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BOE · 11 Sep 2026 · 3 vistas

El Gobierno deniega el parque eólico Alto Cabrera de 144 megavatios

Por FactBox Admin

El Gobierno deniega el parque eólico Alto Cabrera de 144 megavatios

La Dirección General de Política Energética y Minas ha desestimado la solicitud de Enel Green Power España, SL de autorización administrativa previa del parque eólico «Alto Cabrera», de 144 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, ubicado en las provincias de León y Orense. La resolución, firmada el 27 de agosto de 2026 por el director general Manuel García Hernández, se publica en el Boletín Oficial del Estado número 225, de 11 de septiembre de 2026, y acuerda el archivo del expediente PEol-382.

La decisión se adopta al amparo del artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. El proyecto, solicitado el 28 de noviembre de 2020 y admitido a trámite el 9 de diciembre de ese año, comprendía líneas subterráneas de 33 kV, la subestación «SET Alto Cabrera 33/220 kV» y una línea aérea de 220 kV hasta la subestación San Quereño, de Red Eléctrica de España, SAU, en los términos de Encinedo y Benuza (León) y Carballeda de Valdeorras (Orense).

Un proyecto bloqueado por la evaluación ambiental

El 12 de abril de 2022, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental declaró la inadmisión a trámite de la solicitud de evaluación de impacto ambiental ordinaria, al concurrir las tres causas previstas en el apartado 4 del artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. El promotor interpuso recurso de alzada el 19 de mayo de 2022 ante la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, del que desistió el 8 de mayo de 2026 ante la imposibilidad de cumplir los plazos del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio.

Caducidad de los permisos de acceso y conexión

El proyecto había obtenido permisos de acceso y conexión a la red de transporte en la subestación San Quereño 220 kV. Sin embargo, Red Eléctrica de España, SAU informó de la caducidad de dichos permisos el 25 de enero de 2023, por incumplimiento del hito 2 de obtención de la declaración de impacto ambiental favorable, comunicada al promotor el 15 de marzo de 2023.

Los hitos administrativos que condicionaron el proyecto fueron:

  • Obtención de la declaración de impacto ambiental favorable en un plazo de 31 meses desde el 25 de junio de 2020.
  • Obtención de la autorización administrativa previa en un plazo de 34 meses.
  • La no acreditación de estos hitos supone la caducidad automática de los permisos de acceso y conexión.

Trámite de audiencia y resolución

Tras la propuesta de resolución notificada el 26 de abril de 2022, el promotor presentó alegaciones el 10 de mayo de 2022 y, tras desistir del recurso de alzada, expresó el 13 de mayo de 2026 su conformidad con la propuesta. Notificado el trámite de audiencia de la actualización el 6 de julio de 2026, no se recibió respuesta en el plazo de quince días hábiles.

La resolución desestima la solicitud y ordena el archivo del expediente PEol-382. Contra ella, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La denegación de este parque eólico de 144 MW, uno de los proyectos de mayor potencia tramitados en el noroeste peninsular, refleja el rigor con que la Administración aplica los plazos y requisitos ambientales del Real Decreto-ley 23/2020. Para el sector renovable, supone un precedente sobre la caducidad de permisos de acceso y conexión cuando no se acredita en tiempo la declaración de impacto ambiental, un factor clave en la planificación de nuevos desarrollos eólicos.


Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 225, 11 de septiembre de 2026, Sec. III, pág. 121616 (referencia oficial: BOE-A-2026-19045).