BOE · 11 Sep 2026 · 1 vistas
El Gobierno subvenciona con 50.000 euros el secretariado del GTMO 5+5
Por FactBox Admin

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha regulado mediante el Real Decreto 721/2026, de 9 de septiembre, la concesión directa de una subvención al Centro de Estudios de Transportes del Mediterráneo Occidental (CETMO) para el desarrollo de las actividades de secretariado del Grupo de Ministros de Transportes del Mediterráneo Occidental (GTMO 5+5) durante el ejercicio presupuestario 2026. La disposición, aprobada por el Consejo de Ministros el 8 de septiembre, se publica en el Boletín Oficial del Estado número 225, de 11 de septiembre de 2026, en la sección I, página 121269, con referencia BOE-A-2026-18997.
La ayuda se articula como subvención de concesión directa con carácter excepcional y por razones de interés público, al amparo del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El texto, firmado por el Rey Felipe VI y por el ministro Óscar Puente Santiago, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.
Un compromiso internacional de España
El GTMO 5+5 nació del Protocolo internacional de cooperación firmado en 2007 por los ministros de Transporte de diez países del Mediterráneo Occidental, y se enmarca en el Diálogo 5+5 con el objetivo de avanzar en la cooperación regional en materia de transportes y contribuir al proceso de asociación euromediterránea. Desde entonces, España financia el presupuesto de funcionamiento de su secretaría, que ejerce el CETMO.
El CETMO tiene su origen en un convenio suscrito el 19 de abril de 1985 entre el entonces Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones y la Generalitat de Cataluña, materializado por el Decreto 177/1985. En 1988 fue reconocido como centro vinculado a Naciones Unidas, y hoy centra su misión en la mejora de las condiciones del transporte en la región mediterránea.
Cuantía, plazos y actividades subvencionadas
El importe máximo de la subvención asciende a 50.000 euros, financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 17.20.451N.489, y será compatible con otras ayudas siempre que no se supere el coste de la actividad. Las actuaciones subvencionables comprenden:
- La preparación, ejecución y seguimiento del programa de trabajo del GTMO 5+5.
- La organización, coordinación, convocatoria y seguimiento de sus reuniones presenciales o virtuales.
- El seguimiento de las reuniones internacionales relacionadas con la cooperación euromediterránea en el transporte.
El plazo de realización de las actividades abarca del 1 de enero al 30 de octubre de 2026. El pago se efectuará en un único abono durante 2026, previa justificación mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, que deberá presentarse en los quince días hábiles siguientes al fin del plazo de ejecución.
Procedimiento y control
La resolución del procedimiento corresponde a la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, con instrucción de la Subdirección General de Relaciones Internacionales. La entidad beneficiaria dispondrá de diez días hábiles para presentar su solicitud, y el plazo máximo para resolver será de quince días hábiles desde la entrada en vigor del real decreto.
El CETMO deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, someterse a las actuaciones de comprobación de la Secretaría de Estado, al control financiero de la Intervención General de la Administración del Estado y del Tribunal de Cuentas, y hacer constar la colaboración del ministerio en la difusión de las actividades. La subvención se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el portal del ministerio.
Relevancia de la medida
Con esta ayuda, España mantiene su compromiso internacional con la región euromediterránea y garantiza la continuidad de un foro estratégico de cooperación en transporte que agrupa a diez países ribereños. La financiación plurianual del secretariado del GTMO 5+5 asegura la estabilidad de un instrumento clave para la integración de las infraestructuras y los flujos de transporte en el Mediterráneo Occidental.
Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 225, 11 de septiembre de 2026, Sec. I, pág. 121269 (referencia oficial: BOE-A-2026-18997).