm. 109, 1 de septiembre de 2026, Sección I. Disposiciones generales, pág. 47241 (referencia oficial: Decreto 28/2026, núm. 8761).